1º Juzgado Civil de Viña del Mar

PÉREZ/VEGA

Rol

C-6015-2023

Fecha

22 de enero de 2024

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Con fecha 11 de diciembre de 2023, a folio 1, comparecen don Diego Pereira Silva, Rut N°19.176.550-8 y don Nehem as Narv ez Nilo, Rutí á N°19.955.166-3, abogados habilitados para el ejercicio de la profesi n, domiciliadosó para estos efectos en Gran Avenida Jos Miguel Carrera 9945, El Bosque Regi né ó Metropolitana, en calidad de mandatarios judiciales de don Jos Gabriel P rezé é Naranjo, Rut N°5.012.585-5, contador, domiciliado en Monta a 853, Of. 505,ñ Vi a del Mar e interponen demanda de t rmino de contrato de arrendamiento porñ é no pago de servicios b sicos, gastos comunes y otros, en contra de don á Felipe Javier Vega Maureira, chileno, ignoran profesi n u oficio, Rut N°18.065.956-0.ó Con fecha 28 de diciembre de 2023, a folio 6, se notific la demanda deó autos por c dula de conformidad al art culo 44 del C digo de Procedimiento Civilé í ó y Ley N°21.394 al demandado y se practic la primera reconvenci n de pago.ó ó Con fecha 9 de enero de 2024, a folio 9, se llev a efecto la audiencia deó contestaci n,ó conciliaci n y prueba por videoconferencia por plataforma zoom. Seó recibi la causa a prueba.ó Con fecha 17 de enero de 2024, a folio 10, se cit a las partes para o ró í sentencia. Considerando: Primero: Demanda. Que al folio 1, comparecen don Diego Pereira Silva y don Nehem as Narv ez Nilo, abogados habilitados para el ejercicio de la profesi n,í á ó en calidad de mandatarios judiciales de don Jos Gabriel P rez Naranjo eé é interponen demanda de t rmino de contrato de arrendamiento por no pago deé servicios b sicos, gastos comunes y otros, en contra de don Felipe Javier Vegaá Maureira, todos ya individualizados, en conformidad a las siguientes consideraciones de hecho y derecho. Código: LDDBXLEQXZJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Expone que su representado es due o del inmueble ubicado en Calle Esteroñ Maintenlahue n°930, en condominio cumbres de Re aca 2, Dpto. N°404, Edificioñ A, sector de Re aca Alto, Vi a del Mar. Agrega que dicha propiedad se encuentrañ ñ inscrita a fojas 11395 n mero 13271, correspondiente al Registro de Propiedad delú Conservador de Bienes Ra ces de Vi a del Mar, correspondiente al registro deí ñ propiedad del a o 2022, emitido el d a 21 de noviembre del a o 2023.ñ í ñ Refiere que en virtud de contrato de arrendamiento suscrito ante Notario P blico de la comuna de Vi a del Mar, do a Cecilia G lvez Pino, otorgado conú ñ ñ á fecha 04 de noviembre de 2022, su parte, dio en arrendamiento al demandado el inmueble individualizado en el p rrafo precedente para ser destinado exclusivamenteá a uso habitacional y que la vigencia del contrato se pact del 04 de noviembreó 2022 al 04 de noviembre de 2023, renovable autom ticamente en caso de queá ninguna de las partes pusiere t rmino.é Luego, menciona que la renta se fij en la suma de $400.000 (cuatrocientosó mil pesos), m s gastos comunes por el monto de $40.000, pagaderos por adelantadoá dentr

Fallo

se declara: 1.- Que se acoge la demanda de terminaci n de contrato de arrendamientoó por no pago de rentas en el contrato, interpuesta a folio 1, por la parte demandante en contra de don Felipe Javier Vega Maureira, y en consecuencia, se declara terminado el contrato de arrendamiento respecto del inmueble ubicado en ubicado en Calle Estero Maintenlahue n°930, en condominio cumbres de Re aca 2, Dpto. N°404, Edificio Añ , debiendo el demandado restituir a la parte demandante la propiedad ra z precedentemente indicada, dentro de decimo d aí í contado desde que este fallo cause ejecutoria y adem s deber á á pagar al demandante la cantidad de $1.200.000 (un mill n doscientos mil pesosó ) por concepto de rentas impagas hasta el d a de presentaci n de la demanda, í ó m s lasá que se devenguen durante la tramitaci n del juicio y hasta la restituci n deló ó inmueble, m s el reajuste seg n liquidaci n que se practique en su oportunidad porá ú ó el Se or Secretario del Tribunal. Asimismo, deber pagar la suma de ñ á $172.038 (ciento setenta y dos mil treinta y ocho pesos) por concepto de gastos comunes y la cantidad de $323.422 (trescientos veinte y tres mil cuatrocientos veintid s pesosó ) por consumos de servicios de agua y luz, m s todos los gastosá por servicios b sicos que se generen hasta la restituci n.á ó 2.- Que, atendido lo resuelto precedentemente, se omite el pronunciamiento en cuanto a la acci n subsidiaria del primer otros de folio 1.ó í 3.- Que se condena al demandado a pa

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FOJA: 11 .- once .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-6015-2023 CARATULADO : P REZ/VEGAÉ Vi a del Marñ , veintid s de Enero de dos mil veinticuatroó Vistos y considerando: Con fecha 11 de diciembre de 2023, a folio 1, comparecen don Diego Pereira Silva, Rut N°19.176.550-8 y don Nehem as Narv ez Nilo, Rutí á N°19.955.166-3, abogados habilitado

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