Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

KOMAX S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE VIÑA DEL MAR

Rol

I-269-2023

Fecha

16 de abril de 2024

Materia

Costas, Otros Reclamos, Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos pacíficos Se fijan los siguientes hechos pacíficos en el presente juicio: 1. Que, las ausencias de los trabajadores indicados en la multa, son las siguientes: Respecto de doña Carolina Astorga: 2 días de vacaciones en el mes de septiembre. 4 días de vacaciones en el mes de octubre. 2 días de vacaciones en el mes de noviembre 2 días de licencia médica en el mes de noviembre. Respecto de doña Constanza Sáez: 4 días de licencia médica en septiembre. 5 días de vacaciones en noviembre. 1 día de licencia médica en noviembre. Respecto de don Eduardo Vergara: 14 días de licencia médica en noviembre. Respecto de don Andrés Cruz: 2 días de vacaciones en septiembre. 2. Tenor de la cláusula del contrato de trabajo relativa al pago del bono, (la que se transcribe íntegramente): “Mediante el presente documento las partes acuerdan que el Trabajador será elegible para participar de un bono grupal por cumplimiento de metas, el cual será otorgado en base a los siguientes parámetros objetivos: a) La Empresa premiará el cumplimiento de metas de venta mensual de la tienda ANDESGEAR MARINA ARAUCO, de acuerdo a los siguientes objetivos, los cuales serán planteados por el Retail Manager de la marca durante los últimos 5 días previos al inicio del mes: i. Ventas netas de la tienda b) Los citados objetivos, se determinarán en función de la totalidad de las ventas que se estimen entre los días 01 al 30 del mes en que fueron fijadas. c) Las metas de venta deberán ser oportunamente informadas al Trabajador dentro de los últimos 5 días previos al inicio del mes, mediante la comunicación completa y suficiente que le hará la respectiva jefatura de tienda, vía correo electrónico y/o comunicación personal. d) La Empresa pagará a contar del 70% del cumplimiento sobre la meta de venta de acuerdo a lo indicado en la letra a) y b) anterior, y se ponderará hasta un máximo del 120%, de acuerdo a la siguiente tabla: % cumplimiento de meta de venta % cumplimiento de meta de venta Desde un

Fundamentos

CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 8, 71, 420 y siguientes del Código del Trabajo y artículo 8 del DFL N° 44 de 1978 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, SE RESUELVE: I. Que, se hace lugar a dejar sin efecto la multa impuesta en la resolución N° 1845/23/60, de 31 de agosto de 2023, II. Que, cada parte deberá soportar sus propias costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad, quedando las partes notificadas en esta audiencia. RIT: I-269-2023 RUC: 23-4-0526500-1 Dictada en audiencia por don JAVIER MORA MÉNDEZ, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. Siendo las 11:30 horas, se pone término a la audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, a quince de abril de dos mil veinticuatro.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO RECLAMACIÓN DE MULTAS FECHA Valparaíso, 15 de abril de 2024. RUC 23-4-0526500-1 RIT I-269-2023 MAGISTRADO JAVIER MORA MÉNDEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Victoria Paredes Llano SALA VIRTUAL 7 HORA DE INICIO 10:43 horas. HORA DE TÉRMINO 11:30 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 23-4-0526500-1-1338 (Sala 7) PARTE DEMANDANTE KOMAX S.A., representada en

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