FREIRE/MUNICIPALIDAD DE LA REINA
Rol
C-8150-2022
Fecha
19 de enero de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 1, comparece don Alejandro Enrique Freire Lillo, ingeniero civil, domiciliado en Dardignac N°84, comuna de Recoleta, quien deduce demanda en procedimiento ordinario de menor cuantía en contra de la Ilustre Municipalidad de La Reina, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por su alcalde don José Manuel Palacios Parra, cuya profesión u oficio ignora, ambos domiciliados en Avda. Alcalde Fernando Castillo Velasco Nº9925, comuna de La reina, con el fin que declare la prescripción extintiva de las acciones para el cobro de los permisos de circulación que a continuación se indican, conjuntamente con sus reajustes, intereses y multas. Fundando su demanda, señala que consta de los documentos acompañados en autos, que es dueño del vehículo marca Gilera, modelo Runner VXP 180cc, tipo moto, placa patente LN0252-0, año 2003, el cual registra una deuda vigente por concepto de permisos de circulación devengados desde el año 2006 a la actualidad, por la suma de $1.279.233.- De acuerdo con lo anterior, se encontrarían prescritas las acciones para el cobro de las obligaciones con vencimiento entre el 31 de marzo de 2006 y 31 de marzo de 2019, por la suma de $1.171.594, conforme con lo dispuesto por el artículo 2521 del Código Civil. Añade que a la fecha la demandada no ha realizado diligencia alguna para perseguir el cumplimiento de la referida obligación ya que Código: NSMSXLPNYXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8150-2022 Foja: 1 han transcurrido más de tres años para la prescripción de la acción ejecutiva correspondiente. Por tanto, solicita tener por interpuesta demanda de declaración de prescripción extintiva de acciones en contra de la demandada antes individualizada, acogerla a tramitación y en definitiva declarar la prescripción de las acciones emanadas de la deuda por concepto de Permisos de Circulación Vehicular, relativas al vehículo antes individualizado, deven
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Alejandro Enrique Freire Lillo, deduce en esta sede civil, demanda en juicio ordinario de menor cuantía de prescripción de acciones para el cobro de permisos de circulación en contra de la Ilustre Municipalidad de La Reina representada legalmente por su alcalde don José Manuel Palacios Parra, solicitando en definitiva se declare la prescripción de las acciones para el cobro de permisos de circulación respecto del vehículo de su propiedad, marca Gilera, modelo Runner VXP 180cc, tipo moto, placa patente LN0252-0, año 2003, con vencimiento entre el 31 de marzo del año 2006 y el 31 de marzo del año 2019, ambos inclusive, por la suma de $1.171.594 más reajustes, intereses y multas.- Basa su demanda en los fundamentos de hecho y de derecho ya reseñados en la parte expositiva de esta sentencia, que se dan por reproducidos. Código: NSMSXLPNYXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8150-2022 Foja: 1 SEGUNDO: Que conferido el respectivo traslado, éste se tuvo por evacuado en rebeldía de la demandada y llamadas las partes a conciliación esta no se produjo. TERCERO: Que al respecto conviene tener presente lo dispuesto por el artículo 2514 del Código Civil, en cuanto señala, que la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, plazo que se cuenta desde que la obligación se haya hecho exigible. Por su parte el artículo 2521 del Código Civil, aplicable en la especie conforme lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley sobre Rentas Municipales, señala “Prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos” CUARTO: Que a su vez, el artículo 2518 del Código Civil, establece que la prescripción se interrumpe civilmente por la demanda judicial y en ese mismo orden de ideas, el artículo 38 del Código Procedimiento Civil dispone, “Las resoluciones judiciales solo producen efecto en virtud de notificación hecha con arreglo a la ley”. QUINTO: Que en el caso sub lite, según consta del certificado de deuda agregado al folio 1, emitido por la Municipalidad demandada con fecha 31 de agosto de 2022, el vehículo placa patente LN0252-0, mantiene efectivamente una deuda con la municipalidad demandada, por concepto de permisos de circulación, devengadas entre el año 2006 a 2022, por la suma total de $1.279.233.- Al respecto cabe hacer presente que el demandante ha solicitado se declare prescrita la acción para el cobro de las patentes con vencimiento entre el año 2006 y año 2019.- SEXTO: Que así las cosas, habiéndose producido la exigibilidad de la deuda cuya prescripción se reclama, en el 31 de marzo del año 2006 y 31 de marzo de 2019, respectivamente y teniendo presente que la demanda de autos fue notificada a la demandada con fecha 22 de septiembre de 2022, resulta ser efectivo que entre dichas fech
Fallo
Por tanto, solicita tener por interpuesta demanda de declaración de prescripción extintiva de acciones en contra de la demandada antes individualizada, acogerla a tramitación y en definitiva declarar la prescripción de las acciones emanadas de la deuda por concepto de Permisos de Circulación Vehicular, relativas al vehículo antes individualizado, devengados entre el 31 de marzo de 2006 y 31 de marzo del año 2019, ambos inclusive, por la suma de $1.171.594, más intereses reajustes y costas.- Al folio 7, consta notificación personal subsidiaria a la demandada, de la demanda y su proveído, con fecha 22 de septiembre de 2022. Al folio 11, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la demandada. Al folio 14, llamadas las partes a conciliación, ésta no se produjo. Al folio 27, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Alejandro Enrique Freire Lillo, deduce en esta sede civil, demanda en juicio ordinario de menor cuantía de prescripción de acciones para el cobro de permisos de circulación en contra de la Ilustre Municipalidad de La Reina representada legalmente por su alcalde don José Manuel Palacios Parra, solicitando en definitiva se declare la prescripción de las acciones para el cobro de permisos de circulación respecto del vehículo de su propiedad, marca Gilera, modelo Runner VXP 180cc, tipo moto, placa patente LN0252-0, año 2003, con vencimiento entre el 31 de marzo del año 2006 y el 31 de marzo del año 2019, ambos inclusive, por la suma de
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C-8150-2022 Foja: 1 FOJA: 20 .- Veinte .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 8 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8150-2022 CARATULADO : FREIRE/MUNICIPALIDAD DE LA REINA Santiago, diecinueve de Enero de dos mil veinticuatro VISTOS: Al folio 1, comparece don Alejandro Enrique Freire Lillo, ingeniero civil, domiciliado en Dardignac N°84, comuna de Recoleta, quien deduce demanda en proce
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