1º Juzgado de Letras de Coquimbo

PINO/

Rol

V-3-2023

Fecha

19 de enero de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N° 4.808; artículos 1, 2, 3, y 4 de la Ley N°17.344, y artículos 817, 818, 819, 820, 824, 826 y 828 del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.-) Que ha lugar a lo solicitado en lo principal de la presentación digital de fecha 11 de enero de 2023 por doña Fernanda Valentina Pino Segura, y en consecuencia, el señor Oficial del Registro Civil de la Circunscripción de La Serena rectificará la partida de nacimiento N°349 Año : 2004 de la Circunscripción La Serena, en el sentido de modificar el apellido de la solicitante por el de Madrid, pasando a quedar inscrita como Fernanda Valentina Madrid Segura, cédula nacional de identidad N° 21.613.105-3, nacida el 07 de julio de 2004. II.-) Requiérase las modificaciones a las inscripciones señaladas, por medio de receptor judicial de Coquimbo, a quien desde ya se le autoriza conforme lo dispuesto en el artículo 391 del Código Orgánico de Tribunales para actuar en suelo jurisdiccional de La Serena. Anótese, regístrese digitalmente, notifíquese, dese copia autorizada y archívese en su oportunidad. Rol V-3-2023.- Código: FPLDXLXDMHJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO Dictada por don Jorge Vera Garvizo, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Coquimbo.- EN COQUIMBO, A DIECINUEVE DE ENERO DE DOS MIL VEINTICUATRO, ANOTÉ POR EL ESTADO DIARIO LA SENTENCIA DEFINITIVA QUE ANTECEDE. Código: FPLDXLXDMHJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-01-19T11:22:43-0300

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho: Señala que es hija de Claudio Gerardo Pino Tello, R.U.N. 13.531.341-6 y de doña Elsa María Segura García, Rut 12.217.227-9. Indica que su padre biológico, abandonó a su madre a fines del año 2007, cuando ella tenía de tres años. Sostiene que su madre, el año 2012 encontró como compañero de vida a don Gonzalo Andrés Madrid Cortés, RUN 16.816.415-7; que desde aquella fecha, don Gonzalo Andrés, se ha constituido en su verdadero padre, puesto que ha suplido con creces la responsabilidad y el afecto, que le debió otorgar su padre biológico, sustituyéndolo en todo el universo de protecciones, responsabilidad, preocupación, bondad, cariño, abrazándome como su hija, otorgándole su absoluta protección y amparo, dándola a conocer a toda su comunidad como su hija, siendo su principal protector y custodio, quien ha realizado la función de padre real, proveyendo y otorgándole plena atención, orientándole en el modo de enfrentar la vida, Código: FPLDXLXDMHJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO financiando su salud, educación, esparcimiento, y todo aquellos que le debió proveer su padre biológico. Expresa que recuerda su niñez como una niña muy feliz estando a su lado, puesto que se sentía protegida, especialmente cuando la llevaba al colegio, al centro médico, centros deportivos y de esparcimiento, siempre presentándola como su hija. Expone que siempre ha sido reconocida en su comunidad, como hija de don Gonzalo Andrés Madrid Cortés, por el distinguido amor y preocupación que el profesaba por ella y quien se sentía orgulloso de presentarla en su comunidad social, como su hija. Manifiesta que respecto a su padre biológico, don Claudio Gerardo Pino Tello, tiene escasos recuerdos de contactos afectivos o emocionales de su presencia en su vida, situación que se ha mantenido hasta el día de hoy, ya que no existe interés por realizar algún tipo de acercamiento de carácter familiar entre ellos, y del cual repugna su presencia. Refiere que hoy a su edad, de 18 años, en su necesidad de sintonizar emocionalmente con aquella digna persona que se comportó como padre, se le hace necesario reclamar el apellido de quien le ha brindado protección y cariño, su padre putativo, la persona que se comportó como el ideal de padre, respecto a una hija abandonada por su padre biológico. Agrega que

Fallo

FALLO: 5 DE DICIEMBRE DE 2023 Coquimbo, diecinueve de enero de dos mil veinticuatro. V i s t o; Primero: Que consta en carpeta digital que, con fecha 11 de enero de 2023, compareció doña Fernanda Valentina Pino Segura, con domicilio en Pasaje Salto del Itata 1397, Bosque San Carlos, Coquimbo, R.U.N. 21.613.105-3, chilena, soltera, estudiante, solicitando se ordene la modificación de su primer apellido, “Pino”, por el de “Madrid”, rectificando su inscripción de nacimiento N° 349 Año 2004 de la Circunscripción de La Serena del Registro Civil de dicha comuna, oficiando al efecto, complementado con presentación de fecha 08 de febrero de 2023. La peticionaria funda su solicitud en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: Señala que es hija de Claudio Gerardo Pino Tello, R.U.N. 13.531.341-6 y de doña Elsa María Segura García, Rut 12.217.227-9. Indica que su padre biológico, abandonó a su madre a fines del año 2007, cuando ella tenía de tres años. Sostiene que su madre, el año 2012 encontró como compañero de vida a don Gonzalo Andrés Madrid Cortés, RUN 16.816.415-7; que desde aquella fecha, don Gonzalo Andrés, se ha constituido en su verdadero padre, puesto que ha suplido con creces la responsabilidad y el afecto, que le debió otorgar su padre biológico, sustituyéndolo en todo el universo de protecciones, responsabilidad, preocupación, bondad, cariño, abrazándome como su hija, otorgándole su absoluta protección y amparo, dándola a conocer a toda su comunidad

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PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO PROCEDIMIENTO: VOLUNTARIO MATERIA: AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE NOMBRE ROL: V-3-2023 SOLICITANTE: FERNANDA VALENTINA PINO SEGURA AUTOS PARA FALLO: 5 DE DICIEMBRE DE 2023 Coquimbo, diecinueve de enero de dos mil veinticuatro. V i s t o; Primero: Que consta en carpeta digital que, con fecha 11 de enero de 2023, compareció doña Fernanda Valentina Pino Segura, con domic

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