GONZÁLEZ/TRANSPORTE SERVICIOS E INVERSIONES MAPA SPA
Rol
O-773-2023
Fecha
12 de abril de 2024
Materia
Costas, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos relatados en dicha carta: “1. El no pago de cotizaciones previsionales a la entidad a la que me encuentro afiliado, esta es, AFP PROVIDA, así como las cotizaciones previsionales por fondo de cesantía a AFC CHILE, y las cotizaciones de salud a la entidad a la que me encuentro afiliado, adeudándose el pago de las cotizaciones correspondientes a TODO EL PERIODO DE LA RELACIÓN LABORAL. Lo anterior me perjudica gravemente pues impacta en mi fondo de capitalización individual, me impide acceder a prestaciones de salud y afecta mi acceso al seguro de cesantía al momento de quedar sin trabajo. 2. No entrega de trabajo convenido desde el 16 de enero de 2023. Si bien fui contratado para desarrollar labores de Supervisor, en reiteradas ocasiones me he presentado a trabajar y no se me ha otorgado el trabajo convenido, indicándome la empresa que por el momento no hay trabajos que realizar, debiendo retornar a mi domicilio sin una solución concreta al respecto. En atención a lo señalado anteriormente, usted ha incumplido una obligación de la esencia de todo contrato de trabajo, en virtud de lo dispuesto por el artículo 7º del Código del Trabajo, esto es, la prestación de los servicios. 3. Agrava más aún el incumplimiento anterior, el no pago íntegro de la remuneración correspondiente al mes de enero del presente año. Al día de hoy aún está pendiente dicho saldo de mi remuneración. Asimismo, se me adeuda el pago total de las remuneraciones correspondientes a los meses de febrero y marzo del presente año, hasta el día de hoy no he recibido ningún pago, lo cual me genera un gran perjuicio económico, además de incumplir ustedes con una obligación de la esencia de todo contrato de trabajo, esto es, el pago de una remuneración por la prestación de los servicios convenidos. 4. Finalmente, la empresa no hace entrega de las respectivas liquidaciones de remuneración mensual, existiendo incumplimiento de la obligación del empleador de entregar comprobante con indicación del monto
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, CORNELIO GONZÁLES LOPEZ, cédula nacional de identidad N°9.146.255-9, dedujo demanda de despido indirecto y cobro de prestaciones laborales en contra de TRANSPORTES, SERVICIOS E INVERSIONES MAPA S.P.A., RUT N° 76.387.393-5 y de ELECNOR CHILE S.A., RUT N° 96.791.730-3, por los fundamentos de hecho y de derecho ya expuestos en la parte expositiva de esta resolución. SEGUNDO: Que, ninguna de las demandadas contestó la demanda. Tampoco concurrieron a la audiencia preparatoria. TERCERO: Que, a la audiencia de juicio sólo compareció la parte demandante, rindiéndose la siguiente prueba por su lado: Prueba documental: Se incorporaron mediante lectura resumida los siguientes documentos ofrecidos en la audiencia preparatoria:(acompañados folio 21) 1. Contrato de trabajo de fecha 18 de julio de 2022. (folio 22) 2. Anexo de contrato de trabajo de fecha 09 de agosto de 2022. (folio 22) 3. Anexo de contrato de trabajo de fecha 30 de septiembre de 2022. (folio 22) 4. Certificado de cotizaciones previsionales del actor, emitidos por AFP PROVIDA, con fecha 02 de mayo de 2023. (folio 22) 5. Certificado de no vigencia del actor, emitido por ISAPE NUEVA MASVIDA, con fecha 08 de marzo de 2023. (folio 22) 6. Comprobante de envío de carta certificada emitida por Correos de Chile de fecha 20 de abril de 2023. (folio 22) 7. Carta conductora dirigida a la Inspección del Trabajo de fecha 20 de abril de 2023. (folio 22) 8. Carta de aviso de término de relación laboral por despido indirecto de fecha 20 de abril de 2023. (folio 22) 9. Captura de pantalla de Gmail correspondiente a correo electrónico dirigido a upartesyrchivoddt@dt.gob.cl, de fecha 21 de abril de 2023. (folio 22) 10. Registro de copia de constancia ante la Inspección del Trabajo Folio N°1007, de fecha 21 de abril 2023. (folio 22) 11. Set de fotografías correspondiente a lugar de trabajo, esto es, Parque Eólico Llanos del Viento. (folio 22) 12. Set de capturas de pantalla correspondientes a cadena de correos electrónicos entre Yohana Brizuela Maturana, Jefa de Seguridad, Medio Ambiente y Calidad de la demandada principal y personal de Elecnor Chile S.A. (folio 22) Confesional: No comparecen los absolventes; Nelson Román Parada Vega y Rafael Aguera Buiza, se solicita se haga efectivo el apercibimiento legal contemplado en el artículo 454 N° 3 del Código del Trabajo. El Tribunal deja su resolución para la sentencia definitiva. Testimonial: Compareció y declaró ante el Tribunal, previamente juramentada y bajo apercibimiento del artículo 209 del Código Penal, la siguiente testigo: 1. Vanessa Valeska González Araos, cédula de identidad Nº N°18.919.145-7, domiciliada en pasaje Bonilla N°8515, Antofagasta. Exhibición de documentos: Respecto de la demandada principal: 1. Contrato de trabajo y anexos suscritos con el actor. (no se exhibe) 2. Liquidaciones de remuneraciones debidamente suscritas por el trabajador, durante todo el periodo de relación laboral, junto con respectivos comprobante
Fallo
fallo las menciones a que hace referencia los números 3 y 4 a que se refiere el artículo 459 del mismo Código precitado. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 160, 161, 162, 168, 171, 177, 183, 420, 425, 439, 445, 455, 456, 458 Y 501 del Código del Trabajo y demás artículos pertinentes y 144 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA: I.- Que se acoge en todas sus partes la demanda interpuesta por CORNELIO GONZÁLES LOPEZ, cédula nacional de identidad N°9.146.255-9, en contra de TRANSPORTES, SERVICIOS E INVERSIONES MAPA S.P.A., RUT N° 76.387.393-5, y de ELECNOR CHILE S.A., RUT N° 96.791.730-3, todos ya individualizados y, en consecuencia, se declara que deberán pagar solidariamente los siguientes valores por los conceptos que en cada caso se indican: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $1.875.000.- 2. Remuneraciones adeudadas hasta la fecha, correspondiente a 15 días del mes de enero por la suma de $937.500, la remuneración completa del mes de febrero 2023 por la suma de $1.875.000, asimismo por el mes de marzo de 2023 por la suma de $1.875.000 y los 20 días de remuneración de abril de 2023 por la suma de $1.250.000. 3. Feriado proporcional por la suma de $703.125.- 4. Nulidad del despido, por lo que se deberá pagar la suma equivalente a la indemnización sustitutiva del aviso previo desde la fecha del despido indirecto ocurrido el día 20 de abril de 2023, hasta la fecha que se paguen las cotizaciones previsionales
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PROCEDIMIENTO: Ordinario. Aplicación General. MATERIA: Ordinario. DEMANDANTE: CORNELIO ROSAMEL GONZÁLEZ LÓPEZ. DEMANDADA: TRANSPORTE SERVICIOS E INVERSIONES MAPA SPA. RIT: O-773-2023 RUC: 23- 4-0486009-7 ___________________________________________________________/ Antofagasta, doce de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANO: Comparece DAYAN NARANJO TAPIA, abogada, cédula nac
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