Juzgado de Letras de Yungay

GARRIDO/GARRIDO

Rol

C-48-2022

Fecha

17 de enero de 2024

Materia

CUENTAS, PROCEDIMIENTO ART.680 Nº8 C.P.C.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece el abogado don REMBERTO VALDÉS HUECHE, domiciliado en calle Florida N°970, comuna de Concepción, en representación de don VICENTE ALONSO GARRIDO NAVARRETE, pensionado, domiciliado en Fundo La Cólquida, kilómetro ocho, camino Los Puquios, comuna de El Carmen, Ñuble. Interpone demanda de rendición de cuentas, en procedimiento sumario, en contra de don JOSÉ GABRIEL GARRIDO UMANZOR, Rut 6.046.189-9, contador auditor, en su calidad de administrador de la sociedad AGRÍCOLA SAN VICENTE LIMITADA, Rut 78.334.180-8, sociedad del giro de su denominación, el demandado con domicilio en Kilómetro seis, camino Los Puquios, camping La Cascada, El Carmen, Ñuble, a fin de que se declare judicialmente la obligación de rendir cuenta. Expone que a principios de los años noventa, su representado junto al demandado, decidieron iniciar un negocio de plantel porcino aprovechando un terreno que le dejara el padre a don Vicente con el ánimo de hacerlo rendir comercialmente, creándose el 18 de diciembre del año 1992, la sociedad Agrícola San Vicente Limitada, cuyo objeto principal es explotar predios agrícolas, e invertir en bienes relacionados con la agricultura. En el pacto social fue designado como administrador don José Gabriel Garrido Umanzor, quien también quedó a cargo del uso de la razón social. En 1993, la situación del mercado se tornó muy inconveniente, viendo sus costos subir y sus precios bajar, en razón de ello deciden dejar la iniciativa comercial, pero, en los hechos, la sociedad no terminó, manteniéndola el administrador por años sin movimiento, de lo que su representado se enteró mucho tiempo después, recién en 2005, don José Gabriel Garrido Umanzor informó a su parte que la sociedad no había terminado, y le propuso reiniciar el negocio, con la condición de tener él el control de los dineros, y su representado hacerse cargo de lo operacional, a lo cual accedió. Así las cosas, al día de hoy los titulares de derechos sociales son: 1.- Vicente Alon

Fundamentos

fundamentos expuestos, declarar: 1. Que se rechace la demanda, por cuanto no se ha establecido en el juicio declarativo correspondiente, la obligación de rendir cuenta. 2. Que se rechace la demanda, toda vez que mi representad sí ha entregado la información requerida, dando cumplimiento con la obligación de rendir cuenta de las partidas importantes. 3. Que se acoja la excepción de prescripción en cuanto a la administración anterior a los últimos 5 años de notificada la demanda. 4. Que se condena al demandante al pago de las costas de esta causa. A folio 40 se recibe la causa a prueba A folio 63 se cita a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se demanda para que

Fallo

se declara la obligación de rendir cuenta y se emplace al que se emplace a don José Gabriel Garrido Umanzor, a que presente su cuenta de administración de la sociedad Agrícola San Vicente Limitada, ya individualizada, acompañando la información financiera, tributaria, contable, bancaria y toda otra documentación que dé cuenta de la administración de dicha sociedad, por su parte el demandado considera que es improcedente lo demandado y además opone la excepción de prescripción. SEGUNDO: En artículo 1698 del código civil indica “Incumbe probar las obligaciones o su extinción a quien alega aquellas o esta”, y para estos efectos el demandante ha acompañado la siguiente prueba: I.DOCUMENTAL: 1.- Copia de inscripción de la sociedad Agrícola San Vicente Limitada, de fecha 18 de diciembre de 1992. 2.- Escritura de Constitución de Sociedad “Agrícola San Vicente Limitada”, de fecha 17 de diciembre de 1992, otorgada ante el Titular de la Trigésima Novena Notaría de Santiago, don Mario Baros González, Repertorio N° 7.903. TERCERO: Por su parte el demandado acompaña los siguientes documentos: 1. Copia de escritura pública de constitución de sociedad Agrícola San Vicente Limitada fue constituida el 17 de diciembre de 1992 en la Notaría de Santiago de don Mario Baros González. 2. Copia de correo electrónico 27 de mayo de 2021 mediante el cual se hace entrega de los Estados Financieros de los años 2017, 2018, 2019 y 2020. 3. Copia de correo electrónico de fecha 29 de noviembre del año 2

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 62 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Yungay CAUSA ROL : C-48-2022 CARATULADO : GARRIDO/GARRIDO Yungay, diecisiete de Enero de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1 comparece el abogado don REMBERTO VALDÉS HUECHE, domiciliado en calle Florida N°970, comuna de Concepción, en representación de don VICENTE ALONSO GARRIDO NAVARRETE, pensionado, d

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica