2º Juzgado Civil de Concepción

AGUAYO/

Rol

V-283-2023

Fecha

17 de enero de 2024

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: A folio 1, comparece don MIGUEL ÁNGEL ÁLVAREZ MONSALVES, Abogado, con domicilio en calle Maipú N°279-B, Penco centro, comuna de Penco, en representación convencional y judicial, de doña MÓNICA CECILIA AGUAYO CEDAS, C.I. N° 7.679.513-4, labores de casa, con domicilio en calle Dr. Nicanor Allende N°955, Los Lirios, sector Collao, comuna de Concepción, quien viene en presentar solicitud de autorización judicial para enajenar acciones y derechos que pertenecen a la madre de la solicitante, doña MARÍA GRACIELA CEDAS RUIZ, C.I.N°3.291.283-4, pensionada, con domicilio en calle O’Higgins N°778, ciudad y comuna de Penco, en razón de las siguientes consideraciones que pasa a exponer: 1.- Que doña MARÍA GRACIELA CEDAS RUIZ, ya individualizada, es dueña de acciones y derechos recaídos en el inmueble ubicado en calle Bulnes N°1217 de la ciudad y comuna de Concepción, compuesta de 7 varas más o menos de frente, incluyéndose la mitad de pasadizo por fondo correspondiente, cuyos deslindes son: NORTE, con de don Juan Garrido; ORIENTE, con de doña Sofía Vergara; SUR, calle Bulnes; y PONIENTE, con de doña María Torres. Ella adquirió dichos derechos por sucesión por causa de muerte quedada al fallecimiento de quien fuera su marido, don Román Aguayo Ulloa, cuya Inscripción especial de herencia rola inscrita a fojas 2.444, bajo el N°2.128 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, correspondiente al año 2014. 2.- Que por sentencia de fecha 15 de Febrero de 2023, dictada en causa Rol V-310-2022, del 3° Juzgado Civil de Concepción, se declaró la interdicción por causa de demencia de doña MARÍA GRACIELA CEDAS RUIZ, quedando privada en forma permanente y definitiva de la administración de sus bienes, -entre los Código: XBENXLJJYXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 que se encuentran las acciones y derechos que posee en el inmueble anteriormente mencionado-, y se designó al

Fallo

se resuelve: Que se hace lugar a la solicitud de folio 1 y, en consecuencia, se autoriza a doña MÓNICA CECILIA AGUAYO CEDAS, Run N° 7.679.513-4, para enajenar en pública subasta, acciones y derechos que le corresponden a su pupila, doña MARÍA GRACIELA CEDAS RUIZ, Run N° 3.291.283-4, en la cantidad no inferior a $5.714.285, recaídas en el inmueble ubicado en calle Bulnes N°1213, de la ciudad y comuna de Concepción, fijándose al efecto un plazo de 6 meses a contar desde que se encuentre firme o ejecutoriada la presente resolución. Regístrese, obténgase copias del sistema y archívese. Rol V-283-2023 Dictada por Ana María Suárez Gaensly, juez subrogante del Segundo Juzgado Civil de Concepción. Código: XBENXLJJYXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Concepci nó , diecisiete de Enero de dos mil veinticuatro. Código: XBENXLJJYXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-01-17T11:32:17-0300

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : V-283-2023 CARATULADO : AGUAYO/ Concepci nó , diecisiete de Enero de dos mil veinticuatro VISTO: A folio 1, comparece don MIGUEL ÁNGEL ÁLVAREZ MONSALVES, Abogado, con domicilio en calle Maipú N°279-B, Penco centro, comuna de Penco, en representación convencional y judicial, de doña

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica