2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

BRAVO/FALABELLA.COM SPA.

Rol

M-4634-2023

Fecha

11 de abril de 2024

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos justificativos del despido en forma genérica, pues junto con señalar la causal de despido ("necesidades de la empresa"), básicamente indica que este obedece a un "proceso de reestructuración administrativa y financiera" y a la "racionalización de costos". En efecto, en ninguna parte de la carta se especifica lo siguiente: ^ En qué consistió la supuesta "reestructuración administrativa y financiera"; ^ Cuáles son "las metas y exigencias necesarias para cumplir los objetivos del negocio" que justificaron la "racionalización de costos y de personal, y ^ Por qué el despido de don Juan Pablo Bravo Muñoz fue necesario para materializar la supuesta reestructuración. Al respecto, nuestra jurisprudencia ha señalado que los hechos contenidos en la carta de despido deben ser precisos y detallados, ya que, de lo contrario, deberá ser declarado injustificado al no cumplirse íntegramente con lo dispuesto en el artículo 162 del C.T, en conexión con el artículo 454 N°1 inciso 2° del mismo cuerpo legal1. El fundamento es que la falta de precisión de los hechos afecta el derecho a defensa del trabajador, quien sólo puede impugnar el despido

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece al proceso Juan Pablo Bravo Muñoz, chileno, C.I N°14.195.535-7, periodista, domiciliado en Avenida Macul N°2795, depto.802-A, Macul, comuna y Provincia de Santiago, Región Metropolitana, quien interpone demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales en contra de Falabella.com SpA, RUT N°76.212.492-0, sociedad por acciones del giro de su denominación, representada legalmente por don Pablo José San Martín Stanley, chileno, C.I N°16.365.985-9, ignoro profesión u oficio; ambos domiciliados para estos efectos en Catedral N°1401, Piso 5, comuna y Provincia de Santiago, Región Metropolitana, a fin de que se declare injustificado el despido y se condene a la demandada al pago de las prestaciones que indica en su libelo pretensor, todo con reajustes, intereses y costas. Fundando lo anterior señala que con fecha 17 de mayo de 2021, don Juan Pablo Bravo Muñoz comenzó a prestar servicios para Falabella.com SpA, en virtud de contrato de trabajo de duración indefinida en el cargo de SEO Analyst (Analista de "Search Engine Optimization" u "Optimización para motores de búsqueda"). Su última remuneración mensual (agosto de 2023) ascendió a la suma de $3.012.048.-, tal como consta en el finiquito suscrito por ambas partes con fecha 25 de septiembre de 2023. Con fecha 6 de septiembre de 2023, mi representado fue despedido por la causal de "necesidades de la empresa" por parte de Falabella.com SpA, lo que se le comunicó por carta certificada. Finalmente, con fecha 25 de septiembre de 2023, ambas partes suscribieron finiquito, siendo la firma del trabajador ratificada con la misma fecha ante la Notario Público de Santiago don Francisco Javier Leiva Carvajal. Con todo, el trabajador se reservó, en lo pertinente, "el derecho a demandar de despido injustificado; cobro de prestaciones laborales; feriado anual 2022; feriado anual 2023; feriado proporcional; y remuneración septiembre de 2023", lo que escribió en todas las copias del finiquito. La carta expresa los hechos justificativos del despido en forma genérica, pues junto con señalar la causal de despido ("necesidades de la empresa"), básicamente indica que este obedece a un "proceso de reestructuración administrativa y financiera" y a la "racionalización de costos". En efecto, en ninguna parte de la carta se especifica lo siguiente: ^ En qué consistió la supuesta "reestructuración administrativa y financiera"; ^ Cuáles son "las metas y exigencias necesarias para cumplir los objetivos del negocio" que justificaron la "racionalización de costos y de personal, y ^ Por qué el despido de don Juan Pablo Bravo Muñoz fue necesario para materializar la supuesta reestructuración. Al respecto, nuestra jurisprudencia ha señalado que los hechos contenidos en la carta de despido deben ser precisos y detallados, ya que, de lo contrario, deberá ser declarado injustificado al no cumplirse íntegramente con lo dispuesto en el artículo 162 del C.T, en conexión con el artícul

Fallo

se declara injustificado el despido de que fue objeto el actor con fecha 06 de septiembre de 2023, y por ende, la parte demandada queda obligada al pago de las siguientes prestaciones: a.- Por concepto del 30% de recargo de la indemnización por años de servicio, la suma de $1.807.229.- b.- Por concepto de feriado legal, la suma de $1.984.170.- c.- Por concepto de feriado proporcional, la suma de $301.233.- II.- Que, las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con reajuste e intereses, de conformidad a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que, no se condena en costas a la parte demandada, por estimarse que ha litigado con motivo plausible. Devuélvanse los documentos guardados en custodia. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT M-4634-2023 RUC 23- 4-0528977-6 Dictada por GONZALO FIGUEROA EDWARDS, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Texto Completo (Preview)

Santiago, once de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece al proceso Juan Pablo Bravo Muñoz, chileno, C.I N°14.195.535-7, periodista, domiciliado en Avenida Macul N°2795, depto.802-A, Macul, comuna y Provincia de Santiago, Región Metropolitana, quien interpone demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales en cont

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