FUNDACION EDUCACIONAL EL SALVADOR/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CHAÑARAL
Rol
I-14-2023
Fecha
11 de abril de 2024
Materia
Otros Reclamos
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos a probar SI · Ofrecimiento e incorporación prueba de la parte reclamante. SI · Ofrecimiento e incorporación prueba de la parte reclamada. SI · Observaciones a la prueba SI · Dictación de Sentencia SI ACTUACIONES DEL TRIBUNAL: Se da inicio a la presente audiencia con la comparecencia de los abogados de ambas partes. Integro registro en audio. Al téngase presente del abogado de la parte reclamante de fecha 26 de marzo de 2024: Téngase presente. Al téngase presente del abogado de la parte reclamada de fecha 26 de marzo de 2024: Téngase presente. Luego de haber hecho la relación de la demanda y la contestación de la demanda, el Tribunal procedió a llamar a las partes a conciliación, lo cual no prosperó atendido que la Inspección del Trabajo no concilia en este tipo de causas. Integro registro de audio. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: Multa Nº 8863/22/103 respecto de la multa N°3 Y N° 9 HECHOS A PROBAR: 1. Efectividad que en la resolución N°22 de 19 de enero de 2023 se incurrió en un error de hecho respecto de aplicación de las multas asignadas con el N°3 y N°9 que atribuye el reclamante. Forma en que se verifico el error. OFRECIMIENTO E INCORPORACIÓN PRUEBA DE LA PARTE RECLAMANTE: Prueba documental: 1. Resolución de multa N° 8863/2023/36 de fecha 29 de mayo de 2023. 2. Oficio ordinario N° 302-14151/2023 de fecha 31 de mayo de 2023. 3. Correo electrónico de fecha 01 de junio de 2023, de la reclamada a la Dirección de gestión de personas de Fees. 4. Contrato de trabajo de fecha 17 de marzo de 2020, entre Fees y FERNANDO CALDERÓN ESTUARDO, y sus anexos. 5. Dos contratos de trabajo de fecha 01 de marzo de 2022, entre Fees y CAMILA MUÑOZ TORREJÓN y sus anexos. 6. Contrato de trabajo de fecha 01 de marzo de 2014, entre Fees y MIGUEL MORENO CARREÑO. 7. Contrato de trabajo de fecha 23 de mayo de 2022, entre Fees y MACARENA BRUNA ADONIS, y sus anexos. 8. Contrato de trabajo de fecha 01 de marzo de 2010, entre Fees y EMA INÉS ALQUINTA OLIVARES y sus anexos.
Fallo
se resuelve: I.- Se hace lugar a la reclamación interpuesta por la abogada en representación de la Fundación de educación El Salvador, respecto a dejar sin efecto multa N°8863/2023/36. II.- No se condena en costas a las partes. III.- Una vez ejecutoriada la presente decisión cúmplase con lo respectivo. IV.- Archívese en su oportunidad. Las partes quedan notificadas personalmente en la presente audiencia. Con lo obrado se pone fin a la audiencia. Dirigió la audiencia y resolvió doña CAROLINA VALENCIA CASTRO, Jueza Suplente del Juzgado de Letras, Garantía, Familia, Laboral y Cobranza Previsional de Chañaral. NOTA: La presente acta solo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución se encuentran íntegramente en el registro de audio. Registro integro de la audiencia se guarda en formato de audio, según acuerdo de la Excelentísima Corte Suprema, de fecha 28 de enero de 2002.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA. FECHA Chañaral, a diez de abril de dos mil veinticuatro. RUC 23-4-0491487-1 RIT I-14-2023 MAGISTRADA CAROLINA VALENCIA CASTRO ENCARGADO DE ACTA FERNANDA ZEPEDA CABRERA HORA DE INICIO 12:30 HORAS HORA DE TERMINO 14:26 HORAS RECLAMANTE (NO COMPARECE) FUNDACION EDUCACIONAL EL SALVADOR RUT 73.435.300-0 ABOGADO RECLAMANTE (COMPARECE ZOOM) RAÚL ALEJANDRO WEIS
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