Juzgado de Letras de Constitución

HENRÍQUEZ/

Rol

V-82-2023

Fecha

29 de diciembre de 2023

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

visto además lo dispuesto por la Ley Nº 17.344 y Decreto con Fuerza de Ley Nº 2.128; SE RESUELVE: I.- Que, SE ACOGE la solicitud de folio 1, y por ende SE AUTORIZA el reemplazo del apellido paterno del solicitante, que actualmente es “Henríquez” por el de “ARRIAGADA”, cambiando en consecuencia el nombre de Daniel Antonio Henríquez Arriagada por el de “DANIEL ANTONIO ARRIAGADA ARRIAGADA”. II.- Que, SE ORDENA rectificar la partida de nacimiento del solicitante individualizado, R.U.N. Nº 18.244.733-1, inscripción de nacimiento Nº 5759, Registro “S”, del Registro de Nacimientos del año 1992 de la Circunscripción de Providencia, quedando en definitiva su nombre como DANIEL ANTONIO ARRIAGADA ARRIAGADA. III.- CÚMPLASE lo ordenado precedentemente, por el Oficial Civil que resulte competente, en los términos dispuestos en el Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil, una vez ejecutoriada la presente sentencia. Regístrese, notifíquese al solicitante por correo electrónico por intermedio de su Abogado, dese copia autorizada a la solicitante y en su oportunidad, archívese. ROL V-82-2023 Dictada por don GUSTAVO BENAVENTE MORA, Juez Titular, Juzgado de Letras de Constitución. Constitución, a veintinueve de diciembre de dos mil veintitrés, notifiqué por correo electrónico la resolución precedente. Código: XXCKXKKJYDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-29T15:53:15-0300

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece don DANIEL ANTONIO HENRÍQUEZ ARRIAGADA, Electricista, domiciliado en Zañartu N° 723, Constitución; solicitando el cambio de su primer apellido “Henríquez” por el de “Arriagada”, en atención a que ha sido conocido por más de cinco años por dicho apellido como se acreditará. Indica que, dicho cambio obedece a que nunca mantuvo contacto con su padre y que desde que tuvo conciencia suficiente dejó de utilizar el apellido Henríquez, y comenzó a utilizar solo los apellidos de su madre. Concluye, previas citas legales, solicitando tener por presentada solicitud de cambio de apellido paterno “Henríquez” por el de “Arriagada”, y acogerla, quedando en definitiva como Daniel Antonio Arriagada Arriagada. SEGUNDO: Que, a fin de acreditar su pretensión, a folio 1 el solicitante acompañó certificado de nacimiento a su nombre, extendido por el Registro Civil e Identificación, en el que consta su identidad nominativa. Por otra parte, a folio 4 se rindió información sumaria de testigos, constando en el acta respectiva las declaraciones de doña Daniela Lara Riveros y doña Alexandra Sepúlveda Méndez, quienes previa individualización y juramento, expresaron conocer al solicitante desde hace más de trece y siete años, respectivamente. Dando razón de ello y de un modo conteste manifestaron que desde el tiempo que lo conocen, Daniel ha sido conocido con el apellido paterno “Arriagada”, por sus familiares y amigos. Lo que les consta a ambas testigos de manera personal por ser conocidas del solicitante de autos, y mantener contacto con él, su familia y amigos. Luego, a folio 10 rola certificación de publicación del extracto de la petición de autos, efectuada el 01 de agosto de 2023, en la Edición Nº 43.616 del Diario Oficial de la República de Chile. A folio 16, corre informe del Registro Civil e Identificación, señalando que consta en sus registros la inscripción de nacimiento N° 5759, Registro “S” del año 1992, de la circunscripción de Providencia, siendo titular de ella don Daniel Antonio Henríquez Arriagada, nacido el 30 de julio de 1992, consignándose en el rubro correspondiente al padre a don Carlos Fernando Henríquez Yévenes, y en el correspondiente a la madre a doña Emma Rosa Arriagada Palacios. En cuanto a lo solicitado, informa que el peticionario de autos no registra matrimonio ni acuerdo de unión civil, como, asimismo, referencia de hijos en la base de datos del Servicio, para los fines establecidos en el inciso 3° del artículo 4° de la referida Ley N° 17.344. Por otra parte, para los efectos Código: XXCKXKKJYDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de lo señalado en el inciso 7° del artículo 2° de la Ley N° 17.344, que autoriza el cambio de nombres y/o apellidos en los casos que indica, señalan que el solicitante de autos no registra anotaciones en el Registro General de Condenas. Hacen presente que de acceder a la petición de autos, se mante

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto por la Ley Nº 17.344 y Decreto con Fuerza de Ley Nº 2.128; SE RESUELVE: I.- Que, SE ACOGE la solicitud de folio 1, y por ende SE AUTORIZA el reemplazo del apellido paterno del solicitante, que actualmente es “Henríquez” por el de “ARRIAGADA”, cambiando en consecuencia el nombre de Daniel Antonio Henríquez Arriagada por el de “DANIEL ANTONIO ARRIAGADA ARRIAGADA”. II.- Que, SE ORDENA rectificar la partida de nacimiento del solicitante individualizado, R.U.N. Nº 18.244.733-1, inscripción de nacimiento Nº 5759, Registro “S”, del Registro de Nacimientos del año 1992 de la Circunscripción de Providencia, quedando en definitiva su nombre como DANIEL ANTONIO ARRIAGADA ARRIAGADA. III.- CÚMPLASE lo ordenado precedentemente, por el Oficial Civil que resulte competente, en los términos dispuestos en el Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil, una vez ejecutoriada la presente sentencia. Regístrese, notifíquese al solicitante por correo electrónico por intermedio de su Abogado, dese copia autorizada a la solicitante y en su oportunidad, archívese. ROL V-82-2023 Dictada por don GUSTAVO BENAVENTE MORA, Juez Titular, Juzgado de Letras de Constitución. Constitución, a veintinueve de diciembre de dos mil veintitrés, notifiqué por correo electrónico la resolución precedente. Código: XXCKXKKJYDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-29T15:53:15-0300

Texto Completo (Preview)

Foja veintiocho. 28. Constitución, veintinueve de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS, TENIENDO PRESENTE Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece don DANIEL ANTONIO HENRÍQUEZ ARRIAGADA, Electricista, domiciliado en Zañartu N° 723, Constitución; solicitando el cambio de su primer apellido “Henríquez” por el de “Arriagada”, en atención a que ha sido conocido por más de cinco años por

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica