VELOSO/EASY ADMINISTRADORA SPA.
Rol
M-35-2024
Fecha
1 de abril de 2024
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS X HECHOS A PROBAR X INCORPORACIÓN PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE X INCORPORACIÓN PRUEBA TESTIMONIAL DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LAS PRUEBAS X DICTACIÓN DE SENTENCIA X · Se inicia la audiencia con la individualización de las partes. · Se deja constancia que se verificaron las identidades de todos los comparecientes a esta audiencia y que los abogados no se encuentran afectos a suspensión. · Se deja constancia que el retardo en el inicio de esta audiencia se debe a que la audiencia anterior se extendió más allá de lo presupuestado. CONCILIACIÓN: El tribunal propone como base de conciliación el pago del incremento del 30% y la devolución de la AFC. La partes no aceptan las bases propuestas, por lo que la conciliación se tiene por frustrada. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Se confiere traslado a la demanda para contestar la demanda, quien contesta la misma solicitando su rechazo. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Que al término del contrato de trabajo se devengó $2.590.017 por indemnización por años de servicio. 2. Que el demandado cumplió con las formalidades del despido. 3. Que al suscribir finiquito el demandado descontó $430.027 por aporte patronal de AFC. 4. Que la demandante prestaba servicios de ejecutiva de clientes para la demandada. 5. Que el demandante recibía el pago de un bono de desempeño. HECHOS A PROBAR 1. Texto de la carta de despido y la efectividad de ser ciertos los hechos descritos en ella como causal de despido. 2. Efectividad de haberse devengado en favor del actor el bono de desempeño que cobra en la demanda; hechos, circunstancias y monto de él. INCORPORACIÓN DE PRUEBA PARTE DEMANDANTE (Minuta folio 25) DOCUMENTAL: La parte demandante acompañó e incorporó mediante lectura extractada los siguientes documentos: 1. Copia de reclamo interpuesto ante la Dirección Provincial del Trabajo de Osorno, Número 1003/2023/1616 de 11-12-2023 (folio 20) 2. Copia de Acta de Comparendo de Conciliación celebrada an
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 7, 8, 63, 161, 168, 173, 446, 452, 453, 454, 500 y 501, todos del Código del Trabajo, se declara: I: Que se hace lugar a la demanda interpuesta por doña SANDRA ELIZABETH VELOSO OJEDA en contra de EASY ADMINISTRADORA SPA, solo en cuanto se declara improcedente el despido del cual fue objeto la trabajadora, ocurrido el 30 de noviembre de 2023, condenándose a la demandada a pagar a la demandante las siguientes prestaciones: 1. $777.005 por incremento del 30% de la indemnización de los años de servicio. 2. $430.027 por devolución del descuento de aporte patronal de AFC. 3. A pagar reajustes e intereses Indemnización de conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. 4. Que no se condena en costas a la demandada, por no haber sido vencida totalmente. 5. Dese cumplimiento por parte de la demandada a lo dispuesto en la ley 14.908 en caso de que la demandante sea deudora de pensiones alimenticias debiendo informar al tribunal la retención respectiva. 6. Las partes quedan notificadas en este acto. Pronunciada por doña MARIA ISABEL PALACIOS VICENCIO, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, uno de abril dos mil veinticuatro.
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ACTA AUDIENCIA DE JUICIO VIRTUAL PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 01 de abril de 2024 RUC 24-4-0548472-9 RIT M-35-2024 SALA VIRTUAL 1 JUEZA TITULAR MARIA ISABEL PALACIOS VICENCIO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ignacio Araneda A. HORA DE INICIO 12:30 horas HORA DE TERMINO 13:22 horas DEMANDANTE SANDRA ELIZABETH VELOSO OJEDA ABOGADO CRISTIAN EDUARDO PINOCHET FUENTES FORMA NOTIFICACIÓN p
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