PONCE/
Rol
V-573-2023
Fecha
2 de enero de 2024
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Manuel Ponce Delgado, chileno, soltero, abogado, domiciliado General Jofré 67, departamento 2.103, Santiago Centro, Región Metropolitana, con fecha 08 de Septiembre del año 2.023 a las 17:42:43 horas, formuló el pedimento de la concesión de exploración denominada “MIRANDA 4”. SEGUNDO: Que, con fecha 25 de septiembre del año 2.023, el pedimento fue inscrito a fojas 4185, bajo el Nº2277, del año 2.023, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta. TERCERO: Que, con fecha 16 de octubre del año 2.023, se publicó la inscripción del pedimento en el Boletín Oficial de Minería, del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: Que, el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº 7459, de fecha 27 de diciembre del año 2.023, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y el plano están conformes con las disposiciones legales. QUINTO: Que, las coordenadas U. T. M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración y su punto medio son: 1 Código: VKGEXKJMXMV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) PM 7.426.796,00 390.500,00 V1 7.427.798,00 390.000,00 V2 7.427.798,00 391.000,00 V3 7.425.798,00 391.000,00 V4 7.425.798,00 390.000,00 SEXTO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos;
Fallo
SE RESUELVE: Que se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada "MIRANDA 4” con una superficie de 200 hectáreas, a favor de don Manuel Ponce Delgado, ya individualizado. Extráctese la presente sentencia constitutiva como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese, inscríbase y archívese de conformidad a la Ley. Remítase por correo electrónico copia de esta sentencia y plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas ejecutoriada la presente sentencia por correo electrónico. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese ROL V-573-2.023 Dictada por doña Andrea Przybyszewski Jopia, Jueza 2 Código: VKGEXKJMXMV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS ANTOFAGASTA Suplente. Antofagasta, a dos de enero del año dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede. 3 Código: VKGEXKJMXMV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PM 7.426.796,00 390.500,00 2024-01-02T09:42:51-0300
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SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS ANTOFAGASTA ROL : V-573-2.023 MATERIA : PEDIMENTO MINERO “MIRANDA 4” CÓDIGO : P02M SOLICITANTE : MANUEL PONCE DELGADO FECHA INICIO : 08.09.2.023. Antofagasta, a dos de enero del año dos mil veinticuatro. Estese al mérito de lo resuelto a folio 12. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Manuel Ponce Delgado, chileno, soltero, abogado, domiciliado General Jof
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