MARAY/UPC INSTALACIONES SANITARIAS SPA
Rol
O-6060-2023
Fecha
1 de abril de 2024
Materia
Costas, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que, se acoge la demanda interpuesta por don FRANCISCO RODOLFO MARAY MONTECINOS cedula de identidad 13.932.134-0, declarando nulo el despido del que fue objeto con fecha 30 de abril de 2023 y, por tanto, se condena a la empresa demandada UPC INSTALACIONES SANITARIAS SPA al pago de las siguientes prestaciones: a) indemnización por tiempo servido- inciso tercero del artículo 163 Código del Trabajo- (25 días) $924.151.- b) Feriado proporcional, del periodo 01 de julio 2022 al 30 de abril del 2023, (17.5 días) $646.906.- c) Remuneración íntegra mes de abril de 2023, $1.108.982.- d) Las cotizaciones que se encuentren impagas en AFP HÁBITAT, FONASA y AFC CHILE, de los meses de enero, febrero, marzo y abril del año 2023 e) Las remuneraciones que se devenguen desde el 30 de abril del 2023 hasta la convalidación de despido en razón de una remuneración de $1.108.982.- f) Que la demandada INMOBILIARIA DOMILIA UNO SPA deberá responder solidariamente de las prestaciones indicadas, según el régimen de subcontratación establecido. g) Que las demandadas UPC INSTALACIONES ELECTRICAS SPA, UPC INSTALACIONES SANITARIAS SPA, CUPC MAQUINARIAS S.A y CONSTRUCTORA UPC S.A, constituyen un único empleador en los términos del artículo 3 del código del Trabajo, por lo mismo deberán responder solidariamente de las prestaciones que ordena pagar esta sentencia. h) Que se rechaza en lo demás. II. Que, las cantidades ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses que se indican en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que, se condena en costas a las demandadas, que han resultado vencidas, y se regulan las costas personales por la suma de $1.000.000.- IV. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella dentro de quinto día, en caso contrario se dará inicio a su ejecución, de acuerdo a lo establecido en el artí
Fundamentos
CONSIDERANDO: Parte resolutiva En consecuencia y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 del Código del Trabajo,
Fallo
se resuelve: I. Que, se acoge la demanda interpuesta por don FRANCISCO RODOLFO MARAY MONTECINOS cedula de identidad 13.932.134-0, declarando nulo el despido del que fue objeto con fecha 30 de abril de 2023 y, por tanto, se condena a la empresa demandada UPC INSTALACIONES SANITARIAS SPA al pago de las siguientes prestaciones: a) indemnización por tiempo servido- inciso tercero del artículo 163 Código del Trabajo- (25 días) $924.151.- b) Feriado proporcional, del periodo 01 de julio 2022 al 30 de abril del 2023, (17.5 días) $646.906.- c) Remuneración íntegra mes de abril de 2023, $1.108.982.- d) Las cotizaciones que se encuentren impagas en AFP HÁBITAT, FONASA y AFC CHILE, de los meses de enero, febrero, marzo y abril del año 2023 e) Las remuneraciones que se devenguen desde el 30 de abril del 2023 hasta la convalidación de despido en razón de una remuneración de $1.108.982.- f) Que la demandada INMOBILIARIA DOMILIA UNO SPA deberá responder solidariamente de las prestaciones indicadas, según el régimen de subcontratación establecido. g) Que las demandadas UPC INSTALACIONES ELECTRICAS SPA, UPC INSTALACIONES SANITARIAS SPA, CUPC MAQUINARIAS S.A y CONSTRUCTORA UPC S.A, constituyen un único empleador en los términos del artículo 3 del código del Trabajo, por lo mismo deberán responder solidariamente de las prestaciones que ordena pagar esta sentencia. h) Que se rechaza en lo demás. II. Que, las cantidades ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses que se indican
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 01 DE ABRIL DEL 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 05 RUC 23-4-0510007-K RIT O-6060-2023 MAGISTRADO CAROLINA ANDREA LUENGO PORTILLA ADMINISTRATIVA DE ACTAS DANIELA GARÍN ABARZÚA HORA DE INICIO 11:30 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:39 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2340510007-K-1349-240401-00
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