SCOTIABANK CHILE S. A./MEZA
Rol
C-2473-2023
Fecha
28 de diciembre de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece don Mauricio Carrasco Cartes, abogado, en representación de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, representada legalmente por su Gerente General don Diego Patricio Masola, todos domiciliados en calle Thompson N° 127, oficina 902, Edificio Puerto Mayor, de esta ciudad, quien interpone demanda ejecutiva de cobro de pagaré en contra de don Patricio Alejandro Meza Guerrero, en su calidad de suscriptor, domiciliado en Diego Portales N°2040, Departamento 193, Torre A, de esta ciudad. Expone, en síntesis, que su acreencia consta en dos pagarés: 1. Pagaré a la vista (Asociado a Productos SSA) Operación N°710138060499, suscrito por don Sebastián Rammsy Cruz, en virtud del Contrato Único de Cliente Persona Natural, por la suma de $316.510, la que no ha sido solucionada. 2. Pagaré en cuotas Operación N°710120629522, por la suma de $38.703.625, la que devengaría un interés mensual vencido 0,7100%, pagadera en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $797.397, cada una, con vencimiento la primera de ellas el 5 de octubre de 2021 y las restantes los días 5 de cada mes, encontrándose en mora el deudor desde la cuota que vencía el 7 de noviembre de 2022, razón por la cual viene en hacer exigible el total del capital insoluto ascendente a $31.697.153, más intereses. Concluye solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en contra del ejecutado, por la suma de $32.013.663, más intereses, reajustes y costas. A folio 15, el ejecutado opuso a la ejecución la excepción del numeral 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando se acoja, negando lugar a la ejecución, con costas. Refiere que el Banco ejecutante no ha agregado antecedentes que den cuenta de la autorización para suscribir y rellenar pagarés u otros títulos de crédito a su nombre, limitándose a señalar solo 1 Código: YHJPXKXXKBT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl respecto de un pagaré q
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: A lo principal de folio 1, comparece don Mauricio Carrasco Cartes, abogado en representación de Scotiabank Chile, interponiendo demanda ejecutiva en contra de don Patricio Meza Guerrero, en calidad de suscriptor y deudor de los pagarés reseñados en lo expositivo, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en contra del ejecutado, por la suma de $32.013.663, más intereses, reajustes y costas. SEGUNDO: A folio 15, el ejecutado opuso a la ejecución excepción explicada en el exordio, solicitando sea acogida, y se niegue lugar a la ejecución, con costas. TERCERO: A folio 20, el ejecutante evacuó el traslado conferido, solicitando el rechazo de las excepciones, con costas. CUARTO: Para demostrar sus alegaciones, el actor rindió a folio 3, prueba documental, consistente en copias digitalizadas de los siguientes documentos: 2 Código: YHJPXKXXKBT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1. Pagaré de 24 de mayo de 2023, custodiado en el Tribunal. 2. Pagaré de 2 de septiembre de 2021, custodiado en el Tribunal 3. Contrato único de cliente persona natural. 4. Escritura Repertorio N° 1452-2021. QUINTO: El ejecutado no arribó prueba alguna a la instancia. SEXTO: La excepción del N°7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, es procedente cada vez que falte alguno de los requisitos para que proceda la acción ejecutiva, sea porque el título no reúne todas las condiciones establecidas por la ley para que se le considere como ejecutivo, o porque no es actualmente exigible. En la especie, el demandado la funda en no haberse acreditado por el ejecutante la facultad que tenía para suscribir pagarés en representación del deudor, no existiendo relación jurídica que vincule a las partes. SÉPTIMO: Ponderados los pagarés y el contrato guardados en custodia N° 1736-2023265-2020 de este Tribunal, como asimismo la escritura pública de delegación de poder agregada al folio 3 de conformidad a los artículos 342 y 346 del Código de Procedimiento Civil, en relación a los artículos 1700, 1702 y 1706 del Código Civil, es posible establecer los siguientes hechos: 1) Que don Patricio Alejandro Meza Guerrero, con fecha 17 de abril de 2019 suscribió “Contrato único de clientes persona natural” en virtud del cual confiere: “(…) mandato especial al Banco, para que éste por si o a través de un tercero especialmente designado al efecto, en su nombre y representación procesa a autorizar ante Notario Público, uno o más Pagarés a la vista y a la orden del Banco por la suma a que asciedan los créditos, giros y/o solicitudes de pago, transferencias de fondo y cualquiera otra obligación que se contraiga con motivo del presente instrumento (…)”; 2) El 7 de enero de 2021, el Scotiabank, otorgó poder a don Sebastián Rammsy Cruz para que, actuando en representación de los 3 Código: YHJPXKXXKBT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verifica
Fallo
se declara admisible la excepción y se recibe la causa a prueba. A folio 30, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: A lo principal de folio 1, comparece don Mauricio Carrasco Cartes, abogado en representación de Scotiabank Chile, interponiendo demanda ejecutiva en contra de don Patricio Meza Guerrero, en calidad de suscriptor y deudor de los pagarés reseñados en lo expositivo, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en contra del ejecutado, por la suma de $32.013.663, más intereses, reajustes y costas. SEGUNDO: A folio 15, el ejecutado opuso a la ejecución excepción explicada en el exordio, solicitando sea acogida, y se niegue lugar a la ejecución, con costas. TERCERO: A folio 20, el ejecutante evacuó el traslado conferido, solicitando el rechazo de las excepciones, con costas. CUARTO: Para demostrar sus alegaciones, el actor rindió a folio 3, prueba documental, consistente en copias digitalizadas de los siguientes documentos: 2 Código: YHJPXKXXKBT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1. Pagaré de 24 de mayo de 2023, custodiado en el Tribunal. 2. Pagaré de 2 de septiembre de 2021, custodiado en el Tribunal 3. Contrato único de cliente persona natural. 4. Escritura Repertorio N° 1452-2021. QUINTO: El ejecutado no arribó prueba alguna a la instancia. SEXTO: La excepción del N°7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, es procedente cada vez que falte alg
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Iquique, veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés. VISTO: A folio 1, comparece don Mauricio Carrasco Cartes, abogado, en representación de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, representada legalmente por su Gerente General don Diego Patricio Masola, todos domiciliados en calle Thompson N° 127, oficina 902, Edificio Puerto Mayor, de esta ciudad, quien interpone demanda ejecutiva de co
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