LOBOS/I. MUNICIPALIDAD DE LIMACHE
Rol
O-56-2023
Fecha
1 de abril de 2024
Materia
Despido indirecto
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: De la demanda. Que, comparece don Rodrigo Cifuentes Ramírez, abogado, en calidad de mandatario judicial de doña María Elizabeth Lobos Tapia, asistente social, ambos domiciliados en calle El Roble N°490, población Independencia, Limache, deduciendo demanda en procedimiento de aplicación general de nulidad del despido, despido indirecto justificado y cobro de prestaciones laborales adeudadas, en contra de la ex empleadora de la Ilustre Municipalidad de Limache, representada legalmente por su alcalde don Daniel Morales Espíndola, ambos domiciliados en av. Palmira Romano Sur Nº 340, Limache. Funda su demanda, indicando que su representada comenzó a prestar servicios bajo subordinación y dependencia a partir del 01 de octubre de 2012 a favor de la Ilustre Municipalidad de Limache, mediante contratos de honorarios, pero que en la realidad eran contratos de trabajo. Explica que la totalidad de labores que desempeñó durante todo el periodo laboral, fueron con constantes aumentos de sus funciones y remuneraciones, hasta el momento en que su mandante ejerció el derecho a su despido indirecto el día 12 de julio de 2023. Indica que durante todo el tiempo que su representada desempeñó sus servicios a favor de la demandada, trabajó como “Encuestadora” y “Administrativa en la Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO)”, sea atendiendo público, redacción de oficios, solicitudes, tramitar ayudas sociales, contestar llamados telefónicos, ayudar a otras asistentes sociales y apoyo en diferentes actividades de la DIDECO, llegando a ser la secretaria de dicho departamento. Refiere que se trata de un cargo evidentemente habitual, no accidental y genérico en la organización jerárquica de la Municipalidad de Limache. Durante todo el periodo estuvo sujeta a jornadas de trabajo claramente establecidas, al poder de mando de sus superiores y, a su vez, al deber de obediencia en el desempeño de sus funciones. Detalla que realizó muchas veces horas extra, sin sueldo, con una jornada de trabajo era de las 8:00 a 14:00 horas. en la mañana y por la tarde de 14:45 a 17:40 de lunes a jueves, y el viernes de 8:00 a 14:00 horas. Desde enero del 2013 su horario fue siempre el mismo y lo seguía siendo hasta diciembre 2022, sin embargo, en el mes de marzo de 2023 el horario cambió 8:00 a 14:00 horas, por la mañana y por la tarde de 14:45 a 17:00 hrs., de lunes a jueves, y el viernes de 8:00 a 14:00 y en las tardes de 15:00 a 16:00 horas. Agrega que incluso apoyaba en actividades los días sábados y domingos, como el día de la madre, día del niño, día del dirigente social, “Pasamos Agosto” (Malones), ramada móvil, actividades de navidad, repartos de regalos en las juntas de vecinos, teniendo que disfrazarse en varias oportunidades de alguna temática, por ejemplo, por tres años fue obligada a participar en el carro de navidad de “viejita pascuera”, con horarios que sobrepasaban las 00.00 horas, sin pago de horas extras, asimismo, participó en la actividad desf
Fallo
fallo de unificación de jurisprudencia de fecha 7 de diciembre de 2016, en causa rol N° 45.842-2016. En lo referente a la continuidad de servicios, se comprueba con las sucesivas boletas de honorarios, emitidas por su representada a favor de la Municipalidad de Limache por más de 10 años, teniendo el carácter de mensuales y por montos equivalentes, los cuales fueron progresivamente en aumento. En cuanto al daño moral, luego de definirlo, explica que las acciones del ex empleador le han generado a su representada un nivel de angustia que se han visto reflejado en las crisis de pena y angustia, con llantos desmedidos, insomnio y sin lograr entender porque se la ha discriminado y no valorado después de tantos años entregados al servicio público, donde siempre se esmeró por hacer bien su trabajo. Indica que su representada trabajó en la Dirección de Desarrollo Comunitario donde comenzó, le gustaba mucho y era en lo que ella quería trabajar, en esos años vio pasar varios directivos, como Mauricio Contreras, Alejandra García, Beverly Flores, Marcos Morales, Cristian Fuentes, en este departamento nació su vocación como Trabajadora Social y comenzó a estudiar a pesar que el dinero que ganaba era muy poco, con la ayuda de becas y endeudarse logró su título Técnico Nivel Superior en Trabajo Social en 2019, luego se puso a estudiar el título profesional, y aunque difícil mantener una casa y estudiar, pero lo logró su Título de Trabajadora Social, pero antes de titularse, el Dideco qu
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PROCEDIMIENTO: Aplicación general. MATERIA: Declaración de relación laboral, despido injustificado y otros. DEMANDANTE: María Elizabeth Lobos Tapia. DEMANDADO: Ilustre Municipalidad de Limache. RIT: O-56-2023. RUC: 23- 4-0515741-1. Limache, a uno de abril de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: De la demanda. Que, comparece don Rodrigo Cifuentes Ramírez, abogado, en calidad de
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