BANCO SECURITY/COMERCIAL MERCURY MUSIC LIMITADA
Rol
C-11372-2023
Fecha
27 de diciembre de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
visto además, lo dispuesto en los artículos 1437, 1545 y 1698 del Código Civil; 160, 170, 341, 434, 464 número 6, 7 y 14, y 471 del Código de Procedimiento Civil; y Ley 18.092 sobre Letras de Cambio y Pagarés, se declara: - Que se rechazan con costas, las excepciones opuestas por los ejecutados, debiendo seguir adelante la ejecución hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado. Regístrese y notifíquese. PRONUNCIADA POR CAROLINA CANALES MORALES, JUEZ SUPLENTE. AUTORIZA, LORETO GREZ BECKER, SECRETARIA SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintisiete de Diciembre de dos mil veintitr sé Código: MTCSXKZVXFS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11372-2023 Foja: 1 Código: MTCSXKZVXFS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-27T15:37:23-0300
Fallo
se declararon admisibles las excepciones, recibiéndolas a prueba. Con fecha 26 de diciembre de 2023, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO. PRIMERO. Que, a fin de acreditar sus pretensiones el ejecutante acompañó en forma legal la documental, consistente en los pagarés de autos y certificado tipo cambio dólar vendedor. SEGUNDO. Que, en cuanto a la primera excepción opuesta, del examen de los pagarés sub-lite, cabe establecer, que las alegaciones vertidas por los ejecutados resultan del todo inoficiosas, al no haber acreditado éstos en primer lugar, que el pagaré sub-lite haya sido efectivamente llenado por un mandatario de la ejecutante, correspondiéndole a los demandados probar tal hecho, por ser alegación suya y, con ello, esta sentenciadora dar un mayor análisis a los argumentos fundantes de la excepción, los que casi en su totalidad se sustentan en un supuesto mandato para llenar el título, que como Código: MTCSXKZVXFS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11372-2023 Foja: 1 ya se dijo, no consta que haya sido llenado de tal forma. A mayor abundamiento, resulta improcedente sustentar la excepción en la nulidad de la obligación, por no encontrarse la firma del suscriptor autorizada ante Notario en conformidad a ley, cuando el pagaré tiene fuerza ejecutiva de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 2° del N° 4 del artículo 434 del Código de Procedimiento Civil, y no con la firma del mismo ante No
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C-11372-2023 Foja: 1 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11372-2023 CARATULADO : BANCO SECURITY/COMERCIAL MERCURY MUSIC LIMITADA Santiago, veintisiete de Diciembre de dos mil veintitr sé VISTOS. Con fecha 06 de julio de 2023, Juan Pablo Salinas Debesa, abogado, en representación en su calidad de mandatario judicial del BANCO SECURIT
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