2° Juzgado de Letras de Linares

QUINTEROS/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE LINARES

Rol

I-15-2023

Fecha

28 de marzo de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS Y CONSIDERCIONES DE DERECHO: a) Antecedentes del proceso de fiscalización: Con fecha 06 de octubre de 2023, doña Ana Cecilia Muñoz Castro, lleva a cabo fiscalización a doña Sonia del Carmen Quinteros Cisterna actuando como empleadora, siendo la ultima la parte activa de autos. En tal contexto, la fiscalizadora constato la siguiente infracción, la que transcribe. Con fecha 24 de octubre de 2023, la Inspección Provincial del Trabajo de Linares emitió la resolución de multa n°7560/23/49 aplicando a esta parte una multa de 5 UTM correspondiente a la suma de $317.575 pesos a la fecha en que se habría constatado la eventual infracción. Mencionada multa administrativa fue notificada a esta parte con fecha 9 de noviembre de 2023. b) Del recurso administrativo presentado: Que, con fecha 22 de noviembre de 2023, esta parte presentó dentro de plazo un recurso administrativo en contra de la resolución de multa N°7560/23/49. Al respecto, esta parte solicitó deje la multa sin efecto, para todos los efectos legales y en subsidio rebaja de la multa cursada. Provincial del Trabajo de Linares, mediante Resolución Exenta n°703-19574/2023, RECHAZÓ EL RECURSO ADMINISTRATIVO deducido por esta parte,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se inicia la tramitación de la presente causa Rol I-15-2023, de ingreso del 2° Juzgado de Letras de Linares en virtud del reclamo interpuesto a folio 1 por don Diego Andrés Silva Gallegos, abogado, soltero, cédula nacional de identidad 17.187.215-4, en representación convencional de doña SONIA DEL CARMEN QUINTEROS CISTERNA, chilena, casada, empresaria, rol único tributario 6.754.809-4, ambos domiciliados para estos efectos en calle 2 sur n°870 oficina 612, edificio espacio Talca, quien deduce Reclamación de Multa Administrativa en procedimiento monitorio en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE LINARES, representada legalmente por don JORGE ANDRÉS CORVALÁN SOTO, Cédula Nacional de Identidad n°14.329.442-0, abogado, ambos domiciliados para estos efectos en Edificio O’Higgins, oficina 31-A, comuna de Linares, solicitando se acoja la presente reclamación en todas sus partes, dejando sin efecto la multa administrativa reclamadas o en subsidio, tenga a bien en rebajarla, en atención a los fundamentos que expone: DE LOS HECHOS Y CONSIDERCIONES DE DERECHO: a) Antecedentes del proceso de fiscalización: Con fecha 06 de octubre de 2023, doña Ana Cecilia Muñoz Castro, lleva a cabo fiscalización a doña Sonia del Carmen Quinteros Cisterna actuando como empleadora, siendo la ultima la parte activa de autos. En tal contexto, la fiscalizadora constato la siguiente infracción, la que transcribe. Con fecha 24 de octubre de 2023, la Inspección Provincial del Trabajo de Linares emitió la resolución de multa n°7560/23/49 aplicando a esta parte una multa de 5 UTM correspondiente a la suma de $317.575 pesos a la fecha en que se habría constatado la eventual infracción. Mencionada multa administrativa fue notificada a esta parte con fecha 9 de noviembre de 2023. b) Del recurso administrativo presentado: Que, con fecha 22 de noviembre de 2023, esta parte presentó dentro de plazo un recurso administrativo en contra de la resolución de multa N°7560/23/49. Al respecto, esta parte solicitó deje la multa sin efecto, para todos los efectos legales y en subsidio rebaja de la multa cursada. Provincial del Trabajo de Linares, mediante Resolución Exenta n°703-19574/2023, RECHAZÓ EL RECURSO ADMINISTRATIVO deducido por esta parte, considerando que es necesaria la existencia de un error de hecho al aplicar la sanción, el cual no logró ser acreditado por eta parte. V.- MOTIVO PARA IMPUGNAR MULTA REFERIDA: En concordancia con lo expuesto precedentemente, dando especial énfasis a lo expuesto en punto VI b) de esta presentación -lo cual solicito se tenga por expresamente reproducidos en razón de economía procesal-, esta parte considera que la parte pasiva de autos, incurrió en un error de hecho tanto en la ampliación de la multa citada, como, en posterior rechazo reconsideración administrativa, toda vez, paso por alto uno de los verbos rectores del derecho del trabajo, como lo sería el principio de primacía de la realidad, del cual nada expresa e

Fallo

Por estas consideraciones y viso lo dispuesto en los artículos 7, 22, 33, 496 y siguientes 511 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se RECHAZA la reclamación de multa interpuesta por doña SONIA DEL CARMEN QUINTEROS CISTERNA, en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE LINARES, representada legalmente por don JORGE ANDRÉS CORVALÁN SOTO, y por tanto se mantiene firme la Resolución N°19.574, de 11 de diciembre de 2023, que confirmó la Resolución de Multa Administrativa Nº7560/23/49, de 24 de octubre de 2023. II.- Que pese a resultar totalmente vencida la reclamante, no se condena en costas al estimar que ha tenido motivos plausibles para litigar. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT I-15-2023 RUC 23- 4-0537918-K Resolvió doña ELIZABETH RODRIGUEZ HERNANDEZ, Juez Subrogante del 2° Juzgado de Letras de Linares. En Linares a veintiocho de marzo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

Reclamante: SONIA DEL CARMEN QUINTEROS CISTERNA Reclamada: INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE LINARES Procedimiento: Monitorio. --------------------------------------------/ Linares, veintiocho de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se inicia la tramitación de la presente causa Rol I-15-2023, de ingreso del 2° Juzgado de Letras de Linares en virtud del rec

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica