BARRERA/GONZÁLEZ
Rol
C-14484-2023
Fecha
27 de diciembre de 2023
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece Francisco Javier Barrera Suazo, trabajador dependiente, domiciliado en Santa Florencia n° 263, Comuna de Quilicura, quien en representación de don JOSÉ IGNACIO VERDEJO VERDEJO, acreditado mediante mandato que acompaña en un otrosí de esta presentación, interpone demanda en juicio de arrendamiento en contra de don LUIS EDUARDO GONZALEZ OPAZO, desconoce estado civil y profesión u oficio, domiciliado en Las Orquídeas Nº 3215, Comuna de Recoleta, Región Metropolitana; según las consideraciones de hecho y derecho que expresa. 1. Hechos. Consta en el Certificado de dominio vigente que acompaña, que su representado posee la calidad de dueño del inmueble ubicado en calle Las Orquídeas Nº 3215, Comuna de Recoleta, cuya inscripción se encuentra vigente en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fojas 25188 bajo el número 23386, correspondiente al año 1998. El día 06 de junio del año 2022, en su calidad de mandatario, entregó en arrendamiento al demandado, don Luis Eduardo González Opazo, el inmueble ubicado en calle Las Orquídeas Nº 3215, Comuna de Recoleta, Región Metropolitana, para fines habitacionales. Código: CXGKXKTXPXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROL C-14484-2023 Fojas 2 En su cláusula octava, consta que la renta mensual asciende a la suma de $530.000.- (quinientos treinta mil pesos) los cuales se pagarían los primeros cinco días de cada mes en su cuenta Rut. El arrendatario desde enero de 2023 no ha pagado las rentas, y en definitiva, no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a su obligación del pago de rentas, encontrándose atrasada en el pago de éstas, lo cual constituye un incumplimiento grave a las obligaciones impuestas por el contrato, lo que lo motiva a solicitar el término del mismo por no pago de renta mensual, ya que su último pago fue en diciembre de 2022 por el monto de $530.000.- En reiteradas ocasiones ha hablado con el demand
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Francisco Javier Barrera Suazo, en representación de don José Ignacio Verdejo Verdejo, quien a lo principal demanda de término de Contrato de Arrendamiento, cobro de rentas de arrendamiento y restitución de inmueble, en contra de don Luis Eduardo Gonzalez Opazo como arrendatario; y al primer otrosí demanda de desahucio, respecto al inmueble correspondiente a Las Orquídeas Nº 3215, Comuna de Recoleta; fundándose para ello en los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en su libelo, los que han sido precedentemente reseñados en lo expositivo de esta sentencia. SEGUNDO: Que legalmente notificado el demandado don Luis Eduardo Gonzalez Opazo comparece a estrados sin patrocinio de abogado, por lo que se ha tenido por Código: CXGKXKTXPXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROL C-14484-2023 Fojas 6 contestada la demanda en su rebeldía; de conformidad a lo expresado en lo expositivo de esta sentencia. TERCERO: Que la parte demandante acompaña como prueba documental de su pretensión, la siguiente, tenida por no objetada de contrario: 1.- Copia digital de Certificado de Residencia respecto a don Francisco Javier Barrera Suazo, emanado de Junta de Vecinos Altos de Quilicura. 2.- Copia digital de Escritura Pública de Mandato Judicial de don José Ignacio Verdejo Verdejo a don Francisco Javier Barrera Suazo, otorgada ante Notario Suplente de la Notaría Pública de Conchalí de doña Mónica Figueroa Carvajal, con fecha 31 de marzo de 2023 (Repertorio n° 237/2023). 3.- Copia con vigencia en parte al 05 de mayo de 2023 en que el Conservador de Bienes Raíces de Santiago certifica la inscripción de fojas 25188 n° 23386 correspondiente al Registro de Propiedad del año 1998 adjunta, da cuenta que don José Ignacio Verdejo Verdejo, es dueño de la propiedad ubicada en calle Pasaje Las Orquídeas Nº 3215, correspondiente al Lote 2 del plano respectivo, Comuna de Recoleta (…) 4.- Copia digital Contrato de Arrendamiento de fecha 06 de junio de 2022, en que comparece como arrendador don Francisco Javier Barrera Suazo, y como arrendatario don Luis Eduardo Gonzalez Opazo, respecto a inmueble de calle Las Orquídeas Nº 3215, Comuna de Recoleta (…) 5.- Copia digital de Aviso Término de Contrato fechado 09 de mayo de 2023, dirigido a don Luis Eduardo Gonzalez Opazo, calle Las Orquídeas Nº 3215, Comuna de Recoleta, suscrito por don Francisco Javier Barrera Suazo. Señala: “el Contrato de Arrendamiento (…) de fecha 01 de junio de 2022 por la propiedad ubicada en calle Las Orquídeas Nº 3215, Comuna de Recoleta, caduca en todas y cada una de sus partes, por incumplimiento a cláusula octava del contrato. Solicita Código: CXGKXKTXPXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROL C-14484-2023 Fojas 7 hacer entrega de la propiedad a mas tardar el 24 de mayo de 2023, con las deudas básicas al día (…)”. Consta timbre autor
Fallo
En mérito de lo expuesto y dispuesto en el artículo 3, 7 y siguientes de la Ley 18.101 sobre Arrendamiento de Predios Urbanos, y artículo 1977 del Código Civil; solicita se tenga por interpuesta demanda de arrendamiento, terminación inmediata por no pago de rentas y restitución consecuencial del inmueble arrendado ya descrito en autos en contra de don Luis Eduardo Gonzalez Opazo, ya individualizado, y ordenar se practiquen las reconvenciones legales, por la suma de $4.240.000, la primera al notificarle la demanda; y la segunda en la audiencia de estilo, además de los consumos de agua y energía eléctrica; y, en definitiva, acoger ésta y declarar: a) Que se acoge la demanda en todas sus partes; b) Que se da por terminado el contrato de arrendamiento mencionado; c) Que, el demandado debe pagar las rentas, ya señaladas, y los que se devenguen durante la tramitación del juicio y hasta que se efectúe la restitución del pago, con más del reajuste indicado en el artículo 21 de la Ley 18.101; d) Que el demandado deberá restituir el inmueble que ocupa dentro de tercero día de notificada que le sea la sentencia que se dicte en estos autos, o bien dentro del plazo que el tribunal determine, bajo apercibimiento de ser lanzado con la fuerza pública, si fuere necesario; e) Que se condene a la demandada al pago de las costas del juicio; o a las sumas que el tribunal conforme a la ley, el contrato y el mérito de autos, tenga a bien en declarar. Código: CXGKXKTXPXS Este documento tiene firma
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ROL C-14484-2023 Fojas 1 NOMENCLATURA : 1. (40) Sentencia JUZGADO : 14º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-14484-2023 CARATULADO : BARRERA / GONZALEZ En Santiago, a veintisiete días del mes de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Comparece Francisco Javier Barrera Suazo, trabajador dependiente, domiciliado en Santa Florencia n° 263, Comuna de Quilicura, quien en representación de don JOS
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