BANCO DE CHILE/SCARELLA
Rol
C-6111-2023
Fecha
27 de diciembre de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 13 de abril de 2023, a folio 1, comparece do a Denisseñ Alejandra Barraza Diaz, Leonel Contreras Carrasco, Gaspar Cortes Moya y Macarena Flores Jara, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros, representada por su gerenteí general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco de Chile, sociedad an nima bancaria del giro deó su denominaci n, representado a su vez por su gerente general donó Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Compa a N 1390, piso 5, oficina 505 de la comunañí ° de Santiago, quienes deducen demanda ejecutiva en contra de don Augusto Enrique Scarella Arce, cuya profesi n u oficio ignoran, domiciliado enó calle La Rivera 23, comuna de Colina, solicitando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de $10.680.531.-, m só á intereses y costas. Se alan que su representado es due o y leg timo tenedorñ ñ í de un pagar suscrito por el demandado por un capital original de $16.660.540.-,é Código: FCLVXKXNXDS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6111-2023 Foja: 1 al que se le debe aplicar una tasa de inter s mensual de 0.89%, y que deb aé í pagar en 56 cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaci n: 55ó cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $386.188.-, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 2 de noviembre de 2020 y a partir de esta, las cuotas siguientes vencer n sucesivamente con la misma periodicidadá antes indicada, y una ltima cuota por el monto y vencimiento que seú indica en el mismo t tulo que sirve de fundamento a su demanda.í Agrega que se pact que el simple retardo y/o mora en el pagoó ntegro y oportuno de todo o parte de una de las cuotas, facultar a al Bancoí í de Chile para exigir el pago total de la deuda o del saldo a que se encontrara reducida, consider n
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Banco de Chile deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de don Augusto Enrique Scarella Arce, a fin deé que pague la suma de $10.680.531 correspondiente al saldo insoluto del pagar N 65566, y respecto del cual dej de pagar desde la cuota N 25,é ° ó ° en adelante con vencimiento el d a 2 de noviembre de 2022, documentoí que se guarda en custodia del Tribunal con el n mero 3992-2023.ú SEGUNDO: Que el demandado, debidamente representado, opuso a la ejecuci n las excepciones contempladas en los n meros 2, 4, 7, 9 y 11 deló ú art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, de acuerdo a losí ó antecedentes que fueron rese ados en la parte expositiva de este fallo, losñ cuales se dan enteramente por reproducidos. TERCERO: Que respecto a la primera excepci n opuesta por eló ejecutado, referida a la falta de capacidad del demandante o de personer aí Código: FCLVXKXNXDS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6111-2023 Foja: 1 o representaci n legal del que comparezca en su nombre, es necesarioó indicar que el art culo 6 del C digo de Procedimiento Civil dispone queí ° ó quien comparezca en juicio a nombre de otro, en desempe o de unñ mandato, deber exhibir el t tulo que acredite su representaci n, siendoá í ó poder suficiente el constituido por escritura p blica otorgada ante notario,ú cumpli ndose dicho requisito con la sola exhibici n del t tulo en el queé ó í consta la representaci n que se invoca, lo que se verifica al momento en queó el tribunal provee la demanda y se autoriza el poder de autos, no siendo necesario,
Fallo
por tanto, acreditar las circunstancias que en dicho instrumento se contienen. CUARTO: Que en este sentido, la alegaci n del deudor deber seró á rechazada, por cuanto quienes comparecen en la demanda como abogados de la ejecutante, es Denisse Alejandra Barraza D az, Leonel Contrerasí Carrasco, Gaspar Cortes Moya y Macarena Flores Jara, cuyo mandato para representar a dicha sociedad consta de la escritura p blica de fecha 20 deú enero de 2023, suscrita en la Notar a de don Gerardo Carvallo Castillo,í repertorio n mero 793-2023, en la que comparece Mario Sandoval Hidalgoú y Paula Arancibia Rodr guez, en representaci n de Socofin S.A., cuyaí ó personer a consta para representar al Banco de Chile, a su vez, de laí escritura p blica de fecha 6 de marzo de 2003, otorgada en la notar a deú í Santiago de don Ren Benavente Cash, Repertorio seis mil ciento ochenta yé dos - dos mil tres, y de fecha dos de agosto del dos mil diecis is, repertorioé veintis is mil seiscientos noventa y ocho - dos mil diecis is, la cual no seé é insert por ser conocida de las partes y del notario que autoriza, de maneraó que encontr ndose debidamente acreditado en autos la representaci n, y noá ó Código: FCLVXKXNXDS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6111-2023 Foja: 1 habiendo acompa ado el demandado ning n antecedente que desvirt e loñ ú ú establecido mediante este instrumento p blico, es que se rechazar laú á excepci n opuesta, seg n se
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C-6111-2023 Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6111-2023 CARATULADO : BANCO DE CHILE/SCARELLA Santiago, veintisiete de Diciembre de dos mil veintitr sé VISTOS: Que con fecha 13 de abril de 2023, a folio 1, comparece do a Denisseñ Alejandra Barraza Diaz, Leonel Contreras Carrasco, Gaspar Cortes Moya y Macarena Flores Jara, ab
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