RENTAS EQUIPOS BESALCO LTDA. CON INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE COPIAPO
Rol
I-22-2023
Fecha
27 de marzo de 2024
Materia
Costas, Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS DE PRUEBA X · PRUEBA DE LA PARTE RECLAMANTE X · PRUEBA DE LA PARTE RECLAMADA X · OBSERVACIONES DE LA PRUEBA PARTE RECLAMANTE X · OBSERVACIONES DE LA PRUEBA PARTE RECLAMADA X · SENTENCIA INMEDIATA - TERMINO X Copiapó, veintisiete de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS y OIDOS: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó se inició causa R.I.T. I-22-2023, R.U.C. 23-4-0494860-1, por la presentación del abogado don Enzo Canales Fuentes, actuando por RENTAS EQUIPOS BESALCO LTDA., sociedad del giro de su denominación, RUT 77.413.100-0, domiciliado en Fundo Morales Lote F1 0, comuna de Tierra Amarilla, por el cual actúa el abogado antes individualizado, deduciendo reclamo judicial en contra el INSPECTOR PROVINCIAL DEL TRABAJO DE COPIAPÓ, don JOSÉ MIGUEL SAGREDO SANHUEZA o quien ocupe dicho cargo representante de dicha Inspección, ambos domiciliadas para estos fines en Atacama Nº443, Edificio IPS (ex INP), Piso 2, comuna de Copiapó, por la dictación de la resolución de multa N°8826/23/33, de fecha 23 de mayo de 2023 suscrita por el fiscalizador don Pedro Antonio Castillo Fernández, mediante la cual impone a su representada una multa por la suma de 40,00 UTM, equivalente a $2.522.960.-, pidiendo que se acoja el reclamo y se deje sin efecto la multa contenida en esa resolución, con expresa condena en costas. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1 a 11, artículo 76 de la ley 16.744 en relación con el artículo 71 y 72 del D.S. N°101 de 1968 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, todo ello en relación al artículo 184 del Código del Trabajo, artículo 496 y siguiente del Código del Trabajo, artículo 1.698 del Código Civil, se resuelve: I.- Que SE HACE LUGAR a la reclamación intentada por RENTAS EQUIPOS BESALCO LTDA., sociedad del giro de su denominación, RUT 77.413.100-0, a través del abogado don Enzo Canales Fuentes y los demás abogados que han asistido a esa empresa, dirigida en contr
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1 a 11, artículo 76 de la ley 16.744 en relación con el artículo 71 y 72 del D.S. N°101 de 1968 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, todo ello en relación al artículo 184 del Código del Trabajo, artículo 496 y siguiente del Código del Trabajo, artículo 1.698 del Código Civil, se resuelve: I.- Que SE HACE LUGAR a la reclamación intentada por RENTAS EQUIPOS BESALCO LTDA., sociedad del giro de su denominación, RUT 77.413.100-0, a través del abogado don Enzo Canales Fuentes y los demás abogados que han asistido a esa empresa, dirigida en contra del INSPECTOR PROVINCIAL DEL TRABAJO DE COPIAPÓ, don JOSÉ MIGUEL SAGREDO SANHUEZA o quien ocupe dicho cargo, respecto de la resolución de multa N°8826/23/33, de fecha 23 de mayo de 2023 del fiscalizador don Pedro Antonio Castillo Fernández, dejando sin efecto la multa que se impone en dicho acto administrativo por la suma de 40,00 UTM. II.- Teniendo en cuenta el razonamiento contenidos en la decisión, se estima que la reclamada ha tenido motivo plausible para litigar, por lo que no será condenada al pago de las costas de esta causa. III.- Ejecutoriada que sea la presente decisión, cúmplase con oficiar a Tesorería General de la República a fin de que tome conocimiento de lo aquí decidido. Regístrese, las partes quedan notificadas de la sentencia dictada en audiencia. Se ordena el archivo de los antecedentes en la oportunidad respectiva. Transcríbase solo la
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA EN PROCEDIMIENTO RECLAMO PRESENCIAL FECHA 27 de marzo de 2024 RUC 23-4-0494860-1 RIT I-22-2023 MAGISTRADO FABIOLA ELENA VILLALÓN GALLARDO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Juan Carlos Olave Soto SALA 2 HORA DE INICIO 09:57 HORA DE TERMINO 12:20 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340494860-1-1336 PARTE RECLAMANTE COMPARECIENTE Rentas Equip
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