Juzgado de Letras de Casablanca

FRANCOIS/CEA

Rol

M-55-2023

Fecha

27 de marzo de 2024

Materia

Costas, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la demanda y, por no existir hechos controvertidos que recibir a prueba, se dictara fallo de forma inmediata. SENTENCIA. La parte expositiva se encuentra de forma íntegra en audio, se procede a la transcripción solamente de la parte resolutiva. Por lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículo 1 al 10, 41 y sgtes., 54 y sgtes., 66 y sgtes., 425 y sgtes., 432 y sgtes., 446 y sgtes, 496 y sgtes todos del Código del Trabajo, principios inspiradores del Derecho del trabajo, en especial, el de protección al trabajador, se declara: Que se hace lugar a la demanda interpuesta por don Julien Francois, cédula de Identidad N° 26.731.535-3, en contra de Boris Vicente Cea Chávez, cédula de Identidad N°. 13.661.721-4, ambos ya individualizados, en cuanto se declara: 1° Que entre las partes existió un vínculo laboral entre el día 01 de noviembre del 2020 y el día 30 de abril del 2023. 2° Que el despido de fecha 30 de abril de 2023 fue indebido. 3° Que el demandado deberá pagar al demandante la suma de $ 1.275.000.- pesos demandada en esta causa, a título de indemnización por años de servicio. 4° Que el demandado deberá pagar al demandante la suma de $425.000.- pesos demandado en esta causa a título de una indemnización sustitutiva del aviso previo. 5.- Que el demandado deberá pagar al demandante la suma de $382.500.- pesos a título de recargo legal por haber invocado erróneamente una causal en los términos señalados en la demanda y admitidos tácitamente al no contestarla. 6.- Que el demandado deberá pagar al demandante la suma de $113.333.- pesos a título de feriados no otorgados y no compensados en dinero. 7° Que las sumas señaladas en lo precedente deberán ser pagadas con los interésese y reajustes que corresponde, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. 8.- Que la parte demandada por haber resultado vencida, deberá pagar las costas de este procedimiento, las que se regulan en la suma de $300.000.- pesos- En

Fallo

fallo de forma inmediata. SENTENCIA. La parte expositiva se encuentra de forma íntegra en audio, se procede a la transcripción solamente de la parte resolutiva. Por lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículo 1 al 10, 41 y sgtes., 54 y sgtes., 66 y sgtes., 425 y sgtes., 432 y sgtes., 446 y sgtes, 496 y sgtes todos del Código del Trabajo, principios inspiradores del Derecho del trabajo, en especial, el de protección al trabajador, se declara: Que se hace lugar a la demanda interpuesta por don Julien Francois, cédula de Identidad N° 26.731.535-3, en contra de Boris Vicente Cea Chávez, cédula de Identidad N°. 13.661.721-4, ambos ya individualizados, en cuanto se declara: 1° Que entre las partes existió un vínculo laboral entre el día 01 de noviembre del 2020 y el día 30 de abril del 2023. 2° Que el despido de fecha 30 de abril de 2023 fue indebido. 3° Que el demandado deberá pagar al demandante la suma de $ 1.275.000.- pesos demandada en esta causa, a título de indemnización por años de servicio. 4° Que el demandado deberá pagar al demandante la suma de $425.000.- pesos demandado en esta causa a título de una indemnización sustitutiva del aviso previo. 5.- Que el demandado deberá pagar al demandante la suma de $382.500.- pesos a título de recargo legal por haber invocado erróneamente una causal en los términos señalados en la demanda y admitidos tácitamente al no contestarla. 6.- Que el demandado deberá pagar al demandante la suma de $113.333.- pesos a título de feria

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA, PROCEDIMIENTO MONITORIO JUZGADO DE LETRAS DE CASABLANCA. FECHA 27 de marzo de 2024 RUC 23-4-0494120-8 RIT M-55-2023 MAGISTRADO ALEXANDRA SOFIA YAÑEZ JARA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Leonardo Burgos Prado SALA Primera HORA DE INICIO 11:16 Horas HORA DE TERMINO 11:28 Horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2340494120-8-86 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE JULIEN FRANCOIS A

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