2º Juzgado Civil de Santiago

RIVERA/FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A

Rol

C-5893-2023

Fecha

22 de diciembre de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 10 de abril de 2022, do a ñ EDITH ADELINDA RIVERA BECERRA, asesora previsional, c dula de identidad N 9.157.847-6, domiciliada en Lasé ° Termas N 10233, comuna de La Florida, interpone en procedimiento ordinario de° menor cuant a, demanda de prescripci n extintiva en contra de í ó FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A., Rut 96.678.790-2, representada legalmente por don Ignacio Sanz y Arcelus, ignora profesi n y/u oficio, c dula de identidad N 27.417.569- 9,ó é ° ambos domiciliados en Avenida Isidora Goyenechea N 3365, Piso 3 y 4, Las Condes.° Indica que con fecha 9 de febrero de 1999, adquiri el autom vil Subaruó ó Impreza 1.6I LXE, N Motor 329135, N Chasis 77757, Color Blanco, Placa Patente° ° nica TA.9485-1, pagando al efecto $5.310.000.- financiado en su totalidad con unÚ pr stamo automotriz otorgado por Forum Cr dito S.A. Para respaldar dicho pr stamo,é é é la demandada le entreg un talonario con Cupones de Pago individualiz ndose laó á operaci n de cr dito automotriz con el n mero 7178-1, dividi ndose el pago en 36ó é ú é cuotas mensuales e iguales de $184.657.- De esta forma, si bien el monto de la compra ascendi a $5.310.000.- el cr dito automotriz fue por $6.647.652.- en raz n de losó é ó intereses cobrados por la entidad prestamista. Agrega que con fecha 01 de marzo de 1999, fue constituida por escritura p blicaú de prenda sin desplazamiento y prohibici n de enajenar (a la que se le asign eló ó Repertorio N 1890) ante la Notario P blico Mar a Gloria Acharan Toledo, en favor de° ú í Forum Cr dito S.A. sobre el Veh culo, a fin de asegurar el pago del pr stamoé í é previamente individualizado. De esta manera la primera cuota del Talonario de Cupones de Pago ten a como fecha de vencimiento el 08 de abril de 1999 mientras que la ltimaí ú (N 36) ten a como fecha de vencimiento el 08 de marzo de 2002. ° í Refiere que s lo pag desde la primera (1 ) a la decimotercera (13 ) cuota, ambasó ó ° ° inclusive, de manera que respecto a la cuota decimocuarta (1

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, do a ñ EDITH ADELINDA RIVERA BECERRA, interpone en procedimiento ordinario de menor cuant a, demanda de prescripci ní ó extintiva en contra de FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A., representada legalmente por don Ignacio Sanz y Arcelus, todos ya individualizados, solicitando declarar la prescripci n extintiva de todas las acciones vinculadas a la operaci n deó ó cr dito automotriz individualizada con el n mero 007178, especialmente aquellaé ú tendiente a obtener el pago del saldo moroso por las cuotas n mero 14 a 36 , ambasú ° ° inclusive, que sumadas al 09 de agosto de 2022, totalizan un monto ascendente a $4.178.502.- con expresa condena en costas. Código: XZSVXKNTYTP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5893-2023 Conjuntamente, solicita se decrete el alzamiento de los grav menes que afectan alá Veh culo Subaru Impreza 1.6I LXE, N Motor 329135, N Chasis 77757, Color Blanco,í ° ° Placa Patente nica TA.9485-1, consistentes en: a.)- Prenda N Documento Rol 1890,Ú ° de fecha 01 de marzo de 1999, Repertorio Alameda; y b) Prohibici n de Celebrar Actosó y Contratos N Documento Rol 1890, de fecha 01 de marzo de 1999, Repertorio° Alameda. SEGUNDO: Que, notificada de la demanda y su prove do, la demandada noí contest la demandada y se mantuvo en rebeld a durante toda la tramitaci n deló í ó proceso, por lo que se entiende que controvierte todas y cada una de las pretensiones de la parte demandante. En tales condiciones, recae sobre la parte demandante la concurrencia de los presupuestos que tornan procedente su pretensi n ó TERCERO: Que, la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o deó extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberseí ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, lo que se encuentra previsto en los art culos 2492 y siguientesá í del C digo Civil. ó Por su parte, el art culo 2514 del C digo Civil dispone que la prescripci n queí ó ó extingue las acciones y derechos ajenos, exige solamente cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, agregando el inciso segundo del mismo art culo que dicho tiempo se cuenta desde que la obligaci n se haya hecho exigible. í ó Finalmente, el art culo 2493 del citado C digo, prescribe que el que quieraí ó aprovecharse de la prescripci n debe alegarla; el juez no puede declararla de oficio. “ ó ” CUARTO: Que, para acreditar los presupuestos de la prescripci n alegada, laó parte demandante aport la siguiente documental: ó .- Escritura de prenda sin desplazamiento de fecha 01 de marzo de 1999, Repertorio N 1890. ° .- Talonario con cupones de pago respecto a la operaci n N 7178-1. ó ° .- Estados Financieros Consolidados al 31 de diciembre de 2020 y 2019 y por los a os terminados en esas fechas, respecto de Forum Servicios Financieros S.A.ñ .- Factura N 71491 de fecha 09 de febr

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES, y visto, adem s, lo dispuesto en elá art culo 1698, 1699, 1700, 1702, 2196, 2492, 2493, 2514, 2515 y 2516 del C digo Civil;í ó 160, 170, 254, 342 y 346 del C digo de Procedimiento Civil, ó SE DECLARA: I.- Que se ACCEDE a la demanda deducida con fecha 10 de abril de 2023 y se declaran prescritas las acciones ejecutivas y ordinarias de cobro de las obligaciones emanadas del mutuo N de operaci n 007178, espec ficamente, las cuotas n mero 14 a° ó í ú ° 36 , ambas inclusive, e igualmente prescritas la acci n prendaria y el derecho real de° ó prenda por resultar accesorias respecto de la obligaci n principal que caucionaban. ó II.- Que, se ordena el alzamiento de las siguientes limitaciones al dominio que pesan sobre el autom vil Subaru Impreza 1.6I LXE, N Motor 329135, N Chasisó ° ° 77757, Color Blanco, Placa Patente nica TA.9485-1: Ú a) Prenda N Documento Rol 1890, de fecha 01 de marzo de 1999, Repertorio° Alameda; y b) Prohibici n de Celebrar Actos y Contratos N . Documento Rol 1890, de fechaó ° 01 de marzo de 1999, Repertorio Alameda. III.- Que, se condena en costas a la demandada. REG STRESE Y NOTIF QUESE. Í Í ROL C-5893-2023 DICTADA POR MANUEL FIGUEROA SALAS, JUEZ TITULAR DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintid s de Diciembre de dos mil veintitr só é Código: XZSVXKNTYTP Este documento tiene firma electrónica y su original puede

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C-5893-2023 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5893-2023 CARATULADO : RIVERA/FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A Santiago, veintid s de Diciembre de dos mil veintitr s.ó é VISTOS: Con fecha 10 de abril de 2022, do a ñ EDITH ADELINDA RIVERA BECERRA, asesora previsional, c dula de identidad N 9.157.847-6, domiciliada en Lasé ° Termas N 10233, comuna de L

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