2º Juzgado de Letras de Copiapó

JARA/VERGARA

Rol

C-303-2022

Fecha

22 de diciembre de 2023

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 del cuaderno principal de la causa Rol C-303-2022 de este tribunal iniciada con una medida prejudicial, comparece el abogado don Hugo Eduardo Sepúlveda Muñoz, domicilio en calle Antonio Varas Nº 989, de Temuco, en representación de don LEIBNIZ JORDÁN DE JESÚS JARA CRUCES, cédula nacional de identidad N° 19.763.060-4, con domicilio en calle Jorge Tellier Nº 0564, Fundo El Carmen, Comuna de Temuco, quien deduce demanda de dominio o reivindicatoria con indemnización de perjuicios, en contra de doña CARMEN ESTELA VERGARA VERGARA, ignora profesión u oficio, cédula nacional de identidad N° 13.396.711-7, con domicilio en calle Pisagua Nº 2624, de la Comuna de Copiapó. Expone que el demandante es dueño del vehículo STATION WAGON, año: 2021, Marca: TOYOTA, Modelo: NEW RAV4 XLE 2.5, Nro. Motor: A25AR527137, Nro. Chasis: JTMW23FV4MD516899, Color: ROJO MICA, placa patente única PTLH.73-1 y que lo adquirió mediante compraventa de fecha 25 de mayo de 2021, en Maritano Ebensperger, según da cuenta la factura Nº 85093. Aduce que tanto el padrón del vehículo, certificado de homologación y revisión técnica señalan que él es propietario de dicho vehículo. Relata que cuando se compró el vehículo, la demandada trabajaba para el padre del demandante, el señor Gerardo Jara Fernández y por encargo de este concurrió a realizar el trámite hasta Maritano Ebensperger, llevando el dinero del pie, pero la demandada entregó el dinero del pie como si fuera de ella, pidiendo la factura Nº 84650, de fecha 08 de mayo de 2021, sacando el crédito a su nombre, posteriormente mudándose a vivir a Copiapó. Refiere que cuando se enteró de aquella situación, el padre del demandante llamó a los ejecutivos de la automotora pidiéndoles una explicación, anulando la factura mediante una nota de crédito Nº 9022 de fecha 17 de mayo de 2021, quien además elaboraron una nueva factura a nombre del demandante Nº 85093, de fecha 25 de mayo de 2021. Indica que con la factura Nº 84650, la demandada co

Fundamentos

fundamentos y solicita que sea rechazada la demanda con costas, y menciona que la demandante reconoce expresamente en su escrito de réplica que logró que la automotora Maritano y Ebensperger Limitada de manera unilateral e ilegal, rescindiera la factura N° 84650, teniendo

Fallo

fallo o el plazo que se determine. 3.- Que, la demandada deberán indemnizar todos los perjuicios causados con dolo y por culpa extra contractual, como si hubiera estado de mala fe, según determinación lo que se dirá: 1) Daño directo, la suma de $ 3.794.000, correspondiente al desvalor del vehículo y parabrisas; 2) Lucro cesante la suma de $ 25.000.000, que corresponde a los 10 meses que el demandante no pudo arrendar este vehículo y dejó por percibir dicha cantidad de dinero. 3) En cuanto al daño moral, los malos ratos, el tiempo perdido buscando su vehículo, primer regalo de su padre para que hiciera su emprendimiento, siendo una persona joven que veía truncadas sus esperanzas, lo estima en la suma de $ Código: QNYXXKPZLXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 50.000.000.- que se realizará en la etapa de cumplimiento del presente fallo; y, 4) o las sumas que se determinen, con expresa condenación en costas. A folio 6, consta notificación por cédula realizada a la demandada con fecha 08 de junio de 2022. A folio 10, consta la contestación de la demanda y para ello la demandada solicita su rechazo con costas, en atención a los siguientes argumentos: Señala que entre la demandada y el padre del demandante existió una sociedad de hecho que se dedicaba a transporte de pasajeros, traslados y que por aquello, la demandada compró innumerables vehículos a la automotora MARITANO y EBENSPERGUER LTDA., tan

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : C-303-2022 CARATULADO : JARA/VERGARA Copiapó, veintidós de Diciembre de dos mil veintitrés VISTOS: A folio 1 del cuaderno principal de la causa Rol C-303-2022 de este tribunal iniciada con una medida prejudicial, comparece el abogado don Hugo Eduardo Sepúlveda Muñoz, domicilio en calle Antonio Vara

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