FISCO DE CHILE/SCHMIED
Rol
C-29527-2019
Fecha
22 de diciembre de 2023
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
No especificado
Hechos
hechos narrados en la demanda. Añade que la petitoria de la contraria no se encuentra fundado en título alguno que lo justifique la pretensión del demandante. Agrega que su parte prestó servicios como gerente del ex hotel militar “11 de Septiembre”, actual Casa de Huéspedes “Viejos Estandarte”, dependiente del División de Bienestar Ejército, cargo en el que se desempeñó hasta la fecha de su retiro definitivo de la Institución en el mes de diciembre del año 2015, periodo en el cual fue objeto de revistas inspectivas por parte de la Contraloría del Ejército (COTRAE), siendo del caso que en todas y cada una de ellas nunca arrojó discordancia alguna ni reparos en la administración ni menos pérdidas; asimismo, al momento de la entrega de la administración se efectúo otra revisión exhaustiva, no arrojando tampoco en ese momento discrepancia alguna, realizando la entrega conforme y sin reparos, firmando las actas de recepción y entrega respectivas. TERCERO: Que a folio 29 y 32 rolan trámite de la réplica y resolución que tuvo por evacuado en rebeldía el de la dúplica, respectivamente. Código: CZCRXKVHCLP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-29527-2019 Foja: 1 CUARTO: Que a folio 38 se recibió la causa a prueba. QUINTO: que a folio 47 se citó a las partes a oír sentencia. Prueba rendida: SEXTO: Que, en apoyo de sus asertos, la parte demandante rindió la siguiente prueba documental: A folio 42, 1.- Copia de Tomo IV del sumario administrativo aludido en la demanda, ISA 1585/2050 de 19.02.2015. que abarca desde fojas 901 hasta fojas 1257; A folio 9 del cuaderno separado de excepciones dilatorias, agregado por la demandada, 2.- Copia de resolución del Comandante de Bienestar del Ejército de Chile, dictada en la investigación sumaria antes aludida, que ordena notificar cargos a los inculpados, entre ellos al demandado, en relación a detrimento al patrimonio de afectación fiscal por la suma de $51.800.706. A
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 compareció doña Carolina Vásquez Rojas, Abogada Procurador Fiscal (S) de Santiago, del Consejo de Defensa del Estado, en representación del Fisco de Chile, Corporación de Derecho Público, ambos domiciliados en Agustinas Nº 1687, comuna y ciudad de Santiago, quien interpone demanda civil de indemnización de perjuicios en juicio ordinario de hacienda en contra de don Carlos Schmied Gómez, ignoro profesión u oficio actual, con domicilio en Cerro La Parva Nº 995, departamento 225, block C, comuna de Las Condes y/o en Pasaje Puerto Arturo Nº 25, comuna de Las Condes y/o en Emilia Téllez Nº 5253, departamento 43, comuna de Ñuñoa. Expone que el Comandante de Bienestar del Ejército de Chile dispuso, por Resolución Nº 1585/2050 de fecha 19 de febrero de 2015, la instrucción de una Investigación Sumaria Administrativa para determinar responsabilidades administrativas en las irregularidades detectadas en los registros contables del ex Hotel Militar “11 de Septiembre”, actual Casa de Huéspedes “Viejos Estandartes”. En la Investigación Sumaria Administrativa se determinaron estas responsabilidades efectuando los cargos correspondientes; y se acreditó el perjuicio provocado al patrimonio de afectación fiscal, estimándose en la suma de $51.800.706.- (cincuenta y un millones ochocientos mil setecientos seis pesos). Señala que don Carlos Schmied Gómez, quien era Teniente Coronel del Ejército en ese momento, fue uno de los inculpados en esta investigación. En su calidad de Jefe del lugar, se le atribuyó una deficiente administración de la instalación a su cargo, no obstante haber recibido un tiempo antes, recomendaciones para gestionarlo de manera eficaz, las que no puso en práctica. Precisa que se le ordenó al demandado la restitución de la cantidad de $31.080.424.- (treinta y un millones ochenta mil cuatrocientos veinticuatro pesos). Agrega que con fecha 7 de diciembre de 2015 fue incluido en el Decreto Supremo DS Nº 1635/693, Lista Anual de Retiros, por lo que a la fecha en que finalizó la Investigación Sumaria Administrativa ya no estaba en funciones. Código: CZCRXKVHCLP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-29527-2019 Foja: 1 La Investigación Sumaria Administrativa terminó con la ampliación del Dictamen Fiscal, de fecha 30 de julio de 2018, Resolución Nº 1585/15935, notificado a todas las partes. No hay constancia de recurso interpuesto en su contra. En el acápite de Derecho, explica que como consecuencia de la acción culpable y negligente del demandado señor CARLOS SCHMIED GÓMEZ se ha generado una responsabilidad civil por los daños causados a la propiedad fiscal, que configura un ilícito civil, de conformidad a lo establecido en los artículos 1437, 2284, 2314 del Código Civil. El artículo 2314, en relación con el artículo 1437 del Código Civil, indica que, en presencia de un hecho culpable, cometido sin intención de dañar, pero que ha inferido da
Fallo
fallo quede ejecutoriado hasta la fecha de pago efectivo, con costas. SEGUNDO: Que a folio 27 la demandada contesta la demanda y solicita su rechazo. Al efecto controvierte expresamente todos los hechos narrados en la demanda. Añade que la petitoria de la contraria no se encuentra fundado en título alguno que lo justifique la pretensión del demandante. Agrega que su parte prestó servicios como gerente del ex hotel militar “11 de Septiembre”, actual Casa de Huéspedes “Viejos Estandarte”, dependiente del División de Bienestar Ejército, cargo en el que se desempeñó hasta la fecha de su retiro definitivo de la Institución en el mes de diciembre del año 2015, periodo en el cual fue objeto de revistas inspectivas por parte de la Contraloría del Ejército (COTRAE), siendo del caso que en todas y cada una de ellas nunca arrojó discordancia alguna ni reparos en la administración ni menos pérdidas; asimismo, al momento de la entrega de la administración se efectúo otra revisión exhaustiva, no arrojando tampoco en ese momento discrepancia alguna, realizando la entrega conforme y sin reparos, firmando las actas de recepción y entrega respectivas. TERCERO: Que a folio 29 y 32 rolan trámite de la réplica y resolución que tuvo por evacuado en rebeldía el de la dúplica, respectivamente. Código: CZCRXKVHCLP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-29527-2019 Foja: 1 CUARTO: Que a folio 38 se recibió la causa a prueba. QUINTO:
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C-29527-2019 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 20º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-29527-2019 CARATULADO : FISCO DE CHILE/Schmied Santiago, veintidós de Diciembre de dos mil veintitrés VISTO, TENIENDO PRESENTE Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 compareció doña Carolina Vásquez Rojas, Abogada Procurador Fiscal (S) de Santiago, del Consejo de Defensa del Estado, en repres
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