GALLARDO/DIRECCION GENERAL DE AGUAS
Rol
C-101-2017
Fecha
20 de diciembre de 2023
Materia
AGUAS, DERECHOS APROVECHAMIENTO, C. AGUAS
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que, a folio 1 se recibe oficio ORD.002248 de fecha 22 de diciembre de 2016, remitiendo expediente administrativo EXP. NR-0804-1536 informando que José Raimundo Gallardo Toloza, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2° Transitorio del Código de Aguas, ha solicitado la Regularización de derechos de aprovechamiento de aguas, de carácter consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, sobre las aguas superficiales y corrientes de estero Sin Nombre, ubicados en la comuna de Arauco, Provincia de Arauco, Región del Biobío. Se encuentran agregadas las publicaciones legales en los Diarios: Oficial, La Nación y Concepción, de 15 de febrero de 2016 y 11 de febrero de 2016 respectivamente. Asimismo, se encuentra agregado certificado que da cuenta de la emisión de la solicitud de autos por Radio “MDT”, el día 1 de febrero de 2016, en los horarios de 18:04, 18:54 y 19:34 horas. A folio 35, se llevó a efecto comparendo de estilo con la sola asistencia de la abogada de la parte solicitante Francisca Serrano Céspedes, que ratificó la demanda; allanándose al informe de la Dirección General de Aguas en todas sus partes, y solicita la regularización del aprovechamiento de aguas y sea acogida la demanda interpuesta. Acto seguido, se efectúo el llamado a conciliación, el que no se produce atendida la inasistencia de la parte demandada. A folio 37 se recibió la causa a prueba. A folio 42 se citó a las partes a oír sentencia. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que, a folio 1, consta oficio ORD.002248 de fecha 22 de diciembre de 2016, remitiendo expediente administrativo EXP. NR-0804- 1536, informando que José Raimundo Gallardo Toloza, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2° Transitorio del Código de Aguas, ha solicitado la Regularización de derechos de aprovechamiento de aguas, de carácter consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, sobre las aguas superficiales y corrientes de estero Sin Nombre, ubicados en la comuna de Arauco, Provincia de Arauco, Región del Biobío. SEGUNDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2° transitorio del Código de Aguas, indica que se podrán regularizar los derechos de aprovechamiento de aguas, “cuando los usuarios hayan cumplido cinco años Código: MJDXKWCPVN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 de uso ininterrumpido, contados desde la fecha en que hubieren comenzado a hacerlo, en conformidad con las reglas siguientes: a) La utilización deberá haberse efectuado libre de clandestinidad o violencia, y sin reconocer dominio ajeno.”. TERCERO: Los artículos 140 y siguientes del Código de Aguas, establecen los requisitos que debe cumplir la solicitud de constitución o regularización de derecho de aprovechamiento de aguas. Que, del expediente administrativo, que consta agregado a folio 1 de estos autos, mediante oficio de la Dirección General de Aguas, se extrae que la parte demandante cumple con estos requisitos en cuanto a la solicitud de regularización, documentos, publicaciones, certificado de no oposición dentro del plazo legal, análisis técnico de la solicitud, visita de terreno y caudal efectivamente utilizado susceptible de regularizar. CUARTO: Que, así las cosas, la solicitud fue publicada en extracto, dentro del plazo legal establecido en el artículo 131 del Código de Aguas, no fue objeto de oposición, según consta en ORD. N°226 del 19 de abril de 2016, emitido por la Gobernación Provincial de Arauco, Región del Biobío. Que, personal profesional del Servicio estudió y analizó los antecedentes disponibles, y concluye en Informe Técnico contenido en Minuta DGA N° 511 de fecha 13 de diciembre del 2016, que la solicitud de regularización de aguas superficiales y corrientes de un Estero sin nombre 1 de carácter consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, cumple con los requisitos a los que se refiere el artículo 2° Transitorio del Código de Aguas, el caudal efectivamente utilizado y susceptible de ser regularizado corresponde a 0,125 l/s de uso consuntivo, ejercicio permanente y continuo, y que dicha utilización se ha efectuado libre de clandestinidad y violencia, y sin reconocer dominio ajeno. QUINTO: Que, acreditándose por el peticionario, que se reúnen los presupuestos exigidos por la ley para acceder a la regularización impetrada, teniendo presente además que el uso de las aguas se llevó a cabo libre de clandestinidad y violencia y sin reconocer dominio a
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente el informe técnico de la Dirección General de Aguas, y lo dispuesto en los artículos 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; artículos 130 y siguientes; 177 y siguientes; 22 y, 2° Transitorio, todos del Código de Aguas, se declara: I. Que se acoge la solicitud enderezada en sede administrativa. II. Que, en consecuencia, se constituye un derecho de aprovechamiento de aguas superficiales y corrientes, de carácter consuntivo y de ejercicio permanente y continuo a favor de don José Raimundo Gallardo Toloza, cédula de identidad 7.068.612-0, domiciliado para estos efectos en Aníbal Pinto Código: MJDXKWCPVN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 #215, Of. 501, Concepción, Región del Biobío, sobre las aguas que se captan desde Estero sin nombre 1 que se encuentra ubicado en las coordenadas UTM Norte 5.876.033 metros Este 659.387 metros, referidas al Datum WGS 1984, Huso 18, ubicado en la comuna de Arauco, provincia de Arauco, Región del Biobío. III. Que, el punto de captación es del Datum WGS 1984, Huso 18. IV. Que, el caudal es de 0,125 litros por segundo. V. Que, el modo de captación es en forma gravitacional. VI. Remítase copia autorizada de la presente a la Dirección General de Aguas, Región del Biobío, una vez inscrita esta sentencia en el Conservador de Bienes Raíces de Arauco. Anótese, regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol C-10
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Arauco CAUSA ROL : C-101-2017 CARATULADO : GALLARDO/DIRECCION GENERAL DE AGUAS Arauco, veinte de Diciembre de dos mil veintitr sé Vistos: Que, a folio 1 se recibe oficio ORD.002248 de fecha 22 de diciembre de 2016, remitiendo expediente administrativo EXP. NR-0804-1536 informando que José Raimundo Gallardo Toloza
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