Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

VIDAL/KURT OSSA SAN MARTIN TRANSPORTES EIRL

Rol

M-66-2024

Fecha

26 de marzo de 2024

Materia

Costas, Despido indirecto, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS A PROBAR SON LOS SIGUIENTES: 1. Efectividad de haber prestado servicios bajo vínculo de subordinación el actor respecto de la demandada de autos. Hechos y circunstancias que permitan establecerlo 2. En la afirmativa el punto anterior, fecha de inicio, labores realizadas, fecha de término los servicios y monto de la remuneración. 3. En la afirmativa del punto N°1, cumplimiento de formalidades legales respecto del término y efectividad de los hechos señalados de la carta de auto despido. MEDIOS DE PRUEBA: LA PARTE DEMANDANTE RINDE DOCUMENTAL: 1. Acta de comparendo de conciliación, celebrada con fecha 23 de enero de 2024, anexo de reclamo N°1313/2024/191. 2. Carta de despido indirecto, comprobante de envío al empleador emitido por Correos de Chile, todos de fecha 11 de enero de 2024. 3. Activación de fiscalización ante la Inspección del Trabajo de Copiapó, de fecha 09 de enero de 2024. 4. Capturas de pantallas de a través de la aplicación Whatsapp, de conversaciones sostenidas entre el demandante de autos y personal de la empresa demandada. La parte demandada solicita la exclusión del documento N°4, por falta de integridad.- argumentos contenidos en el audio.- Traslado de a la demandante Tribunal Resuelve: Se tiene por incorporada la prueba documental ofrecida e incorporada por la parte de la demandante. LA PARTE DEMANDANTE SOLICITA PRUEBA CONFESIONAL: La parte demandante solicita la absolución de posiciones de NELSON WILLIAMS SANTANDER MERCADO. La persona no está presente. La parte demandante se solicita se haga efectivo el apercibimiento legal del artículo 453 N°3 del Código del Trabajo. Tribunal Resuelve: Se dispondrá lo pertinente en la sentencia definitiva que se dicte. OFICIOS: La parte demandante solicita se oficie a la Dirección del Trabajo, trámites en línea, a fin de que remita la copia del resultado de la fiscalización ante la Inspección del Trabajo de Copiapó, de la prueba documental número 3. Tribunal Resuelve: No ha lugar,

Fundamentos

fundamentos en el audio. La parte demandante repone la resolución del tribunal. Tribunal Resuelve: No ha lugar, fundamentos en el audio. EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS: La parte demandante solicita a la demandada le exhiba el siguiente documento: 1. Libro de asistencia. La parte demandante solicita se haga efectivo el apercibimiento legal respectivo Traslado a la parte demandada. - Argumentos contenidos en el audio.-. Tribunal Resuelve: Se dispondrá lo pertinente en la sentencia definitiva que se dicte. LA PARTE DEMANDADA RINDE DOCUMENTAL: 1. Contrato de trabajo de fecha 05 de enero de 2024 celebrado entre PAMELA DÍAZ VALLEJO TRANSPORTES EIRL y don CRISTIAN FRANCISCO VIDAL VILLARROEL 2. Liquidación de sueldo 3. Certificado de cotizaciones previsionales extraído del sistema Previred donde consta el pago de las cotizaciones previsionales por los tres días trabajados por el actor en que consta como 4. como nombre del empleador del actor PAMELA DÍAZ VALLEJO EIRL. 5. Proyecto de finiquito de fecha 10 de enero de 2024 Tribunal resuelve: Se tiene por incorporada la prueba documental ofrecida e incorporada por la parte de la demandada. LA PARTE DEMANDADA SOLICITA PRUEBA CONFESIONAL: La parte demandada solicita la absolución de posiciones del demandante Cristian Vidal Villarroel La persona no está presente. La parte demandada solicita se tenga presente que la demandada incumplió con su obligación de concurrir, en este caso con su representante legal, lo que limita la posibilidad probatoria de su parte y sea ponderado como corresponde en el momento de dictar sentencia. Tribunal resuelve: Téngase por rendida la prueba confesional. OBSERVACIONES A LA PRUEBA · La parte demandante formula observaciones a la prueba. · La parte demandada formula observaciones a la prueba. -Argumentos que consta en el registro de audio. Tribunal Resuelve: Téngase por formuladas las observaciones a la prueba por las partes. SENTENCIA Transcripción parte resolutiva de la sentencia, constando ésta íntegramente en el registro de audio. y visto además lo dispuesto en el artículo 171, artículos 7°, 434 y siguientes del Código de trabajo,

Fallo

se declara: I. Que se acoge la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por la demandada de autos,  II. Que a consecuencia de lo resuelto en lo resolutivo anterior, se rechazan todas sus partes la acción interpuesta. III. Cada parte pagará sus costas. Regístrese, queda notificada la sentencia en su texto íntegro a ambas partes que se encuentran presentes en la audiencia y a disposición el registro de audio para efectos del ejercicio de posibles recursos en su contra y archívense los antecedentes en su oportunidad. RIT M-66-2024 RUC 24-4-0549112-1 Pronunciada por Juana Álvarez Arenas, Juez titular del Juzgado de Letras de Trabajo de San Miguel. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro.- Página 4 de 4

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 25 de marzo de 2024 24-4-0549112-1 RIT M-66-2024 MAGISTRADO Juana Álvarez Arenas ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cristian Chávez Parada HORA DE INICIO 09:51 HORA DE TERMINO 10:57 2440549112-1-1351 SALA 2.- PARTE DEMANDANTE Cristian Francisco Vidal Villarroel C.I. 12.782.940-3 ABOGADO Christian André

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica