BANCO DEL ESTADO DE CHILE/RODRÍGUEZ
Rol
C-588-2023
Fecha
19 de diciembre de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1 y con fecha catorce de abril de 2023 comparece CLAUDIO ALTAMIRANO RODRÍGUEZ, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O’Higgins N° 1111, piso 8°, comuna de Santiago, representado legalmente por su gerente general ejecutivo don Oscar González Narbona, ingeniero civil, de su mismo domicilio, e interpone demanda ejecutiva en contra de JUAN LUIS RODRIGUEZ GUTIERREZ, ignora profesión u oficio, domiciliado en Avenida Las Araucarias 1357 Portal Araucarias, comuna de Quillota, solicitando se ordene despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $4.147.853.-, más los intereses pactados, reajustes y costas que se han devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total e íntegro de la obligación, de la forma en que señala en su escrito, solicitando se ordene se requiera de pago, disponiendo en definitiva, que la ejecución siga adelante hasta que se haga entero y cumplido pago de lo adeudado a su mandante, con expresa condenación en costas. A folio 13 y con fecha catorce de junio de 2023 consta la notificación al demandado de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil. Código: XEQKXKXXBJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 A folio 02 del cuaderno de apremio, y con fecha quince de junio de 2023 el demandado fue requerido de pago. A folio 14 y con fecha veinte de junio de 2023, la ejecutada se opuso a la demanda ejecutiva, deduciendo las excepciones contempladas en el artículo 464 N°2, 4, 7, 11 y 14 del Código de Procedimiento Civil; o sea: “La falta de capacidad del demandante o de personería o representación legal del que comparezca en su nombre”, “La ineptitud de libelo por falta de algún requisito legal en el modo de formular la demanda, en conformidad a lo dispu
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 y con fecha catorce de abril de 2023 comparece CLAUDIO ALTAMIRANO RODRÍGUEZ, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O’Higgins N° 1111, piso 8°, comuna de Santiago, representado legalmente por su gerente general ejecutivo don Oscar González Narbona, ingeniero civil, de su mismo domicilio, e interpone demanda ejecutiva en contra de JUAN LUIS RODRIGUEZ GUTIERREZ, ignora profesión u oficio, domiciliado en Avenida Las Araucarias 1357 Portal Araucarias, comuna de Quillota, solicitando se ordene despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $4.147.853.-, más los intereses pactados, reajustes y costas que se han devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total e íntegro de la obligación, de la forma en que señala en su escrito, solicitando se ordene se requiera de pago, disponiendo en definitiva, que la ejecución siga adelante hasta que se haga entero y Código: XEQKXKXXBJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 cumplido pago de lo adeudado a su mandante, con expresa condenación en costas. Funda la demanda en que, con fecha 28 de junio de 2022, la demandada suscribió el pagaré Nº 0009588433, por la cantidad de $4.151.579.-, por concepto de capital que la deudora recibió en mutuo en dinero en efectivo de parte de su mandante, más los intereses del 1,2800% mensual a contar de la fecha de suscripción, obligándose a pagarlo en 82 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $84.277.- cada una, salvo la última que será de $84.326.-, todas con vencimiento los días 15 de cada mes, venciendo la primera el día 15 de septiembre de 2022. Se estableció que, en caso de no pago oportuno de una o más cuotas de la obligación, desde el incumplimiento, la deudora se obligó a pagar el interés máximo convencional que rija a la fecha de suscripción de este instrumento y, sin perjuicio de los demás derechos de acreedor, el Banco podrá – a su exclusivo arbitrio- hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuere de plazo vencido, mediante la cobranza judicial. A su vez, se estableció que todas las obligaciones derivadas del pagaré que sirve de título a esta ejecución, se considerarán indivisibles para los efectos de los artículos 1526 N° 4 y 1528 del Código Civil, pudiéndose exigir su cumplimiento total a cualquiera de sus sucesores. Luego, la suscriptora y demandada de autos liberó al Banco del Estado de Chile de la obligación de protesto. Indica también que, la deudora ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento el 15 de diciembre de 2022 inclusive, y todas las posteriores por lo que, conforme a lo estipulado en el documento, el Banco ha decidido hacer exigible el total de la deuda, demandando la suma de $4.147.853.-, más los intereses corrientes y mo
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se recibió la causa a prueba. A folio 29, con fecha treinta de octubre de 2023, se cita a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 y con fecha catorce de abril de 2023 comparece CLAUDIO ALTAMIRANO RODRÍGUEZ, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O’Higgins N° 1111, piso 8°, comuna de Santiago, representado legalmente por su gerente general ejecutivo don Oscar González Narbona, ingeniero civil, de su mismo domicilio, e interpone demanda ejecutiva en contra de JUAN LUIS RODRIGUEZ GUTIERREZ, ignora profesión u oficio, domiciliado en Avenida Las Araucarias 1357 Portal Araucarias, comuna de Quillota, solicitando se ordene despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $4.147.853.-, más los intereses pactados, reajustes y costas que se han devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total e íntegro de la obligación, de la forma en que señala en su escrito, solicitando se ordene se requiera de pago, disponiendo en definitiva, que la ejecución siga adelante hasta que se haga entero y Código: XEQKXKXXBJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 cumplido pago de lo adeudado a su mandante, con expresa condenación en costas. Funda la demanda
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : C-588-2023 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/RODR GUEZÍ Rol C-588-2023. Código: C07A. Materia: Cobro de pagaré. Partes: Banco del Estado de Chile con Juan Luis Rodríguez Gutiérrez. Fecha de inicio: 14 de abril de 2023. Fecha citación a oír sentencia: 30 de octubre de 2023. Juez:
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica