Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta

GONZALEZ CON JURIDICA

Rol

O-766-2023

Fecha

25 de marzo de 2024

Materia

Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: El Tribunal hace una somera relación de los contenidos de la demanda y respecto de la a contestación a la misma, se tiene por evacuado dicho trámite en su rebeldía. Solicitud de sentencia inmediata: La parte demandante, atendido el mérito de los antecedentes, la rebeldía de la demandada, no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos y en virtud de lo dispuesto en el artículo 453 n° 3 del Código del Trabajo, solicita se dicte sentencia inmediata en estos autos, acogiendo la demanda, con expresa condenación en costas. El tribunal accede a lo solicitado, dictará sentencia inmediata en estos autos. Copia íntegra de la sentencia, constará en el acta de audiencia respectiva. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANO:      PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se llevó a efecto audiencia preparatoria de juicio en autos, iniciados mediante demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesto por GUSTAVO GONZALEZ ARBOLEDA, colombiano, soltero, desempleado, cédula de identidad Nº 25.862.675-3, con domicilio para estos efectos en calle Arturo Prat 461, oficina 501, Antofagasta, en contra de ARAYA Y CEPEDA SERVICIOS LIMITADA, R.U.T Nº76.397.189-9, representada legalmente por Ricardo Jaime Mundaca, cédula de identidad Nº 15.501.414-8 o por quien en virtud del artículo 4° del Código del Trabajo ejerza dicha función a la época de notificación de esta demanda, ambos con domicilio en Sierra Nevada Nº 10708-A, Antofagasta. SEGUNDO: Que, la parte demandada fue válidamente notificada de la demanda deducida en su contra según se puede apreciar a folios 44 a 47 del expediente virtual, conforme a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo. TERCERO: Que, es necesario tener presente, que habiendo sido legalmente notificada la demandada y al no haber contestado la demanda ni comparecido a la audiencia preparatoria, se entiende en rebeldía, precluyendo de esta forma su derecho de controvertir los hechos expuestos en e

Fallo

fallo las menciones a que hace referencia los números 3 y 4 de la misma disposición.      Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 7 a 10, 41, 73, 161, 162, 168, 171, 172, 423, 425 a 432, 446, 453 y 459 del Código del Trabajo y demás normas pertinentes, se resuelve: I.- Que, se acoge demanda interpuesta por GUSTAVO GONZALEZ ARBOLEDA, cédula de identidad Nº 25.862.675-3, en contra de ARAYA Y CEPEDA SERVICIOS LIMITADA, RUT Nº 76.397.189-9, ya individualizados, en todas sus partes y en consecuencia se declara el despido como injustificado y se condena a pagar a la demandada los siguientes valores por el concepto que en cada caso se indica: 1) Saldo de remuneración por 16 días de marzo por una suma de $732.800.- 2) Indemnización por aviso previo, ascendente a la suma de $1.400.000.- 3) Feriado proporcional por 14.41 días, por la suma de $576.400.- 4) Lucro cesante correspondiente a la suma de $5.600.000.- II.- Que las sumas ordenadas pagar precedentemente, deben ser reajustadas y devengan intereses en la forma prevista en artículos 63 y/o 173 del Código del Trabajo, según corresponda. III.- Que, se condena en costas a la parte demandada. Se fijan en un ingreso mínimo mensual remuneracional.        IV.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día, en caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes a la unidad de cumplimiento ejecutivo del Tribunal. Téngase a las partes por notificadas per

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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA AUDIENCIA PREPARATORIA DE JUICIO ORAL POR VIDEO CONFERENCIA – PLATAFORMA ZOOM FECHA Antofagasta, veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro. MAGISTRADO CARLOS EDUARDO CAMPILLAY ROBLEDO HORA DE INICIO 10:00 horas HORA DE TERMINO 10:10 horas ENCARGADO DE ACTA Paula Kawada Jofre SALA 7 RUC 23-4-0485790-8 RIT O-766-2023 Registro de audio

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