1º Juzgado Civil de Santiago

CABRERA/

Rol

V-123-2023

Fecha

15 de diciembre de 2023

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece CATALINA IGNACIA CABRERA MONTEROS, chilena, soltera, estudiante, cedula de identidad: 20.919.699-9, con domicilio en Av. Lo Blanco 1012, Comuna de La Pintana, quien solicita según lo dispuesto por el artículo 1 letra a) y b) de la Ley 17344, se le autorice el cambio de su apellido paterno, quedando en definitiva, inscrita como “CATALINA IGNACIA QUINTEROS MONTEROS”. Funda su solicitud en que su padre, nunca la reconoció como hija ni tuvo intenciones de hacerlo, a quien no conoció, por tanto, jamás formó un vínculo con él, e ignora su paradero, y a estas alturas no tiene intención alguna de tener contacto con él. Agrega que el año 2003, cuando tenía dos años y medio de edad, su madre inicio una relación con JOSÉ DANIEL QUINTEROS CANTILLANA, convirtiéndose en su figura paterna al asumir su crianza de manera íntegra, cumpliendo las obligaciones de escolaridad, apoyo económico y afectivas, estando siempre presente y, gracias a esta incondicional entrega jamás sintió la carencia de una figura paterna, tratándonos como padre e hija, y también la gente que los conoció, con las que se relacionaban, en el lugar donde vivieron, como en el colegio donde estudió, lo entendieron así. Continúa indicando que desde muy pequeña adoptó el apellido de su padre de crianza, utilizando socialmente el nombre de CATALINA IGNACIA QUINTEROS MONTEROS, situación que le ha causado problemas serios donde se desenvuelve, puesto que jamás ha podido expresar que no lleva el apellido de quién le ha brindado todos los cuidados que un padre puede entregar a una hija, lo que le ha afectado psicológicamente, generándole menoscabo moral. Código: ECBXKKHMBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Sigue expresando que el hecho de cambiar el apellido paterno significaría, para ella y su familia un acto de amor y agradecimiento a la persona que ejerció el rol de padre durante muchos años y quién contribuyó a

Fundamentos

motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios”. Que en la especie, la solicitante tiene derecho a usar el apellido paterno que la identifica y que es inherente a su personalidad, toda vez que el apellido asignado al nacer no la identifica y le causa incomodidad, lo que la motivó a usar el apellido de su padre de crianza, siendo conocida desde hace ya larga data con el nombre patronímico “QUINTEROS”, por lo que este tribunal solo debe reconocer y ordenar su debida inscripción para su modificación en sus documentos legales. Y, lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la Ley N°17.344, y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

por tanto, jamás formó un vínculo con él, e ignora su paradero, y a estas alturas no tiene intención alguna de tener contacto con él. Agrega que el año 2003, cuando tenía dos años y medio de edad, su madre inicio una relación con JOSÉ DANIEL QUINTEROS CANTILLANA, convirtiéndose en su figura paterna al asumir su crianza de manera íntegra, cumpliendo las obligaciones de escolaridad, apoyo económico y afectivas, estando siempre presente y, gracias a esta incondicional entrega jamás sintió la carencia de una figura paterna, tratándonos como padre e hija, y también la gente que los conoció, con las que se relacionaban, en el lugar donde vivieron, como en el colegio donde estudió, lo entendieron así. Continúa indicando que desde muy pequeña adoptó el apellido de su padre de crianza, utilizando socialmente el nombre de CATALINA IGNACIA QUINTEROS MONTEROS, situación que le ha causado problemas serios donde se desenvuelve, puesto que jamás ha podido expresar que no lleva el apellido de quién le ha brindado todos los cuidados que un padre puede entregar a una hija, lo que le ha afectado psicológicamente, generándole menoscabo moral. Código: ECBXKKHMBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Sigue expresando que el hecho de cambiar el apellido paterno significaría, para ella y su familia un acto de amor y agradecimiento a la persona que ejerció el rol de padre durante muchos años y quién contribuyó a la persona que

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Foja: 1 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-123-2023 CARATULADO : CABRERA/ Santiago, quince de Diciembre de dos mil veintitr sé VISTO: A folio 1, comparece CATALINA IGNACIA CABRERA MONTEROS, chilena, soltera, estudiante, cedula de identidad: 20.919.699-9, con domicilio en Av. Lo Blanco 1012, Comuna de La Pintana, quien solicita según

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