4º Juzgado Civil de Santiago

URRUTIA/PLAYLATAM S.P.A.

Rol

C-15817-2022

Fecha

14 de diciembre de 2023

Materia

ARRENDADOR,RESTITUCIÓN POR EXTINCIÓN DERECHO

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1545, 1698, 1915 y siguientes, del Código Civil; 108, 227 del Código Orgánico de Tribunales; 144, 160, 170, 254, 342 del Código de Procedimiento Civil y Ley 18.101 y sus modificaciones; SE RESUELVE: I. Que se acoge la excepción de incompetencia deducida por la parte demandada, y se rechaza la demanda incoada a folio 1. II. Que habiendo resultado totalmente vencida la parte demandante, se la condena en costas. Regístrese y notifíquese. Pronunciada por Luis Eduardo Quezada Fonseca, Juez Titular. Código: JXHTXKYBMEJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15817-2022 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, catorce de Diciembre de dos mil veintitrés Código: JXHTXKYBMEJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-14T10:39:33-0300

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Cristian Patricio Urrutia González, dedujo demanda de restitución de la propiedad por extinción del derecho del arrendador, en contra de Playlatam Spa, ex SBT Perú Spa, representada por Badi Amenabar González, y Tomás Echeñique Vender, solicitando que en definitiva se ordene la restitución del inmueble objeto de la demanda, todo ello con costas. SEGUNDO: Que la demandada se opuso haciendo valer como primera cuestión, excepción de incompetencia fundada en que las partes en el contrato de arrendamiento acordaron que cualquiera diferencia en relación al cumplimiento del mismo, sería conocida por la justicia arbitral. TERCERO: Que a fin de acreditar sus pretensiones, el demandante acompañó la siguiente documental: A folio 1. Código: JXHTXKYBMEJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15817-2022 Foja: 1 1.- Copia del contrato de arrendamiento de fecha 4 de diciembre de 2012, celebrado entre la demandada e INVERSIONES CAMPOS Y CAMPOS LIMITADA. 2.- Copia de escritura de modificación de soc. SBT Peru SPA a Latam SPA de fecha 29 de abril de 2020. 3.- Copia de protocolización, inscripción y publicación de modificación de soc. SBT Peru SPA 1 de julio de 2016. 4.- Copia de inscripción de la sociedad demandada, de fojas 30425 número 22882 del Registro de Comercio de Santiago del año 2011. 5.- Copia de inscripción de los inmuebles sub lite, de fojas 66645 N° 97232 del Registro del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022. 6.- Certificado de hipotecas, gravámenes y prohibiciones de los inmuebles sub lite. 7.- Copia del Ebook de los autos ejecutivos Rol C-20560-2017, caratulados “BANCO SECURITY/INVERSIONES CAMPOS Y CAMPOS LIMITADA” , en el 2° juzgado civil de esta ciudad. 8.- Oficio de la Tesorería General de la República, en que me informa que con fecha 09/09/2022 mediante formulario 10 folios 5408763, 5408767, 5408769, 5408772, 5408778, 5408782, PLAYLATAM SPA. efectuó una consignación por concepto de arriendo de propiedad por un monto de $611.520.- correspondiente a los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre 2022. A folio 28. 9.- Certificado de dominio vigente y copia de inscripción del inmueble inscrito a fojas 53653 número 78137 del Registro de Propiedad del año 2022, correspondiente a la oficina número mil ciento uno del décimo primer piso, del sector de negocios de la Torre Costanera del Edificio World Trade Center, construido con frente a las calles Avenida Andrés Bello número dos mil seiscientos siete, Avenida Vitacura número dos mil seiscientos diez y Avenida Tajamar números cuatrocientos treinta y cinco, cuatrocientos cuarenta y uno, cuatrocientos cuarenta y cinco, cuatrocientos ochenta y uno, cuatrocientos ochenta y nueve, cuatrocientos noventa y nueve y quinientos cincuenta y cinco, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana. CUARTO: Que por su parte la demandada rindió la siguiente prueba instrumental: Folio 19.- 1.- Copia de

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1545, 1698, 1915 y siguientes, del Código Civil; 108, 227 del Código Orgánico de Tribunales; 144, 160, 170, 254, 342 del Código de Procedimiento Civil y Ley 18.101 y sus modificaciones; SE RESUELVE: I. Que se acoge la excepción de incompetencia deducida por la parte demandada, y se rechaza la demanda incoada a folio 1. II. Que habiendo resultado totalmente vencida la parte demandante, se la condena en costas. Regístrese y notifíquese. Pronunciada por Luis Eduardo Quezada Fonseca, Juez Titular. Código: JXHTXKYBMEJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15817-2022 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, catorce de Diciembre de dos mil veintitrés Código: JXHTXKYBMEJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-14T10:39:33-0300

Texto Completo (Preview)

C-15817-2022 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-15817-2022 CARATULADO : URRUTIA/PLAYLATAM S.P.A. Santiago, catorce de Diciembre de dos mil veintitrés VISTO. A folio 1 comparece CRISTIAN PATRICIO URRUTIA GONZALEZ, administrador público, domiciliado en Alejandro Serani Norte N°9458, departamento 306, Vitacura, quien deduce demanda de restit

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