2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SOTO/SAN FELIPE S.A.

Rol

O-8098-2023

Fecha

20 de marzo de 2024

Materia

Despido indirecto, Feriado legal, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 20 DE MARZO DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 7 RUC 23-4-0530769-3 RIT O-8098-2023 MAGISTRADO LORENA FLORES CANEVARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS NATALIA ROJAS CHANDÍA HORA DE INICIO 11:15 HORAS HORA DE TERMINO 12:59 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340530769-3-1349-240320-00 Nº CUSTODIA ASIGNADA 713-2024 PARTE DEMANDANTE 1. MARIO ANTONIO FAÚNDEZ VILLALOBOS (Compareciente) 2. JOSÉ ULISES SOTO GUICHAPANI ABOGADO PARTE DEMANDANTE RUBÉN ALEJANDRO SALAS CARRILLO FORMA DE NOTIFICACION CORREO ELECTRONICO PARTE DEMANDADA SAN FELIPE S.A. ABOGADO PARTE DEMANDADA FABIÁN ALEJANDRO RAMOS CONTRERAS FORMA DE NOTIFICACION CORREO ELECTRONICO ACTUACIONES EFECTUADAS: SI NO ORD (HECHO DE HABERSE EFECTUADO O NO, Y SU ORDEN) DEMANDANTE INCORPORA PRUEBA X DEMANDADA INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA X SENTENCIA X Tribunal resuelve: Al escrito presentado por la parte demandada: Por digitalizados los documentos, sin perjuicio de la incorporación en su oportunidad. Medios de Prueba: LA PARTE DEMANDANTE INCORPORÓ LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: Mario Faúndez: 1) Contrato de trabajo de fecha 10 de abril de 1999. 2) Certificado de cotizaciones previsionales A.F.P. Cuprum, 13 de febrero de 2024. 3) Certificado de cotizaciones de salud Fonasa, 13 de febrero de 2024. 4) Liquidación de remuneraciones julio 2023. 5) Carta de despido indirecto 21 de noviembre 2023. 6) Comprobante de vacaciones de fecha 31 de agosto de 2023. José Soto: 1) Certificado de cotizaciones previsionales A.F.P. PROVIDA, 13 de febrero de 2024. 2) Certificado de cotizaciones de salud Isapre, 13 de febrero de 2024. 3) Certificado de cotización seguro de cesantía A.F.C., 13 de febrero de 2024. 4) Proyecto de liquidación agosto de 2023. 5) Carta de despido indirecto 21 de noviembre

Fundamentos

considerando al efecto como remuneración la suma de $960.120.- b) A JOSÉ SOTO GUICHAPANI: 1. $1.285.977.- por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. 2. $8.812.839.- por concepto de indemnización por años de servicio. 3. $4.406.420.- por concepto de recargo legal del 50% sobre la indemnización anterior conforme al artículo 171 del Código del Trabajo. 4. $3.776.931.- por concepto remuneraciones adeudadas de los meses de agosto, septiembre y octubre todas del año 2023 5. $881.284.- por concepto de 21 días de remuneración del mes de noviembre 2023 6. $377.694.- por concepto de feriado legal proporcional adeudado. 7. $117.300.- por concepto de aguinaldo fiestas patrias. 8. $75.000.- por concepto de bono de vacaciones. 9. Cotizaciones previsionales adeudadas a enterar en AFP ProVida, FONASA y AFC Chile de los meses de septiembre y octubre de 2023 y 21 de noviembre de 2023, oficiándose al efecto. 10. Remuneraciones y demás prestaciones contenidas en el contrato de trabajo desde la fecha del autodespido, esto es el 21 de noviembre de 2023, hasta la fecha que se acredite el pago de las cotizaciones adeudadas, considerando al efecto como remuneración la suma de $1.258.977.- III. Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo más reajustes e intereses conforme lo dispuesto en los artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. IV. Que se rechaza en lo demás la demanda de autos. V. Que cada parte pagará sus costas. VI. Ejecutoriada que sea la presente sentencia cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día, en caso contrario, certifíquese conforme lo dispuesto en el artículo 468 del Código del Trabajo y remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional respectivo. Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad.- Asimismo, una vez sea ejecutoriada la presente sentencia devuélvanse los documentos a las partes a sola petición verbal. Téngase a las partes por notificadas en este acto de la presente sentencia y de todas las resoluciones dictadas en la presente audiencia Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña Lorena Flores Canevaro, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veinte de marzo de dos mil veinticuatro.-

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 10, 41, 42, 54, 58, 63, 67, 73, 162, 163, 171, 172, 173, 420 y siguientes, 453, 454 y siguientes todos del Código del Trabajo, Ley N° 20.720 en especial artículo 60 A, se resuelve: I. Que SE RECHAZA la excepción de prescripción opuesta por la demandada respecto del feriado reclamado por el demandante Faúndez Villalobos. II. Que HA LUGAR a la demandada interpuesta por don MARIO FAÚNDEZ VILLALOBOS y don JOSÉ SOTO GUICHAPANI en contra de la SAN FELIPE S.A., en reorganización concursal, Rut. 89.126.400-3, representada legalmente por don Winston Walton Villanueva y se declara que el autodespido efectuado por Mario Faúndez Villalobos y don José Soto Guichapani con fecha 21 de noviembre de 2023 es justificado por haber incurrido el demandado en la causal del artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, esto es incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, y además procede la sanción de nulidad establecida en el artículo 162 inciso quinto y siguientes del Código del Trabajo. En consecuencia, dicha demandada es condenada a pagar a los demandante las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a) A MARIO FAÚNDEZ VILLALOBOS: 1. $960.120.- por indemnización sustitutiva del aviso previo. 2. $10.561.320.- por indemnización por años de servicio. 3. $5.280.660.- por recargo legal del 50% sobre la indemnización anterior de acuerdo al artículo 171 del Código del Trabajo. 4. $2.880.360.- por remuneraciones d

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 20 DE MARZO DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 7 RUC 23-4-0530769-3 RIT O-8098-2023 MAGISTRADO LORENA FLORES CANEVARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS NATALIA ROJAS CHANDÍA HORA DE INICIO 11:15 HORAS HORA DE TERMINO 12:59 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340530769-3-1349-240320-00 Nº CUSTODIA

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