Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

TRONCOSO/JUMBO SUPERMERCADOS ADMINISTRADORA LIMITADA

Rol

O-1040-2023

Fecha

20 de marzo de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Despido injustificado, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos concretos ni menos ubicación temporal y espacial de ellos. Refiere que el fundamento estaría en los “últimos resultados del local”, sin indicar a que periodo abarca la expresión “últimos”, pudiendo ser este el mes anterior, el semestre anterior, el trimestre anterior, el año anterior o los años anteriores. Respecto de los “resultados del local”, no los cuantifica a través de valores o en último término en expresiones porcentuales. Recordemos que respecto de la causal de necesidades de la empresa se ha dicho: “Del mismo modo, que las necesidades de la empresa que explican el despido pueden ser de índole económica y tecnológica, también una combinación de ambos factores, entendidos de modo amplio, y siempre deben tener alguna gravedad; en tal sentido se ha entendido que un pasajero mal estado económico es riesgo del empresario y no configura la causal, y que entre las necesidades económicas o tecnológicas, por una parte, y el despido, por la otra, debía mediar una relación de causalidad.” Lo anterior sirve para dimensionar la transcendencia de la omisión de datos numéricos o porcentuales de los resultados del local, pues es necesario que la carta exponga esos datos para determinar la gravedad de las mismas, al ser precisamente “la gravedad” un elemento integrante de la causal que se invoca, ergo, es parte de los hechos que deben “imputarse en la comunicación”, que es lo que limita el artículo 454 n°1 inciso segundo del Código del Trabajo en cuanto a los hechos que no pueden ser incorporado durante el curso del juicio sin que exista referencia en la carta. Por otra parte, la carta refiere que estaríamos frente a un “proceso de reestructuración tanto a nivel general (en diversos locales de la empresa), como en el local especifico en el que usted se desempeña (Local Jumbo 506 -Temuco).”, expresión nuevamente carente de contenido fáctico, pues no explica cómo es que se realiza este proceso restructuración y como afecta el puesto de trabajo en particular de mi repre

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: En estos autos, Rit O-1040-2023, comparece doña ODETTE ELIANA TRONCOSO PROVOSTE, asistente administrativo, domiciliada para estos efectos en las Ensallistas n°0609, Comuna de Temuco, interponiendo demanda laboral por despido improcedente, devolución de descuento aporte a la AFC y cobro de prestaciones laborales en procedimiento de aplicación general, en contra de JUMBO SUPERMERCADOS ADMINISTRADORA LIMITADA, del giro de su denominación, representada legalmente por don Rodrigo Undurraga Jara, ignora profesión u oficio, o quien sus derechos representen de acuerdo al artículo 4 del Código del Trabajo, ambos domiciliado para estos efectos en Avenida Alemania n°0671, comuna de Temuco. Funda su demanda en que con fecha 02 de octubre 1995, comenzó a prestar servicios bajo dependencia y subordinación para la demandada en calidad de asistente administrativo, servicios que presté en el supermercado Jumbo ubicado en Avenida Alemania n°0671, comuna de Temuco. Mi contrato era de carácter indefinido. Su jornada laboral era completa, con una remuneración mensual para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo de $1.413.713. Con fecha 30 de noviembre 2023, fue despedida a través de carta, cuya causal invocada es el artículo 161 inciso 1 del Código del Trabajo. La carta señala: “La aplicación de la referida causal se configura, por cuanto la empresa, y en base a los resultados económicos obtenidos en el local en el cual se desempeña, no ha logrado conseguir el punto de equilibrio comercial proyectado, lo cual se basa principalmente en que los ingresos del local se contraponen en menor medida a los gastos de la operación de este, obteniendo un resultado menor al planificado y/o esperado. Por todo lo anterior, es que estamos desarrollando un proceso de reestructuración tanto a nivel general (en diversos locales de la empresa), como en el local especifico en el que usted se desempeña (Local Jumbo 506 -Temuco). Tal como se ha descrito, esta reestructuración obedece a la constante búsqueda de eficiencias en los procesos y procedimientos de la compañía, que en esta oportunidad ha concluido la supresión de las funciones que usted realiza en el cargo de Asistente Administrativo, atendida la racionalización y disminución de la dotación, lo que ha derivado en la desvinculación de un número importante de colaboradores durante el año en ejercicio”. Sostiene que el despido es manifiestamente improcedente pues la carta adolece de una serie de deficiencias, siendo esta vaga y ambigua, careciendo de contenido fáctico. En efecto, la carta no indica hechos concretos ni menos ubicación temporal y espacial de ellos. Refiere que el fundamento estaría en los “últimos resultados del local”, sin indicar a que periodo abarca la expresión “últimos”, pudiendo ser este el mes anterior, el semestre anterior, el trimestre anterior, el año anterior o los años anteriores. Respecto de los “resultados del local”, no los cuantifica a través de valores o en último

Fallo

por estas circunstancias, cuestión que se traduce en que el volumen del comercio mundial de bienes cayó un 17,7%.1 Si bien los números dan cuenta de una incipiente reactivación económica, los especialistas indican que: “Existe una clara posibilidad de que la reactivación del comercio no baste para que este recobre la tendencia anterior a la pandemia. Esto daría lugar a un crecimiento del comercio de mercancías de alrededor del 5% el próximo año, en vez del 20% previsto en el caso de un rápido retorno a la trayectoria anterior”. Respecto de este contexto económico internacional, nuestro Banco Central emitió su pronunciamiento en la publicación del Informe de Política Monetaria de diciembre de 2022, señalado que: “La inflación mundial ha continuado en niveles altos, más allá de cierta moderación en algunos países (gráfico I.1). Los altos registros se han extendido a la parte subyacente de la inflación y han sido impulsados por alzas en los precios de servicios. En EE.UU., ello se explica en parte por las altas presiones salariales en un contexto en que el mercado laboral continúa exhibiendo un importante grado de estrechez. En el Reino Unido, la inflación total aumentó nuevamente y llegó hasta niveles no vistos en más de cuatro décadas. En la Eurozona, la inflación ha permanecido elevada y se ha expandido a ítems del IPC con mayor persistencia. En América Latina, en general, la inflación total ha descendido, no obstante, su componente subyacente ha continuado subiendo en varias

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Temuco, veinte de marzo de dos mil veinticuatro. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: En estos autos, Rit O-1040-2023, comparece doña ODETTE ELIANA TRONCOSO PROVOSTE, asistente administrativo, domiciliada para estos efectos en las Ensallistas n°0609, Comuna de Temuco, interponiendo demanda laboral por despido improcedente, devolución de descuento aporte a la AFC y cobro de prestaciones laborales

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