MUÑOZ/ZAÑARTU CONSTRUCCIONES LIMITADA
Rol
O-7576-2023
Fecha
20 de marzo de 2024
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 63, 73, 77, 161, 162, 163, 168, 173, 420, 446 y siguientes, 453, 454, 456, 457 y 459, todos del Código del trabajo y demás normas legales pertinentes se resuelve: I. Se acoge la acción de despido injustificado interpuesta por ENZO HUMBERTO MUÑOZ SILVA en contra de la empresa ZAÑARTU CONSTRUCCIONES LIMITADA y por tanto se declara que el despido del demandante de 31 de agosto de 2023 es injustificado. II. Se condena a la demandada ZAÑARTU CONSTRUCCIONES LIMITADA a pagar al demandante ENZO HUMBERTO MUÑOZ SILVA: a. Restitución del aporte del empleador al seguro de cesantía correspondiente a $731.421. b. Recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicios correspondiente a $1.019.512. c. Feriado correspondiente a $1.252.574. III. Se rechaza la demanda respecto de la acción de nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales. IV. Las cantidades señaladas en el punto segundo deberán ser objeto de reajustes e intereses según indica el artículo 63 y 173 del Código del trabajo cuando corresponda. V. Sin que la demandada resultara completamente vencida, no se le condena en costas. VI. Una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional para su ejecución en los tiempos y forma dispuesto en el artículo 462 del Código del trabajo. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia don VICTOR MANUEL RIFFO ORELLANA, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veinte de marzo de dos mil veinticuatro.
Fallo
se resuelve: I. Se acoge la acción de despido injustificado interpuesta por ENZO HUMBERTO MUÑOZ SILVA en contra de la empresa ZAÑARTU CONSTRUCCIONES LIMITADA y por tanto se declara que el despido del demandante de 31 de agosto de 2023 es injustificado. II. Se condena a la demandada ZAÑARTU CONSTRUCCIONES LIMITADA a pagar al demandante ENZO HUMBERTO MUÑOZ SILVA: a. Restitución del aporte del empleador al seguro de cesantía correspondiente a $731.421. b. Recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicios correspondiente a $1.019.512. c. Feriado correspondiente a $1.252.574. III. Se rechaza la demanda respecto de la acción de nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales. IV. Las cantidades señaladas en el punto segundo deberán ser objeto de reajustes e intereses según indica el artículo 63 y 173 del Código del trabajo cuando corresponda. V. Sin que la demandada resultara completamente vencida, no se le condena en costas. VI. Una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional para su ejecución en los tiempos y forma dispuesto en el artículo 462 del Código del trabajo. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia don VICTOR MANUEL RIFFO ORELLANA, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA VEINTE DE MARZO DE DOS MIL VEINTICUATRO TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA TRES RUC 23-4-0525567-7 RIT O-7576-2023 MAGISTRADO VICTOR MANUEL RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ARTURO MEDEL HORA DE INICIO 11:23 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:58 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2340525567-7-1349-24
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