23º Juzgado Civil de Santiago

SCOTIABANK CHILE S. A./SOLÍS

Rol

C-909-2023

Fecha

13 de diciembre de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: A folio 1 compareci Luis Eduardo Montes Montes, abogado,ó domiciliado en Avenida Suecia 42, piso 5, comuna de Providencia de esta ciudad, como mandatario, en representaci n convencional conforme aló mandato judicial de Scotiabank Chile, sociedad an nima bancaria, del giroó de su denominaci n, representada legalmente por su gerente general, Diegoó Masola, contador, ambos domiciliados para estos efectos en calle Morandé 226, comuna y ciudad de Santiago, quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é Camila del Rosario Sol s Caroí , ignora profesi n u oficio, domiciliada en calle Pasaje Los Oc anos 432, Villa Sanó é Juan, comuna de Maip de esta ciudadú . A folio 7 se tuvo por interpuesta la demanda, despach ndoseá mandamiento de ejecuci n y embargo.ó A folios 11 y 12 compareci el ejecutado, quien dentro de plazoó opuso a la ejecuci n las excepciones contempladas en los numerales 11 , 7 ,ó ° ° 14 y 4 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil. ° ° í ó A folio 15 se tuvo por opuestas las referidas excepciones, confiri ndoseé traslado de ellas al ejecutante. A folio 16 el ejecutante evacu el traslado conferido solicitando eló rechazo de las excepciones, con costas, en virtud de los argumentos contenidos en su presentaci n, los cuales se tienen por reproducidos.ó A folio 17 se tuvo por evacuado el traslado por la parte ejecutante. Acto seguido, se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió la causa a prueba, fij ndose los hechos substanciales, pertinentes yá Código: YVMNXKGWLEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 controvertidos, sobre los cuales sta debi recaer; resoluci n interlocutoriaé ó ó de prueba que consta debidamente notificada a ambas partes a folios 18 y 19. A folio 21 se cit a las partes para o r sentencia.ó í Y

Fundamentos

Considerando: Primero: Que compareci Luis Eduardo Montes Montes, abogado,ó en representaci n de ó Scotiabank Chile, quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é Camila del Rosario Sol s Caroí , todos ya individualizados, solicitando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargo por la cantidad de 223,1367.- Unidades de Fomento,ó equivalentes en pesos al d a 26 de diciembre de 2022, a la suma deí $7.821.986.- m s los respectivos intereses convencionales, devengados y losá que se devenguen hasta el d a del pago m s los intereses penales, y reajustesí á hasta la fecha del pago efectivo; disponer se le embarguen bienes en cantidad suficiente y, si no pagare, se siga adelante la ejecuci n hasta haceró cumplido pago de todas las sumas adeudadas, todos ellas con costas. Expuso que su representada es due a de los pagar s a la ordenñ é suscritos con fecha 16 de diciembre de 2022, por el Banco Scotiabank Chile, a su vez en representaci n de la parte demandada, en virtud deló mandato conferido por esta ltima en la Cl usula 15 y 16 del Contrato deú á Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes de Educaci n Superior coní é ó Garant a Estatal seg n Ley 20.027, cuya copia acompa a, con vencimientoí ú ñ ambos el 26 de marzo de 2022. 1.- Pagar de monto capital equivalente a 200,8230 Unidades deé Fomento; 2.- Pagar de monto capital equivalente a 22,3137 Unidades deé Fomento. Es del caso se alar que los pagar s antes individualizados no fueronñ é pagados a la fecha de su vencimiento, por lo que el deudor se encuentra en mora desde la fecha de vencimiento respecto del capital. Código: YVMNXKGWLEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 De acuerdo con lo pactado en los pagar s individualizados, el capitalé adeudado devengar a la tasa de inter s m ximo convencional que la leyí é á permite establecer para este tipo de operaciones de cr dito de dinero.é Adem s, se estipul que en el caso de no pago de la deuda a laá ó presentaci n a cobro del respectivo pagar , se capitalizar an los interesesó é í vencidos y la obligaci n devengar a favor del banco, a partir de esa mismaó á fecha, a t tulo de pena, intereses moratorios a la tasa de inter s m ximoí é á convencional fijada por la autoridad a la fecha de suscripci n del pagar , aó é menos que la que rija durante la mora o retardo sea superior, en cuyo caso se cobrar esta ltima.á ú Se dej constancia que dichos pagar s se encuentran garantizados conó é la Garant a Estatal del Fisco de Chile, en conformidad a la Ley 20.027, queí establece normas para el financiamiento de estudios superiores. Las partes pactaron que la obligaci n es indivisible para los herederosó y/o sucesores y se liber al tenedor de la obligaci n de protesto.ó ó Para todos los efectos legales las partes fijaron domicilio en la ciudad de Santiago, someti ndose a la jurisdicci n de sus tribunales de justicia.é ó Las firmas de los suscriptores en los

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió la causa a prueba, fij ndose los hechos substanciales, pertinentes yá Código: YVMNXKGWLEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 controvertidos, sobre los cuales sta debi recaer; resoluci n interlocutoriaé ó ó de prueba que consta debidamente notificada a ambas partes a folios 18 y 19. A folio 21 se cit a las partes para o r sentencia.ó í Y Considerando: Primero: Que compareci Luis Eduardo Montes Montes, abogado,ó en representaci n de ó Scotiabank Chile, quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é Camila del Rosario Sol s Caroí , todos ya individualizados, solicitando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargo por la cantidad de 223,1367.- Unidades de Fomento,ó equivalentes en pesos al d a 26 de diciembre de 2022, a la suma deí $7.821.986.- m s los respectivos intereses convencionales, devengados y losá que se devenguen hasta el d a del pago m s los intereses penales, y reajustesí á hasta la fecha del pago efectivo; disponer se le embarguen bienes en cantidad suficiente y, si no pagare, se siga adelante la ejecuci n hasta haceró cumplido pago de todas las sumas adeudadas, todos ellas con costas. Expuso que su representada es due a de los pagar s a la ordenñ é suscritos con fecha 16 de diciembre de 2022, por el Banco Scotiabank Chile, a su vez en representaci n de la parte demandada, en virtud deló manda

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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-909-2023 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./SOL SÍ Santiago, trece de Diciembre de dos mil veintitr s.é Visto: A folio 1 compareci Luis Eduardo Montes Montes, abogado,ó domiciliado en Avenida Suecia 42, piso 5, comuna de Providencia de esta ciudad, como mandatario, en representaci n convencional conforme

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