COSEJO DE DEFENSA/
Rol
V-354-2022
Fecha
11 de diciembre de 2023
Materia
EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, comparece JOSÉ ROLANDO NAHUELPI CALFUÑIR, cédula nacional de identidad número 12.208.269-5, JUAN ALBERTO NAHUELPI CALFUÑIR, cédula nacional de identidad número 12.208.268-7, MARÍA TERESA NAHUELPI CALFUÑIR, cédula nacional de identidad número 14.223.613-3, CLAUDIO ROMAN NAHUELPI CALFUÑIR, cédula nacional de identidad número 14.223.614-1 y NELSÓN RODRIGO NAHUELPI CALFUÑIR, cédula nacional de identidad número 12.208.268-7, todos herederos y continuadores legales de don ALBERTO NAHUELPI ÑANCO y solicitan se decrete el giro de cheque pertinente, correspondiente a la expropiación del Lote N°23 de una superficie de 470, metros cuadrados, necesarios para la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO CAMINO BASICO INTERMEDIO ACCESO QUILAS BAJAS, COMUNA DE FREIRE, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA” que se encuentran ubicados en la comuna de Freire. Teniendo el inmueble el rol de avalúo 311-194 de la comuna de Freire, siendo de acuerdo a éste su aparente propietario NAHUELPI NANCO ALBERTO. La petición se funda en el hecho que son dueños del lote expropiado, por ser continuadores legales de NAHUELPI NANCO ALBERTO.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 19 consta certificación de fecha 24/10/2023 que da cuenta de no haber comparecido terceros haciendo valer derechos sobre el monto de la indemnización o haciendo valer derechos reales que hayan sido constituidos con anterioridad al acto expropiatorio que puedan limitar el dominio del expropiado. Lo anterior en conformidad a lo dispuesto en el artículo 23 del DL. 2186. A su vez, a folio 6, con fecha 24/01/2023 se certifica que existe consignación por la suma de $3.632.284.-, según boleta de depósito N°5000920599 de fecha 29/12/2022. SEGUNDO: Que a folio 20, con fecha 24/10/2023 se agrega informe del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco en el que se remite copia autorizada de inscripción especial de herencia con dominio vigente respecto del inmueble expropiado, propiedad inscrita a fojas 1720 N°163 del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco año 2023, dando de ese modo cumplimiento a lo dispuesto en el Acta 87- 2014 de la Excelentísima Corte Suprema sobre instrucciones para el giro de cheque en procedimientos de expropiación. En mérito de lo precedentemente Código: RMWNXKHGMXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl expuesto consta que los solicitantes son dueños de la propiedad expropiada. De igual forma a folio 14 consta acreditación de poder ante el Ministro de Fe del tribunal, por el cual actúan los solicitantes.- TERCERO: Que a folio 17, con fecha 18/10/2023, rola certificado de la Tesorería General de la República de Chile, el cual da cuenta que actualmente el inmueble no registra deuda. CUARTO: Que en consecuencia se cumplen todos los requisitos legales que hacen procedente el pago al peticionario y expropiado de la indemnización provisional consignada en esta causa, como se dirá.
Fallo
En mérito de lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978 sobre Procedimiento de Expropiaciones y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE RESUELVE: Que HA LUGAR a la solicitud de folio 22, y en consecuencia EFECTÚESE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA a nombre de: JOSÉ ROLANDO NAHUELPI CALFUÑIR, cédula nacional de identidad número 12.208.269-5, por la suma de $726.457.- JUAN ALBERTO NAHUELPI CALFUÑIR, cédula nacional de identidad número 12.208.268-7, por la suma de $726.457.- MARÍA TERESA NAHUELPI CALFUÑIR, cédula nacional de identidad número 14.223.613-3, por la suma de $726.457.- CLAUDIO ROMAN NAHUELPI CALFUÑIR, cédula nacional de identidad número 14.223.614-1 y por la suma de $726.457.- NELSÓN RODRIGO NAHUELPI CALFUÑIR, cédula nacional de identidad número 12.208.268-7 por la suma de $726.456.- Con cargo a la boleta de depósito N°5000920599 de fecha 29/12/2022. Lo anterior, de conformidad a lo dispuesto en el Auto acordado n° 87-2014 de la Excelentísima Corte Suprema sobre instrucciones para el giro de cheque en procedimientos de expropiación. Una vez firme y ejecutoriada la sentencia, efectúese petición de trasferencia a través de oficina judicial virtual indicando los datos bancarios de la beneficiada. Anótese, regístrese, notifíquese y dese copia al interesado. Pronunciada por Natalia Estefany Ferrada Retamal, Juez Suplente del Primer Juzgado Civil de Temuco. Código: RMWNXKHGMXH Este documento tiene firma electrónica
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-354-2022 CARATULADO : COSEJO DE DEFENSA/ Temuco, once de Diciembre de dos mil veintitr sé VISTOS: Que, comparece JOSÉ ROLANDO NAHUELPI CALFUÑIR, cédula nacional de identidad número 12.208.269-5, JUAN ALBERTO NAHUELPI CALFUÑIR, cédula nacional de identidad número 12.208.268-7, MARÍA TERESA NAHUELPI CALFUÑIR, cédula n
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