Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

GONZÁLEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO

Rol

O-247-2023

Fecha

18 de marzo de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en los autos R.I.T.O-247-2023, RUC N° 23-4-0467093-K por despido carente de causa y cobro de prestaciones, solicitado en procedimiento de aplicación general. La demanda fue entablada por LEONARDO GONZALEZ CASTRO, médico cirujano, domiciliado en calle Padre Hurtado N° 621, comuna de Maipú, quien lo hizo asistido con la abogada doña Ana Eugenia Fullerton Castro. La demandada ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO, persona jurídica de derecho público, representada por don su alcaldesa doña Javiera Reyes Jara, ambos domiciliados en Avenida Central Cardenal Raúl Silva H 8321, comuna de Lo Espejo, compareció asistida por el abogado don Juan Paulo Isla Hernández. OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña LEONARDO GONZALEZ CASTRO interpuso demanda –en procedimiento de aplicación general- en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO con el objeto que

Fallo

se declararse que entre su parte y la demandada existió una relación laboral, que su despido fue carente de causal legal por lo que aquella debía pagar a su parte las siguientes indemnizaciones y prestaciones, todas las cuales reclama debidamente reajustadas, con intereses y las costas de la causa; a saber: a) $ 2.901.000 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; b) $ 14.505.000 por concepto de indemnización por años de servicio; c) $ 7.252.500 por concepto de recargo legal correspondiente al 50% de conformidad a lo establecido en el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo; d) $1.450.000 por concepto de feriado; e) Cotizaciones de seguridad social correspondientes al periodo en que estuvo vigente la relación laboral; f) Remuneraciones y demás prestaciones derivadas de lo establecido en el artículo 162 del Código del Trabajo. Funda su demanda indicando que comenzó a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia de la demandada con fecha 01 de septiembre de 2017 no obstante lo cual le fueron escriturados una serie de contratos a honorarios. Indica que prestó funciones de médico de urgencia en el SAR ( Servicio de Alta resolución) Julio Acuña Pinzón, servicios que fueron prestados en un sistema de turnos SAPU, que en el caso de la demandada se denomina SAPU corto el que funciona 67 horas semanales de lunes a viernes desde las 17:00 a las 24:00 horas y sábados, domingos y festivos desde las 17:00 a las 24:00 horas y sábados, domingos y fest

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO: Aplicación General MATERIA: Despido carente de causal. DEMANDANTE: Leonardo González Castro. DEMANDADO: Ilustre Municipalidad de Lo Espejo. RUC: 23-4-0467093-k RIT: O-247-2023 _________________________________________/ San Miguel, dieciocho de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llevó a efecto audiencia de juicio o

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