SCHNEEBERGER SANDOVAL
Rol
V-169-2023
Fecha
11 de diciembre de 2023
Materia
VEHÍCULOS MOTORIZADOS, INSCRIPCIONES EN REGISTRO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: 1.- A folio 1, con fecha 26-07-2023, comparece GERARDO ALIRO SCHNEEBERGER SANDOVAL, RUT: 15.242.405-1, Chileno, Soltero, Trabajador Dependiente, con domicilio en calle Pasaje Piden N° 02480, Villa Arboleda del Portal, de la ciudad y comuna de Temuco, quien viene en solicitar la reinscripción en el Registro de Vehículos Motorizados, dependiente del Servicio de Registro Civil e Identificación, del vehículo de su propiedad consistente en un Vehículo Tipo AUTOMOVIL, Marca FIAT, Modelo 125, Motor Nº 440528, Nº Chasis Nº 125B-0457047, Año de Fabricación 1971, Color CELESTE, Placa Patente Única FU.9893-7, en atención a las consideraciones de hecho y de derecho que expone en su presentación: Refiere, que adquirió el vehículo individualizado de su anterior propietario don ISMAEL DEL TRÁNSITO ESPINOZA URRA, RUT: 1.557.966-7, Chileno Casado, domiciliado en Calle Reusch N° 479 de la comuna y ciudad Temuco, por intermedio de la don JUAN FERNANDO VASQUEZ RIVAS, RUT: 4.842.599-2, Chileno, Casado, Jubilado, con domicilio en calle Manuel Rodríguez N° 404, de la comuna y ciudad Temuco, quien por instrucciones del propietario le otorgó un contrato de compraventa con la respectiva firma, como vendedor comisionista, el cual se acompaña a esta presentación para celebrar la compraventa; ya que por las condiciones mecánicas que presentaba el vehículo a la fecha; y por ende, toda su documentación atrasada, estaba impedido de dar curso formal al Contrato Notarial de Compraventa, el cual quedó pendiente, por tales circunstancias, inoponibles a su persona. Señala, su adquisición se produjo en virtud de una transacción consensual y contrato privado, con fecha 03 de Agosto del año 2004, para cuando contará con los medios económicos para el pago de los impuestos y derechos notariales de rigor, por su parte como comprador; y respecto del vendedor, cuando lo tuviera en condiciones mecánicas óptimas el vehículo materia de autos, con la documentación al día. Código: TWZKXKHXTFG Este documen
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 26-07-2023, comparece GERARDO ALIRO SCHNEEBERGER SANDOVAL, debidamente representado, quien viene en solicitar la reinscripción en el Registro de Vehículos Motorizados, dependiente del Servicio de Registro Civil e Identificación, del vehículo de su propiedad consistente en un Vehículo Tipo AUTOMOVIL, Marca FIAT, Modelo 125, Motor Nº 440528, Nº Chasis Nº 125B-0457047, Año de Fabricación 1971, Color CELESTE, Placa Patente Única FU.9893-7, ordenando al Registro Nacional de Vehículos Motorizados inscribirse a su nombre el vehículo y la sentencia que se dicte al efecto debe ser Código: TWZKXKHXTFG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl comunicada al Servicio de Registro Civil e Identificación, a fin de que proceda a practicar dicha reinscripción. SEGUNDO: Que, el artículo 49 de la Ley N° 18.290 prescribe que el Juez Civil del domicilio del requirente podrá ordenar la inscripción de un vehículo motorizado previa solicitud directa del requirente o por reclamación de una resolución de rechazo del Director del servicio. TERCERO: Que, del análisis conjunto del artículo 45 y 49 de la ley citada, para dar lugar a la solicitud de inscripción judicial de un vehículo, deben concurrir los siguientes requisitos copulativos: 1) Que el solicitante haya adquirido un vehículo motorizado por acto entre vivos o por sucesión por causa de muerte; 2) La emisión de un informe técnico por la Secretaria Regional Ministerial correspondiente del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que contenga los datos identificatorios del vehículo; 3) La obtención de oficio por parte de la Sección de Encargo y Búsqueda de Vehículo de Carabineros de Chile que informe encargos de robo o hurto sobre el vehículo; y, 4) Que se remita el expediente al Servicio de Registro Civil e Identificación para su respectivo informe. CUARTO: Que a fin de acreditar los fundamentos de su pretensión el solicitante acompañó en autos los siguientes documentos: A folio 4: 1.- Certificado de inscripción y anotaciones vigentes del vehículo PPU FU.9893-7. 2.- Certificado de defunción de Ismael del Transito Espinoza Urra. 3.- Certificado de matrimonio de Ismael del Transito Espinoza Urra. 4.- Copia de contrato de compraventa Rep 7648-05 Notaría Juan Antonio Loyola Opazo. 5.- Certificado de deuda del vehículo P.P.U. FU9893, de propiedad de ESPINOZA URRA ISMAEL DEL TRANSITO. A folio 6: 6.- Certificado de inspección visual Nº CIV 091400971, de fecha 14.08.2023, de la P.R.T. THÜV Rheinland Andino S.A. Código: TWZKXKHXTFG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl QUINTO: Que respecto al primer presupuesto mencionado en el considerando tercero, se tiene por acreditado que el solicitante adquirió el vehículo por compraventa efectuada entre don Ismael del Transito Espinoza Urra, como vendedor y don Gerardo Aliro Schneeberger Sandoval, como comprador,
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 38, 40, 43 de la Ley 18.290, artículo 10 y 11 del Decreto Supremo N° 1.111/09.03.1985, Decreto Supremo N°444 del año 1986, y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Que, HA LUGAR a la solicitud de folio 1 de fecha 26-07-2023 y, en consecuencia, se ordena inscribir en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados dependiente del Servicio de Registro Civil e Identificación a nombre de GERARDO ALIRO SCHNEEBERGER SANDOVAL, RUT: 15.242.405-1, el vehículo motorizado objeto de su petición, consistente en el TIPO: Automóvil; MARCA: Fiat; Modelo: 125; Año de Fabricación: 1971; Color: Celeste; Motor N°: 440528; Chasis N° 125B0457047; PPU: FU9893-7; peso bruto vehicular no informado, Tipo de combustible: Gasolina. El solicitante deberá acreditar el pago de impuesto a la transferencia, al momento de la inscripción. Una vez ejecutoriada la presente resolución, practíquese la inscripción ordenada. Código: TWZKXKHXTFG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Para efectos de la inscripción correspondiente estese a lo dispuesto en el artículo 56 inciso 3° del Código de Procedimiento Civil, a saber, “Las inscripciones, subinscripciones o cancelaciones dispuestas por resolución judicial, podrán ser solicitadas al registro correspondiente directamente por la parte interesada, sin necesidad de receptor judicial. Regístrese y notifíques
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-169-2023 CARATULADO : SCHNEEBERGER SANDOVAL Temuco, once de Diciembre de dos mil veintitr sé VISTOS: 1.- A folio 1, con fecha 26-07-2023, comparece GERARDO ALIRO SCHNEEBERGER SANDOVAL, RUT: 15.242.405-1, Chileno, Soltero, Trabajador Dependiente, con domicilio en calle Pasaje Piden N° 02480, Villa Arboleda del Portal
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