1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

REY/OJEDA

Rol

M-4535-2023

Fecha

18 de marzo de 2024

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce. El Tribunal propone como base de acuerdo la suma de $1.000.000.- La parte demandada no tiene instrucciones para conciliar. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Existencia de relación laboral entre la demandante y la demandada, fecha inicio y condiciones bajo las que se pactó y ejecutó. 2. Efectividad que la demandada despidió con fecha 6 de septiembre del 2023 al Señor Rey. Circunstancias que rodean al hecho. 3. Situación del feriado legal y proporcional demandado, en caso de haber sido utilizado época de su uso, o en su defecto, montos a compensar. 4. Efectividad que el demandante trabajó más allá de la jornada legal o pactada en la afirmativa, época de ello, cuantía. 5. Situación de las cotizaciones previsionales del actor al momento del término en los servicios, en caso de estar pagados, época del pago, montos involucrados e identidad del pagador. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE RECLAMANTE OFRECE E INCORPORA: folio 66 Documental: 1. Reclamo ante la Inspección del Trabajo de fecha 7 de septiembre de 2023 2. Acta de comparendo de fecha 24 de octubre de 2023 3. Set de dos pantallazos de Whatsapp. 4. Certificado de cotizaciones de FONASA. El tribunal tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental. Confesional: Previa individualización, declara doña Deyanira Dominik Ojeda Bustos, RUN 20.228.169-9, bajo apercibimiento legal. Testimonial: Previo juramento, declara doña Ana Julia Herradez Martínez Cédula de Identidad de Venezuela N° 18.067.626. PARTE RECLAMADA NO OFRECE NI INCORPORA. OBSERVACIONES A LA PRUEBA: Consta íntegramente en audio. Dictación de sentencia. La sentencia se dictará conforme a lo expuesto en el Artículo 63 del acta 71 del Excelentísima Corte Suprema los

Fundamentos

fundamentos quedarán registrados en audio solo los resolutivos de la sentencia que era disponible entonces en el sistema. SENTENCIA En Santiago, a dieciocho de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos, oídos y considerando: PRIMERO: que ha comparecido ante a este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, ALEXANDER REY DÍAZ, cédula o número de identificación de Venezuela número 142 94 264, domiciliado en la Villa número 2.123 de la comuna de Puente Alto, interponiendo demanda en procedimiento monitorio en contra DEYANIRA DOMINIK OJEDA BUSTOS, cédula de identificación N° 20.228.169-9, con domicilio en Punta Arenas 8288, comuna de la Florida.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1,3,5,6,7,8,9,10,11, 41, 42, 54, 58, 63, 71, 73, 150, 162, 168, 172, 173, 415, 420, 423, 496 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por ALEXANDER CLARET REY DIAZ, número de identificación 14294264 en contra de DEYANIRA DOMINIK OJEDA BUSTOS, cédula de identificación N° 20.228.169-9, solo en cuánto se declara la existencia de la relación laboral entre el demandante y la demanda, desde el primero de septiembre del 2023 hasta el 6 de septiembre del 2023. II. Que habiendo sido el demandante despedido sin el cumplimiento de las formalidades legales, se declara el despido entonces como injustificado y por lo tanto corresponderá que la demandada pague por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo la suma de $726.000.- III. Que además la demandada deberá pagar cotizaciones previsionales correspondientes a FONASA, AFC 1 y AFC CHILE 2 debiendo para este caso el demandado al demandante abrírsele una cuenta y un Rut respectivo, conforme a la base remuneratoria que se ha estableció y por el monto ya referido. IV. Que en todo lo demás se rechaza la demanda. No se condena en costas a la demandada, por no haber sido completamente vencida. ROL INTERNO M-4535 DEL 2023 ROL ÚNICO DE CAUSAS 23 - 4 0527264-4 Dictada por EDUARDO RAMÍREZ URQUIZA. Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las sumas ordenadas pagar se deberán están sujetas los

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Santiago, 18 de marzo de 2024 RUC 23- 4-0527264-4 RIT M-4535-2023 CARATULADO REY/OJEDA MAGISTRADO EDUARDO ALEJANDRO RAMIREZ URQUIZA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Natalia Segovia Beas HORA DE INICIO 09:17 HORA DE TERMINO 09:47 SALA 2.3 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340527264-4-1348 PARTE RECLAM

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