2º Juzgado de Letras de la Serena

IRRAZABAL CAMACHO YANINNA ANDREA

Rol

V-163-2022

Fecha

11 de diciembre de 2023

Materia

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Primero: Que el 27 de julio de 2022 folio 1, en lo principal de su presentación compareció Yaninna Andrea Irrazabal Camacho, chilena, casada, c.i.15.004.159-7, domiciliada en calle Montegrande N°2647, Doña Gabriela, La Serena, quien solicita el cambio de apellido de su hija POLETH ARELIE FLORES IRRAZABAL, nacida el 10 de enero de 2018, 4 años, c.i.26.066.639-8, cambiando el apellido Flores por Camacho. Agrega, que su hija no mantiene ningún tipo de relación con su padre, Esteban Eduardo Flores Vargas, por situaciones que han supuesto vulneraciones gravísimas para la integridad física y psíquica de la familia. Donde la niña se ha visto expuesta a violencia psíquica y física que el padre ha ejercido en su contra. La vida en pareja era compleja desde el embarazo, por infidelidades y ser él celoso. Desde septiembre de 2018 vivió experiencias violentas, siendo hostigada constantemente. Todo ello quedó de manifiesto en causa RIT N°1733-2020 del Juzgado de Garantía de La Serena, quedando el imputado con la prohibición de acercarse a la hija y a ella. Por lo anterior, el hizo abandono para siempre del hogar familiar, quedando su hija a su cuidado. Desde ese instante, nunca más participó en la vida de su hija, ella ha sido quien se ha encargado de todos los aspectos de su crianza y cuidado. De hecho, ella no lo reconoce como padre, tampoco se identifica con el apellido Flores ni con la familia paterna. Nunca ha mostrado interés alguno en visitarla, hablar, aunque sea telefónicamente o compartir fechas especiales con ella. Tampoco cumple su obligación de pago de alimentos, siendo ella quien sostiene el hogar familiar completamente. El poder cambiar el nombre de Flores por Camacho, servirán para poder cerrar un doloroso capítulo, para ella es importante desligarse completamente de la historia familiar que se vivió con el padre y también con la familia Flores, los que no personas presentes en la vida de Poleth. Y concurriendo los presupuestos legales para otorgar e

Fundamentos

motivos esgrimidos con el documento acompañado en el segundo otrosí de la presentación de fecha 27 de julio de 2022 folio 1, la información sumaria de testigos rendida con fecha 27 de octubre de 2022 folio 5, con este mismo objetivo, en la que comparecen dos testigos que dicen conocer a la peticionaria y a su hija, dando cuenta además de los problemas de violencia intrafamiliar entre Yaninna Andrea Irrazabal Camacho con el padre de Poleth y que desde la separación de los padres, ella perdió todo contacto con Esteban Eduardo Flores Vargas, por tal motivo no se identifica para nada con el apellido “Flores”, además la niña se está criando al amparo de la familia materna. Tercero: Que consta del certificado de fecha 13 de marzo de 2023 folio 15, que no ha habido oposición alguna a la petición de autos. Con todo y estando los antecedentes señalados en concordancia además con lo informado por el Servicio de Registro Civil e Identificación N°1625 de fecha 12 de abril de 2023 folio 20, por lo que no obsta sino acoger la petición de lo principal de folio 1, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y lo dispuesto en la Ley 17.344,

Fallo

Por tanto, en mérito de lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 1°, letra b) de la Ley N° 17.344 solicita el cambio de apellido de su hija de Flores Irrazabal, a Camacho Irrazabal. Segundo: Que con lo relacionado, se acreditan los motivos esgrimidos con el documento acompañado en el segundo otrosí de la presentación de fecha 27 de julio de 2022 folio 1, la información sumaria de testigos rendida con fecha 27 de octubre de 2022 folio 5, con este mismo objetivo, en la que comparecen dos testigos que dicen conocer a la peticionaria y a su hija, dando cuenta además de los problemas de violencia intrafamiliar entre Yaninna Andrea Irrazabal Camacho con el padre de Poleth y que desde la separación de los padres, ella perdió todo contacto con Esteban Eduardo Flores Vargas, por tal motivo no se identifica para nada con el apellido “Flores”, además la niña se está criando al amparo de la familia materna. Tercero: Que consta del certificado de fecha 13 de marzo de 2023 folio 15, que no ha habido oposición alguna a la petición de autos. Con todo y estando los antecedentes señalados en concordancia además con lo informado por el Servicio de Registro Civil e Identificación N°1625 de fecha 12 de abril de 2023 folio 20, por lo que no obsta sino acoger la petición de lo principal de folio 1, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y lo dispuesto en la Ley 17.344, se resuelve: Que en consecuencia de lo señalado el Señor Oficial del

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Foja: 1 FOJA: 36 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de la Serena CAUSA ROL : V-163-2022 CARATULADO : IRRAZABAL CAMACHO YANINNA ANDREA La Serena, once de Diciembre de dos mil veintitrés Vistos: Primero: Que el 27 de julio de 2022 folio 1, en lo principal de su presentación compareció Yaninna Andrea Irrazabal Camacho, chilena, casada, c.i.15.004.159-7, domiciliada e

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