1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CLINICA BICENTARIO S.P.A/TORO

Rol

I-51-2024

Fecha

18 de marzo de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · CONCILIACION (llamado) X · 1. TOTAL - · 2. PARCIAL - · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA - · SENTENCIA X TRIBUNAL RESUELVE ESCRITOS PENDIENTES: Al escrito “Acompaña medios de prueba” de la parte de abogados terceros, el tribunal provee: téngase presente incorpórese a la audiencia de juicio en la etapa procesa que corresponda. Al escrito “Téngase presente” de la parte Reclamante, el tribunal provee: téngase por cumplido lo ordenado y por incorporado al sistema la prueba documental con esta fecha para los efectos de la ley de tramitación electrónica. Al escrito “Acompaña medios de prueba” de la parte abogados terceros, el tribunal provee: téngase por cumplido lo ordenado y por incorporado al sistema la prueba documental con esta fecha para los efectos de la ley de tramitación electrónica. Al escrito “Acompaña documentos” de la parte Reclamada, el tribunal provee: Estese a lo resuelto precedentemente de la parte demandante y 3 coadyuvante. Al escrito “Cumple lo ordenado” de la parte Reclamada, el tribunal provee: téngase presente incorpórese a la audiencia de juicio en la etapa procesa que corresponda. Al escrito “Téngase presente” de la parte Reclamante, el tribunal provee: téngase por evacuado el traslado; el tribunal resuelve; téngase presente la delegación de facultades para absolver posiciones para todos los efectos legales; al otrosí, téngase por acompañado RELACION DE LOS HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Consta íntegramente en audio. TRASLADO DEMANDADA TERCERO COADYUVANTE: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce. El Tribunal propone como base de acuerdo mantener la multa en un 50% En relación a la materia el tribunal da por frustrada la conciliación. Entendiendo que la reclamada no cuenta con instrucciones atendida la naturaleza infraccional de la materia. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Que se le curso la multa a la parte reclamante N° ° 6354/23

Fundamentos

motivos plausibles para litigar. Estimando esta sentenciadora que no existen hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos que sean necesarios acreditar para resolver el asunto sometido a este tribunal, se omite recibir la causa prueba como anteriormente se indicó y se procederá a instar sentencia definitiva de inmediato en los términos previstos por el tribunal. Se deja constancia que el Tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 del acta 71, se transcribirá sólo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en registro de audio. SENTENCIA En Santiago, a quince de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos, oídos y considerando Comparece ante este tribunal, don MARCO ANTONIO ROSSO BACOVIC, abogado, cédula nacional de identidad 6.979.537-4, domiciliado Mac-iver, número 225, piso 20 Comuna de Santiago, en representación judicial de Clínica Bicentenario S.P.A., antes Clínica Bicentenario Sociedad Anónima, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario 96.885.930-7 y deduce reclamación judicial en contra de Claudia Andrea Toro, ROA, jefe de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Poniente, con domicilio en calle Nésturno, 856, Comuna de Lo Prado. Solicitando que se deje sin efecto la multa número N° 6354/23/16 de fecha 26 de diciembre del año 2023, suscrita por doña Cynthia Betsabet Cofré Soto

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos decidir el asunto sometido a la decisión de este tribunal. Atendidos los puestos y los dispuestos en los artículos 1, 2, 3, 5, 503, 501, 446, 452,453 numero 3 inciso segundo, 1698 del Código Civil, Artículo 5, 6 y 7 de la Constitución Política de la República, ley 19.880 Artículo 3 y siguientes decreto con fuerza de ley número 2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, artículo 3 y siguiente, punto y coma se resuelve: I) Que se acoge la demanda deducida por don MARCO ANTONIO ROSSO BACOVIC en representación de Clínica Bicentenario S.P.A. y en contra de Claudia Andrea Toro Roa, jefa de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO PONIENTE y en consecuencia se deja sin efecto la multa N° 6354/23/16 de fecha 26 de diciembre del año 2023, cursada por doña Cynthia Betsabet Cofré Soto en todas sus partes; II) Que no se condena en costa la parte reclamada y al tercero coadyuvante por haber obrado con motivos plausibles para litigar. Dictada la audiencia doña CLAUDIA ELISA TAPIA TAPIA, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT I-51-2024 RUC  24-4-0543392-K Dirigió la audiencia doña CLAUDIA ELISA TAPIA TAPIA, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Reclamo (Audiencia Presencial) FECHA 15/03/2024, Santiago RUC 24- 4-0543392-K RIT I-51-2024 CARATULADO CLINICA BICENTARIO S.P.A/Toro MAGISTRADO CLAUDIA ELISA TAPIA TAPIA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Jessica Vildo HORA DE INICIO 10:59 HORA DE TERMINO 12:00 SALA 5.3 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440543392-K-134

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