ÁLVAREZ/
Rol
V-621-2018
Fecha
6 de diciembre de 2023
Materia
CURADOR, NOMBRAMIENTO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1° Que comparece en autos el doña JUANA BRUNILDA ALVAREZ MESAS, cédula de identidad N° 8.516.249-7, trabajadora independiente, podóloga, domiciliada en Pasaje Apóstol Juan N°2698, Parque San Francisco, de la comuna de Puente Alto, solicitando se declare la interdicción definitiva de don ERNESTO ROBINSON RIVERA ALVAREZ, cédula nacional de identidad N°8.536.368-9, Pasaje Apóstol Juan N°2698, Parque San Francisco, de la comuna de Puente Alto, y se le nombre como su curadora. Señala que es prima de la persona respecto de quien se solicita su declaración de interdicción, por sufrir de síndrome de Down, con un grado de discapacidad mental intelectual y física de un 70,00%, según consta de la documentación que acompaña. 2° Atendido lo que dispone el artículo 4° de la Ley 18.600 en relación a la Ley 20.422, los artículos 456 y siguientes del Código Civil, teniendo especial consideración de los antecedentes aportados, esto es: - Certificación de nacimiento del solicitado don Ernesto Robinson Rivera Álvarez, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación (fol. 1); - Certificación de Discapacidad del solicitado don Ernesto Robinson Rivera Álvarez, emitido por el Servicio de Registro Civil (fol. 1); - Certificado de nacimiento de la solicitante, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación (fol. 1); - Copia de Credencial de Discapacidad del solicitado don Ernesto Robinson Rivera Álvarez, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación (fol. 1); - Certificación de discapacidad del solicitado, emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (fol. 1). - Certificado de nacimiento de los padres de la solicitante, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación (fol. 4); Asimismo, constando haberse efectuado audiencia en la que se entrevista al presunto interdict8, por el Juez pertinente, quien pudo apreciar por sus sentidos en su estado de salud. 3° Que de los antecedentes consta que la solicitante es la persona adecuada para asumir la curaduría de la solicitada, si bien no fue posible acreditar con la documentación necesaria, su condición de prima del solicitado, manifiesta su intención de hacerlo, es señalada como la persona idónea por los parientes que así lo declararon en autos y no haber oposición de parientes ni de terceros. Se acoge la solicitud y
Fallo
se declara: I.- A don ERNESTO ROBINSON RIVERA ALVAREZ, cédula nacional de identidad N°8.536.368-9, Pasaje Apóstol Juan Código: GCXXXKSMNYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl N°2698, Parque San Francisco, de la comuna de Puente Alto, interdicto por padecer incapacidad Mental Psíquico y física. II.- Que, en tal condición, se priva a don ERNESTO ROBINSON RIVERA ALVAREZ de la libre administración de sus bienes. III.- Que, se nombra a JUANA BRUNILDA ALVAREZ MESAS, chilena, cédula de identidad N° 8.516.249-7, trabajadora independiente podóloga, domiciliada en Pasaje Apóstol Juan N°2698, Parque San Francisco, de la comuna de Puente Alto, en el cargo de Curadora Definitiva y representante de su primo discapacitado. Aceptado que sea el cargo, sirva copia de este fallo de suficiente título y discernimiento. IV.- Que se exime a la demandante de reducir el presente decreto a escritura pública y del deber de prestar fianza, sirviendo una copia de esta resolución como suficiente título de discernimiento. V.- Se exime a la solicitante de hacer facción de inventario solemne, debiendo la curadora llevar un apunte privado de los bienes del interdicto. 2° Se ordena la inscripción por medio de Receptor Judicial del presente decreto en el Registro respectivo del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto y, además, se ordena que se realicen las tres publicaciones legales en un diario de circulación nacional, sirviendo la pre
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Puente Alto CAUSA ROL : V-621-2018 CARATULADO : ÁLVAREZ/ Puente Alto, seis de Diciembre de dos mil veintitrés VISTOS Y CONSIDERANDO: 1° Que comparece en autos el doña JUANA BRUNILDA ALVAREZ MESAS, cédula de identidad N° 8.516.249-7, trabajadora independiente, podóloga, domiciliada en Pasaje Apóstol Juan N°2698, Parque San Francisco, de
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