MOLINA/
Rol
V-129-2022
Fecha
30 de enero de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos A folio 1, comparece do a Gueda Elizabeth Molina Mes as, due a de casa,ñ í ñ domiciliada calle Mar a Auxiliadora N° 794, comuna de San Miguel; quien solicitaí se ordene al se or Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel, la inscripci n deñ í ó la cesi n de derechos hereditarios de un bien inmueble que le fueron otorgados aó t tulo de compensaci n econ mica, en atenci n a los argumentos de hecho y deí ó ó ó derecho que a continuaci n exponeó Se ala que por sentencia de fecha 19 de junio del a o 2014, el 1° Juzgadoñ ñ de Familia de San Miguel dict sentencia de divorcio, poniendo t rmino aló é matrimonio contra do entre su persona y don Manuel Gabriel Oliver Seigneur,í condenando a este ltimo, al pago de una compensaci n econ mica a su favor.ú ó ó Dicha sentencia, que se acompa a en el segundo otros de su presentaci nñ í ó estableci :ó “II.- Que se ACOGE la demanda reconvencional de compensaci n econ micaó ó interpuesta por do a AGUEDA ELIZABETH MOLINA MESIAS, en contra de donñ MANUEL GABRIEL OLIVER SEIGNEUR, ambos ya individualizados, en consecuencia ste ltimo deber ceder a la primera los derechos hereditarios de losé ú á que sea titular respecto del inmueble ubicado en ubicada en Mar a Auxiliadoraí 794-796, de la comuna de San Miguel, cuyo t tulo rola inscrito a fojas 4772 vta.,í N°5542, del a o 1988, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienesñ Ra ces de San Miguel, los que deber n ser reducidos a escritura p blica en uní á ú Código: PVNHXLGNQWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 plazo de 60 d as contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada, y cuyaí confecci n y costo ser de cargo del demandado reconvencional”.ó á “(…) Pract quese la inscripci n y subinscripci n correspondiente una vezí ó ó ejecutoriada la sentencia” (El subrayado es nuestro). Indica que con fecha 27 de agosto del a o 2014, la sentencia se aladañ ñ precedentemente, fue confirmada por la Il
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que a folio 1, comparece do a Gueda Elizabeth Molina Mes asñ í due a de casa, domiciliada calle Maria Auxiliadora N° 794, comuna de Sanñ Miguel; quien solicita se ordene al se or Conservador de Bienes Ra ces de Sanñ í Miguel, la inscripci n de la cesi n de derechos hereditarios de un bien inmuebleó ó que le fueron otorgados a t tulo de compensaci n econ mica, en atenci n a losí ó ó ó argumentos de hecho y de derecho que se se alan en la parte expositiva de estañ sentencia, las que por este acto se tienen por ntegramente reproducidas, porí razones de econom a procesalí Código: PVNHXLGNQWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Segundo: Que consta en autos que se solicitaron informes al Sr. Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel y Defensor P blico, siendo estosí ú evacuados a folios 9 y 16 respectivamente, en los t rminos se alados en la parteé ñ expositiva de esta sentencia. Tercero: Que, al informar al tenor de la solicitud, el Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel, indic que se ha abstenido de inscribir la escrituraí ó p blica de cesi n de derechos de fecha 13 de agosto de 2021, en atenci n a queú ó ó los derechos de don Eduardo Oliver Suazo se mantienen vigentes , por no encontrarse tramitada la posesi n efectiva.ó Cuarto: Que, para acreditar los asertos vertidos en su solicitud, se acompa aron antecedentes documentales, seg n constan en la carpeta digital,ñ ú consistentes en: 1). Copia de la sentencia de divorcio y compensaci n econ mica de fechaó ó 19 de junio del a o 2014, dictada por el 1° Juzgado de Familia de San Miguel. ñ 2) Copia de la sentencia dictada por la I. Corte de Apelaciones de San Miguel que confirm la sentencia de divorcio y compensaci n econ mica. ó ó ó 3) Copia de la resoluci n que ordena el “c mplase” dictada por 1°ó ú Juzgado de Familia de San Miguel. 4) Copia de la escritura p blica de cesi n de derechos hereditarios otorgadaú ó en la Notar a de San Miguel de don Jorge Reyes Bessone, bajo el repertorio N°í 4543-2021. Quinto: Que, el procedimiento iniciado en estos autos tiene por objeto reclamar la negativa del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel a practicar laí inscripci n de la cesi n de derechos en la que comparecen la solicitante y donó ó MANUEL GABRIEL OLIVER SEIGNEUR representados por el Juez del Primer Juzgado de Familia de San Miguel que se individualiza, la que fue rechazada, en virtud de que no se tramita a la fecha, la posesi n efectiva de don Eduardo Oliveró Suazo. Por consiguiente, el asunto que corresponde dilucidar es si en la especie, la negativa del Conservador se ajust o no a derecho.ó Código: PVNHXLGNQWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Sexto: Que, la solicitud intentada por el actor corresponde a aquella consagrada en el art culo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienesí Ra ces que dis
Fallo
fallo del tribunal. Seg n lañ ñ é ú cl usula primera de la escritura de cesi n de derechos acompa ada a este oficioá ó ñ “Don Manuel Gabriel Oliver Seigneur, es due o en conjunto con otros herederosñ de derechos en la herencia quedada en el fallecimiento de don EDUARDO OLIVER SUAZO, fallecido con fecha 14 de Noviembre de dos mil dieciocho. Entre los bienes quedados al fallecimiento del causante se encuentra el inmueble correspondiente al Lote A del Plano de Subdivisi n de la propiedad ubicada enó Calle Mar a Auxiliadora n mero setecientos noventa y cuatro guion setecientosí ú noventa y seis de la comuna de San Miguel, rol de aval o dos mil novecientosú cuarenta y tres guion veintid s...”, es decir, se hace menci n a los derechosó ó quedados en la herencia del padre, cuya posesi n efectiva a la fecha no seó encuentra inscrita, no habi ndose transmitido a n los derechos que se ceden, por loé ú que fue forzoso su impugnaci n.ó Es por lo anterior, que en el a o 2021 cuando se intenta inscribir lañ escritura que se se ala anteriormente, este Conservador las rechaza en conformidadñ a los dispuesto en el art culo 13 del Reglamento del Registro Conservatorio deí Código: PVNHXLGNQWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Bienes Ra ces que dispone lo siguiente: “El Conservador no podr rehusar nií á retardar las inscripciones: deber , no obstante, negarse, si la inscripci n es en alg ná ó ú sentido legalmente
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : V-129-2022 CARATULADO : MOLINA/ San Miguel, treinta de Diciembre de dos mil veintitr sé Vistos A folio 1, comparece do a Gueda Elizabeth Molina Mes as, due a de casa,ñ í ñ domiciliada calle Mar a Auxiliadora N° 794, comuna de San Miguel; quien solicitaí se ordene al se or Conservador
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