BANCO DE CHILE/DORADOR
Rol
C-12197-2023
Fecha
5 de diciembre de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 18 de julio de 2023, al folio 1, don Patricio Andres Pacheco Cofre, do a Daniela Rubilar Urrutia, don Javier Gomez Leiva y do a Martinañ ñ Duran Ramirez, abogados, en sus calidades de mandatarios judiciales de Socofin S.A, del giro cobranza a terceros, representada por gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, en representaci n convencional del ó Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n, representadaó ó a su vez por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en Bandera 577, 2 piso, comuna° de Santiago, interponen demanda ejecutiva de cobro de pagar , en contra de doné Luis Antonio Dorador Ruiz, de quien ignoran profesi n u oficio, con domicilioó en Nuestra Se ora Del Pilar 9647 Sitio 5 Manzana 1, de la comuna de Lañ Florida. Explican que la demandada habr a suscrito un pagar en favor de suí é representada, por la cual se oblig a pagar la suma de $13.688.927.- mediante 60ó cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $309.916.- cada una salvo la ltima, porú la suma de $309.922.-, venciendo la primera de ellas, el d a 4 de octubre de 2021.í Agregan que se pact cl usula de caducidad convencional, en caso de mora oó á simple retardo, devengando desde tal momento, y hasta el pago efectivo, el inter sé m ximo convencional que la ley permite estipular para operaciones de cr dito ená é moneda nacional no reajustable, pero s lo si ste fuera superior al inter s que seó é é encontrare rigiendo para la obligaci n a la fecha de producirse el simple retardo oó mora, pues en caso contrario se continuar a devengando este ltimo, habi ndoseí ú é pactado la liberaci n de la obligaci n de protestar el documento.ó ó Precisan que el demandado dej de pagar desde la cuota N 18, cuyoó ° vencimiento data del d a 6 de marzo de 2023, por lo que en virtud de la cl usulaí á Código: BXBSXKFZHRC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validad
Fundamentos
fundamentos de hecho en que se funda, ya que no apareceó ni se dan las caracter sticas del negocio entre las partes que lo habr a llevado a serí í beneficiario del pagar , lo cual le impedir a saber si en ese negocio hay pago,é í remisi n de la deuda, novaci n u otros modos de extinguir la obligaci n. Aduceó ó ó asimismo la falta de fundamentos de derecho en su demanda. III.- La concesi n de esperas o la pr rroga del plazoó ó , del N 11 del° art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,í ó la que se fund en que seó encontrar a en conversaciones con la acreedora, con quien habr a acordadoí í pr rroga del plazo de todas las obligaciones existentes entre las partes.ó IV.- El pago parcial de la deuda, del N 9 del art culo 464 del C digo° í ó de Procedimiento Civil, la que sustenta en haber realizado distintos pagos incluso despu s de la fecha en que se indica que su parte dej de pagar, lo cual seé ó encontrar a en condiciones de demostrar.í Con fecha 10 de octubre de 2023 contest el traslado de las excepcionesó la parte ejecutante, solicitando el rechazo de ellas, con costas. Con fecha 12 de octubre de 2023,
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba, sin que se rindiera sta poró é Código: BXBSXKFZHRC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-12197-2023 Foja: 1 las partes dentro del probatorio, estando ambas notificadas de la respectiva interlocutoria. Con fecha 29 de noviembre de 2023, se cit a las partes para o ró í sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: El ejecutado, don Luis Antonio Dorador Ruiz, ha opuesto excepciones, pretendiendo el rechazo de la demanda, con costas, fundando stas,é en los hechos y argumentos de derecho ya descritos, latamente, en la parte expositiva del presente fallo. SEGUNDO: La ejecutante por su parte, ha pedido el rechazo de las excepciones, con costas. TERCERO: Para efectos de demostrar su acreencia, el ejecutante aparejó a los autos el pagar fundante de la presente acci n. La ejecutada por su parte,é ó no rindi prueba alguna que ponderar. ó CUARTO: Comenzando el an lisis de las defensas esgrimidas por laá ejecutada, en relaci n a la primera de ellas, la excepci n de ó ó falta de requisitos para que el t tulo tenga fuerza ejecutivaí , no cabe acogerla, por cuanto del simple examen visual del pagar que se encuentra guardado en custodia bajo elé registro n mero 7093 de 2023 y cuya copia obra en el expediente digital conú fecha 18 de julio de 2023, no objetado, consta que contiene la leyenda que da cuenta de pagarse el tributo respectivo mediante el ingreso
Texto Completo (Preview)
C-12197-2023 Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-12197-2023 CARATULADO : BANCO DE CHILE/DORADOR Santiago, cinco de Diciembre de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 18 de julio de 2023, al folio 1, don Patricio Andres Pacheco Cofre, do a Daniela Rubilar Urrutia, don Javier Gomez Leiva y do a Martinañ ñ Duran Ramirez, abogado
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