SCOTIABANK CHILE S. A./CLAVERO
Rol
C-3206-2023
Fecha
5 de diciembre de 2023
Materia
MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 22 de febrero de 2023, al folio 1, rectificada al folio 8, don Cristi n Rodr guez Josse á í abogado, en representaci n judicial de ó Scotiabank Chile, sociedad an nima bancaria, cuyo Gerente General es don Diego Patricioó Masola, contador p blico, todos domiciliados en Morand N 226, Comuna deú é ° Santiago, interpone demanda ejecutiva de cobro de mutuo hipotecario y pagar s,é en contra de don Jorge Alfredo Clavero Tapia, administrador de empresas, domiciliado en Avenida Lo Cruzat N 0499, Conjunto Habitacional Casas de° “ Millauqu n Etapa 10, comuna de Quilicura, y en calle Alberto Undurragaé ” N 1456, comuna de Huechuraba.° Se ala que mediante escritura de mutuo hipotecario ñ N 710056045590, de° fecha 27 de marzo de 2017, Repertorio N 9.997-2017, otorgada en la Notar a de° í don Rene Benavente Cash, su representada dio en pr stamo a la demandada uné mutuo por la cantidad de 1.675,6165 Unidades de Fomento, que se oblig aó pagar en el plazo de 240 meses, a una tasa de inter s de 3.43% anual, por medioé de igual n mero de dividendos mensuales, vencidos y sucesivos, los que deber anú í pagarse dentro de los primeros 10 d as de cada mes, a contar del 10 de agosto deí 2017. Agrega que los dividendos deb an pagarse en dinero en efectivo, y que ení caso de mora o simple retardo, la parte deudora deber a pagar al banco acreedorí por cada cuota impaga, a contar del d a uno del mes en que debi efectuarse elí ó pago, un inter s penal igual al inter s m ximo convencional que la ley permitaé é á estipular para operaciones de cr dito de dinero en moneda nacional reajustablesé vigente durante la mora, pero s lo si stos fueren superiores al inter s m ximoó é é á convencional vigente a la fecha del pr stamo, pues en caso contrario se devengaré á este ltimo.ú Código: FZRZXKYXXRC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3206-2023 Foja: 1 Sostiene asimismo que en la cl usula d cimo segunda de la escritura
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: El ejecutado don Jorge Alfredo Clavero Tapia, ha opuesto excepciones, pretendiendo el rechazo de la demanda, con costas, fundando stas,é en los hechos y argumentos de derecho ya descritos, latamente, en la parte expositiva del presente fallo. Por su parte, la ejecutante ha pedido el rechazo de las excepciones, con costas. SEGUNDO: En virtud de lo dispuesto en el art culo 1698 del C digoí ó Civil, el onus probandi de la demanda de folio 1, le correspondi a laó demandante, pues Incumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega“ ó aqu llas o sta . Por su parte, corresponde a la demandada la acreditaci n de losé é ” ó fundamentos esgrimidos en su escrito de excepciones. Código: FZRZXKYXXRC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3206-2023 Foja: 1 TERCERO. De la revisi n del proceso se evidencia que el demandado noó ha rendido prueba en los presentes autos, y que por su parte, la ejecutante acompa como medio de prueba a la carpeta electr nica, los siguientesñó ó instrumentos: 1) Copia autorizada de escritura p blica de mandato judicial, de fecha 29ú de noviembre de 2019, Repertorio N 23.887-2019.° 2) Pagar en cuotas N 710104878796, suscrito con fecha 9 de septiembreé ° de 2020, por la suma de $931.404.-, 3) Pagar en cuotas N 710104878215, suscrito con fecha 9 de septiembreé ° de 2020, por la suma de $1.925.026.- 4) Copia de escritura p blica denominada como Mutuo Refinanciamientoú externo con tasa fija. Clavero Tapia Jorge Alfredo a Scotiabank Chile ,” de fecha 27 de marzo de 2017, anotada bajo el repertorio N 9.997-° 2017. CUARTO: En cuanto a la excepci n de falta de capacidad deló demandante o de personer a o representaci n legal del que comparezca a suí ó nombre, del estudio de la copia autorizada de la escritura p blica de Mandatoú judicial otorgado por Scotiabank Chile, agregada al folio 1, mediante el cual el actor, le confiere mandato judicial a diversos abogados, entre los que figura don Cristi n Rodr guez Josseá í , para representar a dicha instituci n, se evidencia queó el demandante cumpli con lo dispuesto en el art culo 6 del C digo deó í ° ó Procedimiento Civil, desde que oportunamente acompa el t tulo que lo habilitañó í para deducir la demanda ejecutiva desarrollada a folio 1 y siguientes, en los t rminos previstos en nuestra legislaci n, por lo que no corresponde desconocer sué ó eficacia jur dica. M xime cuando el ejecutado no objet por las causales legales elí á ó documento signado en el tercer otros del libelo ejecutivo.í Se agrega a lo anterior, el hecho que el aludido mandato cuenta con certificaci n de vigencia, otorgada por el Archivero Judicial, con fecha 20 deó diciembre de 2022, siendo la demanda deducida el 22 de febrero de 2023, lo cual descarta de plano cualquier inquietud acerca de su vigencia, y de la cual no consta su revocaci n. ó Asimismo, el Notario P blico titular, don Eduardo Diez Morello, declar alú ó final del ins
Fallo
se declara: Que se rechazan, con costas, las excepciones deducidas en lo principal del escrito de fecha 9 de agosto de 2023. Pros gase con la ejecuci n hasta hacerseí ó entero pago a la ejecutante en los t rminos previstos en el t tulo.é í An tese, reg strese y notif quese.ó í í Pronunciada por don Felipe Godoy Sanhueza, Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, cinco de Diciembre de dos mil veintitr sé Código: FZRZXKYXXRC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-05T12:05:05-0300
Texto Completo (Preview)
C-3206-2023 Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-3206-2023 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./CLAVERO Santiago, cinco de Diciembre de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 22 de febrero de 2023, al folio 1, rectificada al folio 8, don Cristi n Rodr guez Josse á í abogado, en representaci n judicial de ó Scotiabank Chile, soci
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