VIERTEL/GONZÁLEZ
Rol
C-9720-2020
Fecha
5 de diciembre de 2023
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Comparece don Tom s Andr s Langdon Godoy, abogado, en representaci n de do aá é ó ñ Milena Kyralina Viertel Gonz lezá , docente, ambos domiciliados para estos efectos en calle Lo Fontecilla N 201, oficina 433, comuna de Las Condes, quien interpone demanda en° procedimiento ordinario de nulidad absoluta por simulaci n, en contra de do a ó ñ Ester del Carmen Gonz lez Alvaradoá , tecn loga m dica, domiciliada en calle Hu rfanos N 2316, casaó é é ° A, en la comuna de Santiago; en calle Bulnes N 420, comuna y Ciudad de Chill n, Regi n del° á ó Biob o, y en calle Thompson N 139, comuna de Castro, Regi n de Los Lagos.í ° ó Relata los siguientes hechos: Con fecha 8 de mayo de 2017 y mediante escritura p blica otorgada en la Notar a deú í Santiago de don Juan Ricardo San Mart n Urrejola, í la madre de su representada, do a Mirnañ Adelaida Gonz lez Alvarado, suscribi con su hermana, la demandada do a Ester del Carmená ó ñ Gonz lez Alvarado, un contrato de renta vitalicia y usufructoá , sobre el inmueble de su propiedad, ubicado en calle Cueto N 349 de la comuna de Santiago; acord ndose que se° á constitu a una renta vitalicia de por vida sobre dicho inmueble en favor de do a Mirna Adelaidaí ñ Gonz lez Alvarado, equivalente a 20 unidades de fomento, a pagarse mensualmente a contar deá la fecha de suscripci n del contrato referido. En virtud de dicha renta vitalicia, ó se transfiere el dominio del inmueble se alado a do a Ester del Carmen Gonz lez Alvarado y se constituyeñ ñ á usufructo vitalicio a favor de do a Mirna Adelaida Gonz lez Alvaradoñ á , lo que carece por completo de sentido como se explicar m s adelante, ya que la usufructuaria no s lo podr a usará á ó í y gozar de la propiedad libremente y de por vida, sino que adem s recibir a mensualmente laá í suma de 20 Unidades de Fomento por concepto de la renta vitalicia, lo que avala la opini n deó que el contrato en comento, se trata de un contrato simulado que s lo busca privar a suó representada de su leg timo d
Fundamentos
motivos graves y calificados que fundan la presente demanda, sobre inmueble de calle Cueto N 349, de la° Comuna de Santiago, Regi n Metropolitana.ó Indica que, con el objeto de evitar que los derechos hereditarios de su representada sean burlados mediante la transferencia del inmueble antes singularizado a un tercero, atendido que el contrato de la referencia s lo tiene por objeto impedir que su representada herede dichaó propiedad de su madre, con evidente perjuicio para ella, le es imprescindible que se acoja esta demanda, ya que una vez transferida la propiedad a terceros, los derechos de esta se volver ná ilusorios. En cuanto al derecho, plantea: Si bien es cierto que la nulidad absoluta por simulaci n de contrato no es abordada poró nuestros cuerpos normativos de forma sistem tica, no es menos cierto que su existencia esá reconocida ampliamente por la doctrina y jurisprudencia nacionales, quienes la han convertido en una instituci n con alcances tanto civiles como penales. La acci n que se deduce en esto actoó ó no es otra que la de nulidad absoluta del contrato celebrado por simulaci n del mismo, enó atenci n a que dicha voluntad expresada en el mencionado acto jur dico no es real ni seria y haó í sido otorgada con el nico y expreso nimo de defraudar a un tercero como es su representadaú á , priv ndole en t rminos absolutos de sus derechos hereditarios. á é Algunas consideraciones previas sobre el contrato simulado: En t rminos generales la simulaci n es una declaraci n de voluntad cuyo contenido no esé ó ó el real, emitida en forma consciente y en pleno conocimiento del otro contratante o de la persona a quien se dirige la declaraci n de voluntad, con el objeto de dar apariencia a un actoó Código: VSBSXKBGDQC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9720-2020 Foja: 1 jur dico que no existe o que es distinto a aqu l que realmente se ha otorgado. En la simulaci ní é ó encontramos una disconformidad entre la voluntad real y la declarada, disconformidad que es querida y compartida por las partes que intervienen en el acto o contrato simulado. Es precisamente esto lo que distingue la simulaci n del error o el dolo. Mientras la simulaci n esó ó compartida entre las partes, en los vicios del consentimiento s lo una de las partes padece eló error, o ambas pero sin que una tenga conciencia del error de la otra, o s lo una de ellas esó v ctima del dolo ajeno.í La Simulaci n puede ser l cita o il cita seg n haya o no intenci n de defraudar aó í í ú ó terceros. La simulaci n l cita no tiene fines dolosos, y generalmente sus motivos son m s bienó í á morales (por ejemplo, para hacer una donaci n an nima, repartir herencia en vida, etc.). En laó ó pr ctica, la mayor a de las simulaciones son il citas, es decir, realizadas en perjuicio de terceros oá í í buscando el llamado fraude a la ley .“ ” As las cosas, í la simulaci n puede ser, desde un punto de vista civil, una causal deó nulidad abs
Fallo
Por estas razones, ser n rechazadas las tachas. á S ptimo:é Que seg n acta agregada a folio 73, el apoderado de la demandada formulaú tacha al testigo don Cristian Alfredo Danilo Radonic Vi uelañ , alegando la concurrencia de la causal del art culo 358 n mero 6 del C digo de Procedimiento Civil, porque existe un v nculo deí ú ó í Código: VSBSXKBGDQC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9720-2020 Foja: 1 psic logo-paciente desde el a o 2013 tal como se expres en las preguntas de tacha, motivo poró ñ ó el cual carece de la imparcialidad de un testigo. Octavo: Evacuando el traslado, el apoderado de la demandante pide el rechazo de la tacha, porque el incidentista en ning n caso se hace cargo de cu l es el inter s efectivo queú á é pudiere tener el testigo en el pleito, porque adem s la relaci n citada es estrictamenteá ó “ asim trica y no es efectivo cuando la contraria utiliza la voz desde el 2013 .é ” “ ” Noveno: Las respuestas que dio el testigo a las preguntas que se le formularon, no dan cuenta de que tenga un inter s pecuniario que sea satisfecho con el resultado del juicio. Por estaé raz n, ser rechazada la tacha.ó á II.- En cuanto al fondo: Prueba de la demandante: D cimo: é Que la demandante rindi prueba documental consistente en:ó - Mediante escrito folio 1 cuaderno de medida prejudicial: 1.- Copia de la escritura p blica de constituci n de Renta Vitalicia y Usufructo, suscritaú ó entre do a Mirna Adel
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C-9720-2020 Foja: 1 FOJA: 99 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9720-2020 CARATULADO : VIERTEL/GONZ LEZÁ Santiago, cinco de Diciembre de dos mil veintitr sé Vistos: Comparece don Tom s Andr s Langdon Godoy, abogado, en representaci n de do aá é ó ñ Milena Kyralina Viertel Gonz lezá , docente, ambos domiciliados para estos efectos en calle Lo
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