FORESTAL ARAUCO S.A/PARRA
Rol
C-81-2023
Fecha
4 de diciembre de 2023
Materia
OPOSICIÓN REGULARIZACIÓN POSESIÓN D.L. 2.695
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, Ra l Huenumilla Ramirez, abogado, en representaci n deú ó FORESTAL ARAUCO S.A., sociedad del giro de su denominaci n, roló nico tributario n mero 85.805.200-9, todos domiciliados para estos efectosú ú en Dalcahue 1120, oficina 203, de la comuna de San Pedro de la Paz; en relaci n al Expediente administrativo n mero 134395, deduce formalmenteó ú oposici n a la solicitud de regularizaci n efectuada en el procedimientoó ó administrativo por do a MARIEL LETICIA PARRA VIDAL, c dula deñ é identidad N*16.059.472-1, ignora profesi n u oficio, domiciliada en Avenidaó Campos Deportivos N 440, comuna de Concepci n, Regi n del Bio Bio.° ó ó Funda su oposici n en virtud de las causales establecidas en el art culoó í 19 N 1 y N 3 del DL 2695.° ° Respecto de la causal establecida en el art culo 19 N 1:í ° Se ala que su representada es propietaria de gran parte de un predioñ que para efectos internos de la compa a, se ha denominado El Tejar Bioñí “ Bio , el cual se compone de una serie de parcelas, de las cuales interesa” para estos efectos de este procedimiento, la inscrita a fojas 491, N* 439 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Florida del a oí ñ 2007, denominada PARCELA N MERO CIENTO CUARENTA Y SEIS,Ú de una superficie de diez mil cincuenta metros cuadrados (10.050 metros cuadrados), y cuyos deslindes especiales son: NORTE, parcela n meroú ciento cuarenta y cinco; SUR, parcela n mero ciento cuarenta y siete;ú ORIENTE, parcela n mero ciento cincuenta y tres; y PONIENTE, parcelaú n mero ciento cincuenta y cinco, y camino p blico por medio. Para losú ú efectos del pago del impuesto territorial la parcela antes singularizada se encuentra enrolada bajo el n mero doscientos uno guion doscientosú Código: XJCBXKYPDZB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl diecinueve (201-219), de la comuna de Florida. Este inmueble se encuentra amparado, entre otras parcelas, por el rol de aval o 2
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la demandante dedujo oposici n a laó regularizaci n de la posesi n de la peque a propiedad ra z solicitada por laó ó ñ í demandada do a MARIEL LETICIA PARRA VIDAL, respecto delñ inmueble rural denominado Parcela La Bendici n (Hijuela o Parcela 14),ó ubicado en el lugar Fundo El Tejar, Collico Sur, comuna de Florida, Provincia de Concepci n, fundado en las causales de los numerales 1 y 3ó ° ° del art culo 19 del Decreto Ley 2.695.í SEGUNDO: Que, legalmente notificado el demandado, no contestó la acci n interpuesta en la oportunidad procesal pertinente.ó TERCERO: Que, con fecha 22 de agosto del a o 2023, elñ demandado se allan completa e ntegramente a la demanda de oposici nó í ó de autos en todas y cada una de sus partes, reconociendo el dominio y posesi n de Forestal Arauco S.A.ó CUARTO: Que la regularizaci n de la posesi n de la peque aó ó ñ propiedad ra z y su consecuente constituci n del dominio sobre ella seí ó encuentra reglamentada en el Decreto Ley 2695; el mencionado Decreto Ley permite la regularizaci n de la posesi n de la peque a propiedad ra z, aó ó ñ í Código: XJCBXKYPDZB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl quienes, seg n lo disponen los art culos 1 y 2 de dicho cuerpo legal, re nenú í ú los siguientes requisitos: a) Ser los peticionarios poseedores materiales; posesi n que podr nó á ejercer por s o por otra persona a su nombre;í b) La posesi n material debe ser ejercida por un plazo de cinco a os,ó ñ en forma continua, exclusiva, sin violencia, ni clandestinidad; c) La posesi n corresponde que recaiga sobre bienes ra ces, los cualesó í podr n ser rurales o urbanos;á d) El aval o fiscal para el pago del impuesto territorial debe serú inferior a ochocientas unidades de fomento si se trata de bienes ra cesí urbanos y de trescientas ochenta unidades tributarias en el evento que corresponda a bienes ra ces urbanos;í e) El peticionario debe carecer de t tulo inscrito, no obstante queí puedan existir inscripciones del dominio anteriores sobre el inmueble; y, f) No existan juicios pendientes en contra del solicitante en que se discuta el dominio o la posesi n del inmueble cuya regularizaci n se pide,ó ó iniciados con anterioridad a la solicitud. Sin embargo, como consta del m rito de autos, la parte demandadaé se allan a la demanda.ó QUINTO: Que la parte demandante acompa a folio 1 elñó expediente administrativo N 134395, donde consta instrumentos que no° fueron objetados, consistentes en inscripci n de dominio de fojas 491,ó N 439 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de° í Florida del a o 2007 y certificado de dominio vigente de la inscripci n deñ ó fojas 491, N 439 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes° Ra ces de Florida del a o 2007, lo que permite tener por acreditado que laí ñ demandante es propietaria de gran parte de un predio denominado “Parcela La Bendici n (Hijuela o Parcela 14), ubicado en el lugar Fu
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, SE ACOGE la oposici n de folio 1 interpuesta poró FORESTAL ARAUCO S.A., en contra de do a MARIEL LETICIAñ PARRA VIDAL, ya individualizada. II.- Que, en consecuencia, se excluye de la solicitud de regularizaci nó de do a MARIEL LETICIA PARRA VIDAL, el terreno inscrito a nombreñ de la oponente, a fojas 491, N 439 del Registro de Propiedad del° Conservador de Bienes Ra ces de Florida, correspondiente al a o 2007, aí ñ que se refiere el Expediente Administrativo N 134395.° III.- Que, SE RECHAZA la solicitud de regularizaci n solicitadaó por do a MARIEL LETICIA PARRA VIDALñ , en la parte que no existe superposici n entre el predio cuya posesi n se pretende regularizar,ó ó denominada Parcela La Bendici n (Hijuela o Parcela 14), ubicado en eló lugar Fundo El Tejar de propiedad de Forestal Arauco S.A., a que se refiere el Expediente Administrativo N 134395, por haber manifestado° expresamente el solicitante su voluntad de no continuar con la tramitaci nó ante el Ministerio de Bienes Nacionales de la Regi n del Bio Bio.ó IV.- Que, no se condena en costas a la demandada, por haberse allanado a la demanda. An tese, reg strese, notif quese, y arch vese los antecedentes en suó í í í oportunidad. Código: XJCBXKYPDZB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Ejecutoriada que sea la presente sentencia, comun quese a laí Secretar a Regional del Bio Bio del Ministerio de Bienes Nacionales,í remitiendo los antec
Texto Completo (Preview)
FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Florida CAUSA ROL : C-81-2023 CARATULADO : FORESTAL ARAUCO S.A/PARRA Florida, cuatro de diciembre de dos mil veintitr s. é VISTO: A folio 1, Ra l Huenumilla Ramirez, abogado, en representaci n deú ó FORESTAL ARAUCO S.A., sociedad del giro de su denominaci n, roló nico tributario n mero 85.805.200-9, todos domicilia
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