13º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ABELLO

Rol

C-9518-2022

Fecha

4 de diciembre de 2023

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, con fecha 9 de septiembre de 2022, compareció don Sebastián Ignacio Fernández del Pino, abogado, en representación de Banco de Crédito e Inversiones, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, representado por don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero civil, todos domiciliados para estos efectos en Amunátegui N°277, oficina 500, comuna de Santiago, quien interpuso demanda en juicio ordinario de cobro de pesos, en contra de don Orlando Cristian Abello Soto, ignora profesión u oficio, con domicilio en San Antonio de Padua N°11.143, comuna de La Florida en consideración a los

Fundamentos

fundamentos que a continuación se exponen. Funda su demanda que con fecha 17 de diciembre del año 2019, doña Patricia Salas Marticorena, como apoderado del Banco de Crédito e Inversiones, actuando como mandataria y en representación del demandado, contrató el mutuo de dinero otorgado y materializado en la operación D14299995538. Señala que el deudor se obligó a pagar este mutuo en dinero por la suma de $4.264.452.-, por concepto de capital. Agrega que se estableció que a contar de la fecha de otorgamiento del mutuo, la obligación devengaría intereses en razón a la tasa máxima convencional que la ley permite estipular para operaciones en moneda nacional no reajustables. Acusa que el deudor principal no pagó el monto de su obligación en el plazo de vencimiento ocurrido el 2 de octubre del año 2019, por lo que adeuda a su representada la suma de $4.264.452.-, por concepto de capital, más los intereses penales correspondientes hasta la fecha de pago efectivo. Comenta que la operación fue protestada por falta de pago con fecha 31 de diciembre del año 2019. Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda en juicio ordinario de cobro de pesos, en contra de don Orlando Cristian Abello Soto, ya individualizado, admitirla a tramitación y, en definitiva, declarar que adeuda la suma de $4.264.452.-, por concepto de capital, más los intereses penales correspondientes, y costas. 1 Código: VLXKXKBLTYB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A folio 7, con fecha 6 de octubre de 2020, se procedió a notificar la demanda a la demandada en conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil. A folio 13, con fecha 24 de noviembre de 2023, el tribunal tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la parte demandada, citándose a las partes a audiencia de conciliación. A folio 36, con fecha 4 de septiembre de 2023, se certificó que ninguna de las partes compareció a la audiencia de conciliación fijada al efecto. A folio 37, con fecha 8 de septiembre de 2023, se recibió la causa a prueba, fijándose como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los ahí señalados. Resolución que fue notificada a la parte demandante mediante resolución de 14 de septiembre de 2023, y a la demandada el 16 de septiembre de 2023, conforme consta a folio 39 y 40, respectivamente. A folio 45, con fecha 1 de diciembre de 2023, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 9 de septiembre de 2022, compareció don Sebastián Ignacio Fernández del Pino, abogado, en representación de Banco de Crédito e Inversiones, representado por don Eduardo Ebensperger Orrego, quien interpuso demanda en juicio ordinario de cobro de pesos, en contra de don Orlando Cristian Abello Soto, todos ya individualizados, en base a los fundamentos expuestos en la expositiva de la demanda. SEGUNDO: Que, no compareciendo la demandada al proceso se tuvo por contestada la deman

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1545, 1546, 1698, 2196, y 2197 del Código Civil y 144, 170, 342, 346, 426 y demás aplicables Código de Procedimiento Civil, y artículos 1, 11,16 y demás aplicables de la Ley 18.010, se declara: I.- Que, se acoge la demanda de folio 1, y se condena a la parte demandada a pagar a la demandante la suma de $4.264.452.-, más los intereses indicados en el motivo noveno de esta sentencia, desde que el deudor sea constituido en mora y hasta su pago efectivo, de acuerdo a la liquidación que se practique al efecto en su oportunidad. II.- Que, se condena en costas a la demandada. 4 Código: VLXKXKBLTYB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° C-9518-2022. Pronunciada por Valeria Osorio Zamora, Jueza Suplente del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, cuatro de Diciembre de dos mil veintitrés 5 Código: VLXKXKBLTYB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-04T16:05:37-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-9518-2022 CARATULADO : BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ABELLO Santiago, cuatro de Diciembre de dos mil veintitrés VISTOS: A folio 1, con fecha 9 de septiembre de 2022, compareció don Sebastián Ignacio Fernández del Pino, abogado, en representación de Banco de Crédito e Inversiones, sociedad anónima bancaria del gi

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