Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

ORELLANA/ABENGOA CHILE S.A.

Rol

O-1680-2023

Fecha

14 de marzo de 2024

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos la comunicación de término de contrato señala que: “Los

Fundamentos

motivos que fundamentan la causal de despido invocada se basan en que usted fue contratado para ejecutar las obras enmarcadas en el proyecto denominado Construcción, Restitución, Impulso, Matadero, Contrato N°4600022848, Codelco División El Teniente que se encuentra concluida.” Luego refiere los términos contractuales y señala que: “… se pone término a la relación laboral y al contrato de trabajo indicado en párrafos anteriores, por cuanto con esta fecha ha concluido la obra que dio origen al contrato”. Se incorporó como prueba un acta de inicio del contrato “N°4600022848-06321-ACTCN00001”, de fecha 26 de julio de 2023 (folio 20). En el documento se consigna fecha de inicio del contrato el 25 de julio de 2022 y fecha de término el 18 de septiembre de 2023. Junto con lo anterior se acompañó acta de recepción provisional con observaciones del mismo contrato N° 4600022848-06321-ACTCN-00009” de fecha 4 de septiembre de 2023 (folio 21). Señala que las observaciones serán subsanadas hasta el 5 de octubre de 2023. Declaró como testigo de la empresa don Manuel Celis Sepúlveda. Expuso que trabaja hace 10 años para Abengoa. Indicó que era administrador del contrato de “impulsión matadero”. Explicó que tenía dos partes: El impulsor de agua hacia el interior y, en paralelo, la construcción de defensas fluviales. Afirmó que el proyecto está finalizado. Refirió que a fines de junio de 2023 ocurrió a catástrofe a nivel nacional por la lluvia. Por ello se dañó la División el Teniente y se destruyó completamente el trabajo. Producto de lo anterior Codelco determinó no continuar con el trabajo de impulsión y defensa fluvial. Modificó la modalidad de contrato solo para limpieza y aseo. Finalmente, señaló que se le solicitó al demandante firmar un anexo de contrato de trabajo para modificar el hito pero se negó a firmar ese documento con otros trabajadores. También compareció como testigo don Carlos Requena Reyes. Declaró que la obra comenzó por julio de 2022 y el 23 de julio de 2023 la faena fue golpeada por el aluvión. Indicó que Codelco le puso término al contrato y se hizo un despido masivo de trabajadores al 30 de junio. Después Codelco le pide que se quede para hacer otras labores de limpieza. Señaló que no se pudo terminar el contrato. Explicó que el 15 de septiembre Codelco no lo deja ingresar más. Refirió que no se alcanzó a terminar el hito para el cual estaba contratado el demandante, que debía terminar como en agosto. Pagos por término de la relación laboral Se incorporó finiquito suscrito por las partes (folio 22) junto con comprobante bancario de pago a don Daniel Orellana Olate de fecha 27 de noviembre de 2023 (folio 23-25). En la cláusula tercera del finiquito

Fallo

se declara que el empleador paga a don Daniel Orellana la suma de $1.505.884 pero no indica el concepto al que se imputa el pago. No obstante, se acompañó una liquidación de sueldo del mes de septiembre de 2023 que tiene el detalle del monto pagado en el finiquito que corresponde a los distintos haberse proporcionales de la remuneración de septiembre y, adicionalmente, los conceptos de “Indemnización legal meses de servicio en obra $676.936 e indemnización por vacaciones $405.782. Contiene una reserva de derecho manuscrita del trabajador que señala “Me reservo el derecho a demandar por despido injustificado, indebido o improcedente.” CONSIDERACIONES DE HECHO Y DE DERECHO (4°) Pide el demandante que se declare injustificado el despido y, por dicha causa, que se le pague la indemnización sustitutiva del aviso previo más una indemnización por lucro cesante hasta el término de la obra para la cual había sido contratado. Además, demanda el pago de la indemnización por tiempo servido para los contratos por obra o faena. (5°) Respecto de la relación laboral es un hecho no controvertido que el día 15 de marzo de 2023 don Daniel Orellana celebró contrato de trabajo a plazo fijo con Abengoa Chile, para prestar las labores propias del cargo de “Capataz Piping”, en dependencias de Codelco en el proyecto “Construcción, Restitución, Impulso, Matadero, Contrato N°4600022848, Codelco División El Teniente. La duración del contrato a plazo fijo era hasta el día 30 de mayo de 2023. Posterior

Texto Completo (Preview)

Concepción, catorce de marzo de dos mil veinticuatro. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO. Con fecha 27 de febrero de 2023 se llevó a efecto audiencia de juicio en esta causa, en la cuales se rindió la prueba singularizada en el acta de las audiencias, cuyo registro consta en audio y el de los documentos con su digitalización. El demandante es don DANIEL ELIAS ORELLANA OLATE, trabajador, domiciliado en C

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