4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

CHAMBI/DESING INGENIERIA SPA

Rol

C-2550-2023

Fecha

2 de diciembre de 2023

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 29 de agosto de 2023, comparece don Ricardo Francisco Escobar Plaza, abogado, en representación de Justo Rene Chambi Sánchez, chileno, soltero, ingeniero, con domicilio en calle Llanquihue N° 4138, departamento 403, de la comuna y ciudad de Antofagasta; quien interpone demanda de indemnización de perjuicios en juicio especial de arrendamiento en contra de Design Ingeniería Spa, persona jurídica del giro Empresa de Servicios de Ingeniería y actividades conexas de consulta técnica, representada por don Luis Edmundo Pizarro Cortés, ambos con domicilio para estos efectos en calle Carlos Condell N°2026, oficina N° 15 de la comuna y ciudad de Antofagasta, por los

Fundamentos

fundamentos que a continuación expone. Alega que con fecha 07 de junio de 2021, su representado y la contraria suscribieron un contrato de arrendamiento respecto al inmueble correspondiente a la oficina N° 14, juntamente con la bodega N° L del subterráneo -2 y el estacionamiento N°277, todos ubicados en el segundo piso del edificio Nuevo Centro, Torre C, de la calle Condell N° 2026 de la comuna y ciudad de Antofagasta. Código: TXJRXKPXPRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2550-2023 Expone que conforme consta en la cláusula primera, se pacta que el inmueble objeto del contrato será exclusivamente destinado al uso de oficina para el desarrollo de las actividades comerciales de la arrendataria, estableciéndose en la cláusula segunda del contrato, que la propiedad arrendada consta de una planta libre con tres baños, dos kitchenettes, una sala de reunión, una sala comedor, tres equipos de aire acondicionado, una bodega y un estacionamiento. Hace presente que la misma se entrega libre de deudas, con sus cuentas de servicios y gastos comunes al día, sin deuda de contribuciones e impuestos de cualquier naturaleza y libre de embargos que impidan o perturben el adecuado uso de los bienes. Además, dice que se deja especial constancia que la propiedad se encuentra en buen estado de conservación, levantándose un inventario que detalla en su libelo. Finalmente, se establece que el arrendatario declara conocer y aceptar el estado del inmueble objeto del contrato, comprometiéndose a entregarlo en las mismas condiciones que lo recibió. En cuanto al canon de arriendo, indica que, conforme consta en la cláusula tercera del contrato, se pacta que el arriendo bruto correspondería a partir desde el mes de noviembre de 2021 en adelante a $1.400.000.-, los cuales se pagarían por periodos anticipados a más tardar el 07 de cada mes. Además, se especifica en la misma cláusula, que se deben agregar el pago de gastos comunes asociados al inmueble; que el canon de arriendo será anualmente reajustado de acuerdo Código: TXJRXKPXPRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2550-2023 con la variación que haya experimentado en el periodo el I.P.C.; y que el no pago de la renta de arrendamiento oportunamente, dará pie a sanción de multa estipulada en la cláusula quinta del contrato. Sobre la duración del contrato, indica que consta en la cláusula cuarta, que el arrendamiento comenzaría a regir con fecha 05 de mayo de 2021, teniendo una duración de un año, hasta el 04 de mayo de 2022, pudiendo ser renovado automáticamente por periodos de un año, a menos que alguna de las partes manifieste su intención de poner término al contrato con una anticipación mínima de 60 días corridos a la terminación del plazo original o cualquiera de sus renovaciones, mediante el envío de una carta certificada dirigida al domicilio de la contraparte. Agrega que, al co

Fallo

por tanto por concepto de multa moratoria el monto total de $3.570.000.-; c) De las deudas por gastos básicos y gastos comunes: Alega que al momento de ser restituido el inmueble, éste se realiza con una deuda por concepto de gastos comunes ascendiente a $1.242.842 pesos; deuda de agua de $7.220; y luz, ascendiente a $16.000, dando una suma total de Código: TXJRXKPXPRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2550-2023 $1.266.062.-; d) De la multa por incumplimiento de las prohibiciones a la arrendataria: En conformidad a lo estipulado por las partes en la cláusula séptima del contrato, dice que la arrendataria ha incurrido en la infracción de la prohibición tipificada en su letra l), que se refiere al pago de una multa por el retraso en el pago de las cuentas de servicios básicos, siendo en consecuencia procedente aplicar la sanción estipulada, es decir, un mes de renta, lo cual corresponde a $1.400.000.-; e) De los deterioros: En cuanto a los gastos de reparación, tal como se ha indicado, estos se han señalado en conforme a cotización N°1538, evacuada por la empresa Cuadrilla de Construcción y Servicios Spa, conforme a lo cual, el valor de reparación da un total de $2.865.000, que sería lo demandado por este concepto.-; f) De la multa por incumplimiento de las prohibiciones a la arrendataria: Por último, agrega la multa estipulada en la cláusula séptima del contrato, por haber incurrido en infracción a la prohib

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C-2550-2023 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-2550-2023 CARATULADO : CHAMBI/DESING INGENIERIA SPA Antofagasta, dos de Diciembre de dos mil veintitrés VISTOS: Que, con fecha 29 de agosto de 2023, comparece don Ricardo Francisco Escobar Plaza, abogado, en representación de Justo Rene Chambi Sánchez, chileno, soltero, ingeniero, con dom

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