GUZMÁN CON RACO GROUP SPA
Rol
M-322-2023
Fecha
13 de marzo de 2024
Materia
Costas, Feriado proporcional, Fuero maternal, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 11, 7, 8, 9, 172, 174, 201 y 496 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que, se acoge la demanda interpuesta por doña BERNARDITA GUZMÁN ATENCIO en contra de RACO GROUP SPA, declarándose que la separación de la trabajadora ha sido ilegal, por no haberse obtenido previamente la autorización judicial para poner término a su contrato de trabajo y se dispone, entonces, el reintegro de la trabajadora a sus labores, en el plazo de cinco días desde que esta sentencia quede ejecutoriada, junto con el pago de todas las remuneraciones devengadas desde la fecha de su separación, el 07 de febrero del año 2023, hasta la fecha de efectiva reincorporación de la trabajadora, a razón de $660.000.- mensuales, para lo cual se dispone oficiar a la Inspección Comunal del Trabajo de Viña del Mar, con el objeto de que verifique que efectivamente la trabajadora sea incorporada dentro de este plazo. II. En el evento de que sea imposible la reincorporación de la trabajadora, se condena a la parte demandada al pago de todas las remuneraciones que se devenguen desde la fecha de la separación, esto es, el 07 de febrero del año 2023, hasta el término del fuero maternal, que ocurrirá el día 03 de julio del año 2024,
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 11, 7, 8, 9, 172, 174, 201 y 496 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que, se acoge la demanda interpuesta por doña BERNARDITA GUZMÁN ATENCIO en contra de RACO GROUP SPA, declarándose que la separación de la trabajadora ha sido ilegal, por no haberse obtenido previamente la autorización judicial para poner término a su contrato de trabajo y se dispone, entonces, el reintegro de la trabajadora a sus labores, en el plazo de cinco días desde que esta sentencia quede ejecutoriada, junto con el pago de todas las remuneraciones devengadas desde la fecha de su separación, el 07 de febrero del año 2023, hasta la fecha de efectiva reincorporación de la trabajadora, a razón de $660.000.- mensuales, para lo cual se dispone oficiar a la Inspección Comunal del Trabajo de Viña del Mar, con el objeto de que verifique que efectivamente la trabajadora sea incorporada dentro de este plazo. II. En el evento de que sea imposible la reincorporación de la trabajadora, se condena a la parte demandada al pago de todas las remuneraciones que se devenguen desde la fecha de la separación, esto es, el 07 de febrero del año 2023, hasta el término del fuero maternal, que ocurrirá el día 03 de julio del año 2024, considerando una remuneración mensual de $660.000.-. Se ordena, además, a la parte demandada al pago del feriado proporcional por la suma de $363.000.- y se declara, además, el despido como injustificado debiendo pag
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO VIDEO CONFERENCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA Valparaíso, lunes 11 de marzo de 2024. RUC 23-4-0472757-5 RIT M-322-2023 MAGISTRADO Marlene Susana Moya Díaz ADMINISTRATIVO DE ACTAS Yessenia Labra Meza SALA VIRTUAL 6 HORA DE INICIO 11:01 horas. HORA DE TÉRMINO 11:40 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 23-4-0472757-5-13
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